El Contrato Social de Locke y Hobbes: Un Estudio Comparativo
Temática del texto
Locke escribió dos tratados sobre el gobierno civil. En el primero ataca la justificación teológica de la monarquía absoluta desarrollada por Robert Filmer en su obra El Patriarca. En el segundo, objeto del comentario, refleja su pensamiento político. El Segundo tratado está formado por 19 capítulos. Allí aborda, en primer lugar, como otros teóricos del pacto social, lo que sería el estado de naturaleza. En ese estado los hombres gozan de unos derechos naturales establecidos por Dios, pero se pueden producir conflictos o un estado de guerra, lo que hace conveniente fundar una sociedad civil o Estado. En el capítulo VII define el Estado y las formas de acceder a él, señalando que debe haber una autoridad que pueda resolver los conflictos, permita la seguridad y el disfrute de los derechos naturales, rechazando al mismo tiempo la monarquía absoluta. En el capítulo VIII señala que el Estado surge de la decisión libre de los ciudadanos, que la soberanía reside en el pueblo que decide siguiendo la voluntad de la mayoría. Por último, en el capítulo XII habla de los poderes: el poder supremo es el legislativo, que debe estar separado del ejecutivo. Las relaciones entre estados, que siguen en estado de naturaleza, han de ser responsabilidad de lo que llama poder federativo. En definitiva, Locke parte de la tradición del pacto social dentro de la filosofía política para llegar a formular sus ideas del liberalismo político. Dentro de este planteamiento se describe un hipotético estado de naturaleza para establecer cuál sería la situación de la vida humana (si es posible la convivencia pacífica, si seríamos egoístas y agresivos o altruistas, etc) y qué tipo de derechos o tendencias naturales se darían. En este punto, Locke se inscribe en la línea iusnaturalista, pues hay unos derechos naturales, en este caso otorgados por Dios. Con el establecimiento de la sociedad civil se genera una sociedad que presenta el ideario del liberalismo: soberanía popular que acepta las decisiones de la mayoría, defensa de la propia privada como un derecho inalienable, como la libertad o el derecho de conservación de la vida, división de poderes donde el legislativo tiene la supremacía y legitimidad del poder basada en garantizar el disfrute de los derechos de los individuos.
Relación con Hobbes
Ya se ha mencionado que ambos se inscriben en la línea de las teorías del pacto social. En estas teorías se parte de un hipotético estado de naturaleza al margen de la sociedad política y de lo que ocurría en él. Para ambos, en este estado los hombres son libres, iguales e independientes por naturaleza. El Estado surge de un pacto o contrato entre los ciudadanos. Y aquí aparecen las primeras diferencias. Para Hobbes en ese estado se produciría una guerra de todos contra todos, una situación de inseguridad donde peligra la vida y la propiedad pues el ser humano es egoísta y agresivo y posee una tendencia natural a satisfacer sus deseos y necesidades (en una situación de escasez de recursos). Al no haber ley no hay noción de lo justo y lo injusto, por lo que cada uno tiene derecho a apropiarse de aquello que pueda apropiarse, cada uno tiene derecho sobre todo, incluida la vida de los demás. Como todos representan una amenaza para los demás, el miedo y la inseguridad es conveniente asociarse en una sociedad civil.
Para Locke, ya hemos visto que en el estado de naturaleza, rige la ley moral natural impuesta por Dios, de la que se derivan unos derechos naturales: a la vida, a la propiedad y a la libertad. Pero, a pesar de esa ley natural, los derechos pueden ser violados por otros individuos, pudiéndose generar situaciones de violencia e inseguridad, el estado de guerra.
Al constituir la sociedad civil, tanto Hobbes como Locke consideran que los individuos ganan seguridad a costa de limitar su libertad del estado de naturaleza; pero con respecto al fundamento del contrato social, difieren: para Hobbes es el miedo y la seguridad lo que justifica la existencia de la sociedad civil, se busca la seguridad de la vida y las propiedades; para Locke, además de ganar seguridad, con el pacto social se trata de garantizar el disfrute de los derechos naturales y que se administre justicia, tan solo se pierde la libertad en un aspecto: el del poder ejecutivo, que se entrega a la comunidad.
La noción de poder político es diametralmente opuesta. Locke defiende el liberalismo político, Hobbes el absolutismo. Hobbes cree que las guerras civiles británicas del siglo XVII ejemplifican el estado de guerra de todos contra todos, frente a Locke que defiende el parlamentarismo. En Locke debe haber una separación de poderes, primando el poder legislativo sobre el ejecutivo, Hobbes, por el contrario rechaza la división de poderes, la ley debe ser dada por el poder político, no por la voluntad de los ciudadanos.
Con el pacto, según Locke, los ciudadanos no pierden la soberanía, conserva el poder de suprimir o alterar el poder legislativo. La sociedad civil tiene como objetivo el mantenimiento y disfrute de los derechos naturales de todo ser humano, por lo que tienen el derecho de rebelarse contra el gobierno si éste no garantiza el disfrute esos derechos, la libertad, la vida y la propiedad de esos ciudadanos, que es donde radica la legitimidad del gobierno. Por el contrario, en Hobbes el contrato hace que cada individuo renuncie irrevocablemente a sus derechos, sobre todo a ejercer la fuerza. El soberano queda fuera del pacto. Una vez constituido, el Estado, los ciudadanos no pueden disolverlo negándole su consentimiento y queda excluida la legitimidad del tiranicidio. Sin embargo, esto no supone que Hobbes no ponga límites a la acción del poder absoluto; éste ha de exigir obediencia, pero su poder no es arbitrario, está sometido a lo que lo justifica, que es defender la seguridad de sus súbditos y el súbdito está legitimado a desobedecer si se el ordena que se mate o hiera a sí mismo o a una persona querida, si se le ordena que no tome alimento o cualquier cosa necesaria para su vida.