Jurisdicción y Competencia: Conceptos Clave del Derecho Procesal
Jurisdicción y Competencia
Tipos de Jurisdicción
- En la jurisdicción contenciosa se dice que el proceso es contencioso o litigioso, en el cual hay choque de intereses. Hay un demandante y un demandado. Ejemplo: Divorcio sin mutuo acuerdo. (SÍ)
- En tanto que en la jurisdicción voluntaria no hay choque de intereses y no hay demandado. Ejemplo: Licencia que pide un padre de familia para enajenar un bien raíz de su hijo que está bajo patria potestad; interdicción por demencia. (SÍ)
- En la jurisdicción especial, el trámite está específicamente señalado en la ley especial. Ejemplo: la jurisdicción especial de Justicia y Paz. (SÍ)
Factores Determinantes de la Competencia
- Uno de los factores determinantes de la competencia es el factor objetivo. (SÍ)
- Uno de los factores determinantes de la competencia es el factor subjetivo. (NO)
Estructura de la Administración de Justicia
2: Salas de Casación (Penal, Civil, Laboral) de la Corte Suprema de Justicia (Magistrados).
Salas (Civil, Laboral, Penal) del Tribunal Superior de Distrito Judicial (Magistrados). JUEZ DEL CIRCUITO — JUEZ PROMISCUO MUNICIPAL
b) Demanda: Forma práctica para ejercer el Derecho de ACCIÓN.
d) Administran justicia según el Artículo 116 de la Constitución Nacional:
- Corte Constitucional.
- Corte Suprema de Justicia.
- Consejo de Estado.
- Consejo Superior de la Judicatura.
- Fiscalía General de la Nación.
- TRIBUNALES
- JUECES
También lo puede hacer: LA JUSTICIA PENAL MILITAR
E: La administración de justicia penal está conformada por:
- Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
- Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito (Salas de Justicia y Paz).
- Jueces Penales del Circuito.
- Los Jueces Penales Municipales.
- Los Jueces de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad.
- El Senado de la República.
- Los Jueces Promiscuos.
Características del Derecho Procesal y la Acción
a) Es el derecho subjetivo que tiene toda persona de pedir al Estado la administración de justicia; se materializa a través de la demanda, la querella o denuncia. (SÍ)
b) El derecho procesal se preocupa de la función del Estado de administrar justicia, que es la máxima función eminentemente pública. La administración de justicia es un fin del Estado para procurar la paz, la solidaridad y el progreso. (NO)
c) Las normas del derecho procesal, por lo general, son de imperativo cumplimiento; por lo tanto, no son supletorias, porque el mismo derecho penal permite en algunos casos la manifestación de la voluntad. (NO)
d) El derecho procesal es autónomo; estructura un fenómeno que es el proceso, independientemente del derecho del que se trate. (NO)
e) Otra característica del derecho procesal es que no es adjetivo. En la actualidad se habla de derecho sustancial o material y procesal o formal, si se quiere. (NO)
f) El derecho procesal es instrumental. Es un derecho para el derecho, es un vehículo o medio para la aplicación del derecho sustancial. El proceso es un vehículo, un medio para alcanzar el fin. (SÍ)
g) El derecho procesal es parcialmente formal. Es formalista, y con estas se trata de defender los derechos individuales, respetando el principio de legalidad. La administración de justicia no puede ser secreta. (NO)
h) En cuanto a la vigencia de la ley procesal, desde el punto de vista espacial, se tiene que es el territorio nacional. El Código de Procedimiento, en las distintas áreas, se rige en todo el país. (NO)
i) En cuanto a la vigencia temporal, la ley se expide para que tenga vigencia en el futuro, contando a partir de determinado momento. Los procesos que inicien después de la entrada en vigencia de una ley procesal se le aplicará esa nueva ley procesal. La regla general es que, a partir de la vigencia de la ley procesal nueva, esa ley es la que rige en todas las actuaciones que deban surtirse desde el momento en que entra la vigencia. (SÍ)
j) Por lo indicado en el anterior ítem (i), todo aquello que se inicie o esté en curso se regirá por la nueva ley que ha sido declarada inexequible. (NO)
Aspectos Relevantes de la Jurisdicción y la Competencia
- Son temas del derecho procesal. (NO)
- Si uno de los aspectos relevantes de la jurisdicción es la facultad de administrar justicia, la competencia fija los límites dentro de los cuales se ejerce tal facultad o, dicho de otro modo, los jueces ejercen su jurisdicción en la medida de su competencia. (SÍ)
- Mientras los elementos de la jurisdicción están fijados en la ley prescindiendo del caso concreto, la competencia se determina en relación a cada caso concreto. (SÍ)
- Uno de los poderes de la jurisdicción tiene que ver con la facultad del juez de tomar determinaciones con fuerza obligatoria en un proceso concreto; se está haciendo alusión al poder de documentación. (NO)
- El oficio del juez de practicar y decretar las pruebas necesarias para el esclarecimiento de la verdad está relacionado con el poder de decisión. (NO)
- La facultad que tiene el juez de procurar todo lo necesario para la adecuada marcha del proceso y remover los obstáculos del proceso está relacionada con el poder de coerción. (NO)
- El poder de ejecución tiene que ver con la facultad de imponer el cumplimiento de la sentencia, entre otras decisiones. (SÍ)
- La jurisdicción es una sola, pero pueden verse diferentes manifestaciones. Ejemplo: según la rama del derecho sustancial que con ella se trata de aplicar; según el fin que se persiga con ella. (NO)
- La jurisdicción voluntaria no es verdadera jurisdicción porque no hay conflicto. El Estado dice cuál es el derecho en caso de conflicto; ello se encuentra en el proceso de conocimiento en el que se parte de la incertidumbre. (NO)
- En la jurisdicción contenciosa hay conflicto. Se caracteriza porque con ella no se busca solucionar un problema, sino llenar un requisito, cumplir una formalidad que bien podría estar atribuida a otro funcionario diferente al juez, como sucede actualmente. (NO)