Poder Político y Estado

El poder es la capacidad que tiene una persona o grupo social para imponer su voluntad sobre los demás. El poder viene determinado por una relación en la que uno de los elementos queda controlado y determinado por el otro componente de la relación. Cuando las relaciones de poder afectan fundamentalmente al funcionamiento social, se habla de poder político, es decir, el poder que se organiza dentro de la polis, en el sentido más amplio del término.

El poder político es el poder que se ejerce en la administración, control y distribución de los bienes comunes. En la mayoría de las sociedades actuales, la regulación del poder político se realiza desde el Estado. En un sentido muy amplio, podemos decir que existe un Estado en toda sociedad en la que exista algún tipo de organización política, esto es, cualquier sociedad en la que existen organismos que detentan el poder y tienen como función controlar, regular y administrar los bienes comunes, así como los derechos y obligaciones de los ciudadanos. Se entiende que la forma moderna del Estado surge en el siglo XVI.

A partir de la obra de Maquiavelo (El Príncipe), se define el Estado como una forma de organización política caracterizada por un poder permanente e indiscutible dentro de un territorio delimitado. Para Max Weber, lo que caracteriza al Estado es la posesión del monopolio de la fuerza y la violencia dentro de su territorio. Rasgos del Estado:

  1. Tiene poder territorial. El poder del Estado se circunscribe al territorio que delimitan sus fronteras.
  2. Es soberano. Dentro del ámbito estatal no existe ninguna instancia superior a la que el Estado deba someterse. Este rasgo de los estados en la actualidad está siendo discutido por la aparición de instancias supra-estatales que pueden llegar a usurpar algunas de las funciones de los estados nacionales.
  3. Mantiene el orden protegiendo a los miembros de la sociedad de los peligros externos e internos. En el orden interno, el Estado debe hacer cumplir la ley garantizando paz y seguridad. Externamente, debe proteger a los ciudadanos de incursiones, establecer las relaciones internacionales con otros países y cumplir los compromisos internacionales que se derivan de los acuerdos internacionales suscritos.

Primeras Formas de Organización Política. La Democracia Ateniense

Por lo que se sabe, en la época arcaica las distintas colectividades griegas se estructuraban en tribus que reunían a un número de fratrías, que a su vez se agrupaban en varios conjuntos de familias que, pretendidamente, poseían un mismo antepasado común de carácter mítico. Se articulaba de esta manera una dependencia jerárquica y piramidal en un determinado territorio que presidía tanto la organización de las decisiones políticas como la defensa militar de la colectividad. No nos encontramos con una teoría política hasta que esta situación social, política y económica, caracterizada por su inmovilidad social, entra en crisis hacia la segunda mitad del siglo VIII a.C. y sobre todo en el siglo VII a.C. Esta época suele denominarse preclásica, por ser anterior a las teorías políticas que surgen con el movimiento sofista de la ilustración ateniense.

En esta sociedad, la aristocracia estaba revestida de unas virtudes especiales. El concepto de “dike” -justicia- se presentaba caracterizado confusamente como el orden dado por las normas, por la tradición. Por otro lado, los ideales aristocráticos nos presentan al héroe dotado de una ‘areté’ -virtud- que incluía tanto la capacidad de expresar la opinión más adecuada como la capacidad de llevar una vida material y espiritual superiores (euprosyne).

Esta ‘teoría preclásica’ va a presentar una evolución con respecto a la situación tradicional. De un lado, se pretende incluir en el universo de la dike al pueblo, demos. La justa medida es el ideal relacionado con el conocimiento de nuestros propios límites. Este nuevo ideal de medida permitirá un proceso de racionalización y de moralización del comportamiento que llega a tener una expresión constitucional en el sistema ateniense de Solón en el 549 a.C. Las consecuencias políticas de este proceso serán decisivas en el período democrático. La fuerza de esta idea igualitarista que va insertándose en la noción de dike, estará en la base del posterior sistema democrático.

Las Reformas

Las reformas sucesivas que se irán realizando en la polis, especialmente a partir de Solón, van a ir encaminadas en una doble dirección: por un lado, se es consciente de que los esfuerzos democratizadores pasan necesariamente por limitar el poder de los sectores aristocráticos. Esto permitirá que las grandes cuestiones políticas sean tratadas en la asamblea, donde el demos irá teniendo mayor presencia. Por otro lado, las reformas constitucionales irán organizando políticamente la polis y los órganos donde se toman las decisiones de carácter político, administrativo y económico, de forma que, se irá permitiendo al demos incorporarse a las tareas de gobierno y vaciar políticamente de contenido a las instituciones aristocráticas.

En el siglo VI a.C., el sistema ateniense podía ser considerado como una isonomía, o igualdad ante la ley, o bien, como una isegoría, o igualdad ciudadana ante la asamblea. En el siglo V a.C. aparece el término demokratia que describe el sistema político de Atenas durante el período de las guerras médicas. Hasta el contexto político de la guerra del Peloponeso y de la guerra civil ateniense que la acompaña no se producirá la escisión básica dentro de la demokratia.



Formas Personales de Autoridad Política

La forma de autoridad política que predomina en la antigüedad es la forma de autoridad personal en el ejercicio del poder que viene legitimado por diversos tipos de discurso: religioso, histórico, de salvación… Entre estas formas personalistas del ejercicio del poder predominan los despotismos, en los que el poder está ligado a la figura del héroe, fundador de una ciudad o un clan o dinastía. Los vehículos de transmisión del poder en estos casos son la herencia, tal y como podemos seguir viendo en las monarquías actuales. Con la desaparición del Imperio Romano aparece en Europa un sistema de poder personal centrado en la subordinación de un individuo a otro, lo que se conoce como «vasallaje». Se trata de formas de relaciones personales en las que el vasallo jura fidelidad al señor a cambio del compromiso de este último a su defensa. Lo característico de estas relaciones socioeconómicas no era la propiedad de los bienes, sino el derecho a su uso, derecho que se transmitía por herencia junto a las cargas y gravámenes que comportara. Lo prioritario por tanto era el control del uso de las tierras y de la población que las trabajaba.

Al final de la Edad Media había dos grandes instituciones políticas: los estados-imperio y la Iglesia. Tanto el Estado como la Iglesia, cuya coexistencia siempre ha estado plagada de conflictos, desarrollaron complejos sistemas para efectuar sus funciones administrativas y de gobierno que darán lugar posteriormente a la formación de los estados modernos.

La Sociedad Civil Moderna y las Teorías del Pacto Social

Un rasgo característico de la sociedad moderna es la defensa del derecho a la propiedad. El derecho a la propiedad garantiza la existencia de individuos libres y autónomos capaces de establecer lazos sociales entre ellos siempre que se respete su individualidad. Como consecuencia de esta vinculación entre autonomía social-política y económica, el individuo prima sobre la colectividad social. La sociabilidad se fundamenta ahora en la idea de que la sociedad es el resultado de que los individuos puedan establecer relaciones sociales que regulen el orden político, económico y el uso de la fuerza.

Una vez que se rechaza la idea de que el poder tiene un origen divino, los pensadores de la época (Hobbes, Locke, Hume, Rousseau, James Mill…) se plantean cuál es el origen del poder. Dado que el individuo es libre, el poder que ejercen unos sobre otros debe tener su origen o bien en la violencia que puedan ejercer unos individuos sobre otros, o bien en la idea de un pacto o contrato entre los individuos libres. La primera opción se rechaza pues un poder basado en el constante uso de la violencia no garantiza la estabilidad del mismo ya que requiere de un uso constante de la violencia y la coacción. En el segundo caso, dotarse de una serie de normas que tengan carácter obligatorio solo tendría sentido si esas normas fuesen útiles y beneficiosas para todos, o al menos para la mayoría. Se trataba entonces de encontrar y legitimar una serie de normas que garantizaran la posesión de lo que a cada uno le pertenece, así como su propia seguridad. Para ello se postula la existencia del Estado cuya función es fundamentalmente garantizar el cumplimiento del pacto.

Las teorías del pacto o del contrato social distinguen entre el pacto de asociación por el que se constituye la sociedad civil y el pacto de sumisión por el que el individuo cede la autoridad al Estado. Junto a estas dos formas de entender el pacto, existe una distinción fundamental para comprender la teoría del contrato social. Esta nueva distinción permite contraponer el estado civil frente al estado de naturaleza. Lo que caracteriza al estado de naturaleza es la “libertad radical” del individuo, que si bien no establece ningún tipo de coacción sobre el individuo, tampoco le garantiza la posesión y disfrute de sus bienes ni de su seguridad personal. Frente al estado de naturaleza, el estado civil garantiza la posesión de los bienes a través de su reconocimiento y su defensa jurídica. El estado civil es un estado de derecho en el que los individuos privados regulan jurídicamente sus interrelaciones y actúan colectivamente ateniéndose a normas conjuntas.