Un partido político es una entidad de interés público con el fin de promover la participación de los ciudadanos en la vida democrática y contribuir a la integración de la representación nacional; los individuos que la conforman comparten intereses, visiones de la realidad, principios, valores, proyectos y objetivos comunes, parte de una forma u otra para alcanzar el control del gobierno o parte de él, así llevar a la práctica esos claros objetivos. Es el encargado de presentar candidatos para ocupar los diferentes cargos políticos y para eso, moviliza el apoyo electoral. También contribuye a organizar y orientar la labor legislativa, y articula y agrega nuevos intereses y preferencias de los ciudadanos. Es esencial para contribuir a estructurar el apoyo político a determinados programas, intereses socio-económicos y valores. También interpreta y defiende las preferencias de los ciudadanos, forma gobiernos, y establece acuerdos políticos en el ámbito legislativo.

Sindicato

Asociación de trabajadores cuyo objetivo es la defensa de los intereses profesionales, económicos y laborales de los asociados. El sindicato tiene como objetivo principal el bienestar de sus miembros, es decir, asegurar condiciones dignas de seguridad e higiene laboral y generar mediante la unidad, la suficiente capacidad de negociación como para establecer una dinámica de diálogo social entre el empleador y los trabajadores. La libertad sindical de los trabajadores, para crear, organizar, afiliarse, no afiliarse o desafiliarse, cambiar de sindicato es libre y sin injerencias del Estado, patrones, empleadores u otros sindicatos.

Gremio

Se conoce como gremio a la corporación formada por personas que desarrollan una misma profesión, oficio o actividad. Se trata de organizaciones que suelen estar regidas por estatutos especiales y distintas ordenanzas.

Confederación

Cuando hablamos de confederación, hacemos referencia a una unidad político-territorial compleja que supone la unión de varias partes soberanas en pos de un bien común. A diferencia de lo que sucede con la federación, en la cual las partes mantienen de manera completa su autonomía, en la confederación, parte de esa soberanía o autonomía, es cedida para consagrar un gobierno central que respete las diferentes partes pero que sea superior a ellas. Una confederación consiste en la unión de Estados que conservan su soberanía y se rigen por determinadas leyes comunes. Inicialmente se hablaba de “confederación” en el caso de alianzas, por este motivo la palabra “confederación” aún se usa en instituciones de la sociedad civil no estatales (por ejemplo, la Confederación General del Trabajo). Por este motivo el término confederación también se emplea para describir todo tipo de organización que combina la autoridad derivante de otros entes semiautónomos. Las confederaciones suelen formarse para encarar asuntos de índole mayor, como la defensa, las políticas migratorias, la creación de una moneda común, la lucha contra la pobreza, la integración social, etc.

Federación

Una federación es una agrupación institucionalizada de entidades sociales relativamente autónomas. La federación suele asociarse a la conformación de Estados conformados a su vez por la reunión de varias entidades territoriales y políticas. También suele denominarse Estado federal o república federal y, generalmente, tiene un sistema político republicano y excepcionalmente monárquico. El rasgo más característico y saliente de la Federación es que estas varias unidades o entidades que la conforman se auto gobiernan, es decir, gozan de un mayor o menor grado de autonomía, pero de todas maneras legislan y gobiernan respecto de determinadas cuestiones o materias que las conciernen. El estatus de ese auto gobierno se encuentra estipulado y establecido en las propias constituciones, que si bien generalmente sucede que se encuentran sometidas a la constitución madre, unilateralmente no pueden ser desconocidas por el gobierno de la federación.

Estado de Sitio

El estado de sitio es considerado como una medida excepcional y extraordinaria cuya declaración compete a los poderes políticos del gobierno federal, dictada en circunstancias de extrema gravedad para el orden público, la seguridad común y la paz interior, que pueden ser generadas tanto por conmoción interna como por ataque exterior. En el primer caso, corresponde al Poder Legislativo la declaración del estado de sitio; sólo le corresponderá al Poder Ejecutivo Nacional declararlo, emitiendo un reglamento o decreto de necesidad y urgencia, cuando el Congreso de la Nación Argentina se encuentre en receso; no obstante, una vez que éste se haya reunido o fuera convocado por el mismo presidente, aprobará o suspenderá la medida ejecutiva adoptada, por ser atribución constitucional exclusiva de aquel cuerpo, debiéndose manifestar su voluntad expresamente. En la conmoción exterior, será el Poder Ejecutivo el encargado de declarar el estado de sitio, con acuerdo del senado, en uno o en varios puntos del territorio de la Nación, supuestos estos últimos en los cuales las garantías constitucionales se suspenderán sólo en donde exista perturbación del orden, sin propagarse a territorios no afectados por él.

Sus efectos principales se registran en un acrecentamiento de poder en uno o varios órganos del poder federal, respetando sus competencias relativas y, en consecuencia, el principio básico y general de la división de poderes. Correspectivamente, produce la suspensión temporal y limitada sólo de aquellas garantías que resultasen inadecuadas al orden constitucional que con la vigencia del estado de sitio se busca preservar. Por esa razón, todas las medidas implementadas que no fueran razonablemente adecuadas a la gravedad de las circunstancias, serán consideradas por los jueces inconstitucionales, aceptando el control de razonabilidad de dichas medidas, toda vez que la emergencia se gesta dentro del orden constitucional, sin corromperlo ni destruirlo. El estado de sitio durará hasta que las circunstancias de gravedad que hicieron necesaria su declaración hayan cesado; en otras palabras: cuando la emergencia haya concluido, la vigencia del estado de sitio no tendrá justificación alguna. De ahí se sigue que, una vez que ya no se encuentre en vigor, las garantías constitucionales afectadas durante ese período sean restablecidas.

Cualquiera sea la razón que haya motivado la declaración del estado de sitio, sea por conmoción interior o ataque exterior, el Poder Ejecutivo no podrá arrogarse competencias que excedan la órbita de las que le son propias, especialmente las del Poder Judicial, puesto que no podrá condenar ni aplicar penas por sí. Por el contrario, podrá arrestar o trasladar a las personas de un punto a otro de la Nación, siempre que ellas no hubieran optado por salir del territorio o por el exilio. En ese sentido, y aunque la declaración del estado de sitio sea considerada como una cuestión política no justiciable, quedarán no obstante las medidas excepcionales que a causa de él dimanen, sujetas al control de razonabilidad, en cuanto a sus aplicaciones respecta, por parte del Poder Judicial.

En la CN pueden verse los artículos referidos al estado de sitio:

Art. 23.- En caso de conmoción interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ella, se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales. Pero durante esta suspensión no podrá el presidente de la República condenar por sí ni aplicar penas. Su poder se limitará en tal caso respecto de las personas, a arrestarlas o trasladarlas de un punto a otro de la Nación, si ellas no prefiriesen salir fuera del territorio argentino. Art. 61.- Corresponde también al Senado autorizar al presidente de la Nación para que declare en estado de sitio, uno o varios puntos de la República en caso de ataque exterior. Art. 99.- El presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones: -Inciso 16. Declara en estado de sitio uno o varios puntos de la Nación, en caso de ataque exterior y por un término limitado, con acuerdo del Senado. En caso de conmoción interior sólo tiene esta facultad cuando el Congreso está en receso, porque es atribución que corresponde a este cuerpo. El presidente la ejerce con las limitaciones prescriptas en el artículo 23. Art. 75.- Corresponde al Congreso: -Inciso 29. Declarar en estado de sitio uno o varios puntos de la Nación en caso de conmoción interior, y aprobar o suspender el estado de sitio declarado, durante su receso, por el Poder Ejecutivo.

Sufragio

El sufragio es el derecho político y constitucional a votar a cargos públicos electos. En un sentido amplio, el sufragio abarca el activo donde se determina quiénes tienen derecho a votar y el pasivo que se refiere a quiénes y en qué condiciones tienen derecho a ser elegidos.

En nuestro país el sufragio es un derecho y un deber de todos los ciudadanos y ciudadanas de nacionalidad Argentina, sean nativos o naturalizados, a partir de los 18 años. Desde 1994 la Constitución Nacional lo caracteriza como universal, igual, secreto y obligatorio. Sin embargo, en el transcurso de la historia el sufragio no siempre tuvo esta característica ni se dieron las condiciones para que se practicara tal como está previsto. Hasta la sanción de la ley Sáenz Peña en 1912, el voto no era obligatorio ni secreto. Los varones interesados en votar deben anotarse en un padrón y el día de la elección deben decir a viva voz por qué candidato o lista se inclinaban. Este mecanismo se prestó para que el voto fuese absolutamente controlado por la élite que tenía el poder político, ético y económico en nuestro país. Recolectaban las libretas cívicas de peones y empleados y los inscribían en los padrones de manera irregular y los obligaban a votar al candidato oficial a riesgo de perder su trabajo e incluso la vida. 1912 ofreció más transparencia y garantías al sufragio al establecer el secreto y la obligatoriedad del voto. Sin embargo, durante la década de 1930 y los primeros años de la década de 1940 se reinstaló la práctica del fraude de la manera más escandalosa. En 1947 hubo un gran avance cuando una ley le reconoce a las mujeres el derecho al voto y así le otorgó a este el verdadero carácter universal. Más tarde, desde 1955 hasta 1973 la proscripción del partido justicialista significó un nuevo retroceso que impidió la libre participación política. Los gobiernos de facto directamente avasallaron este mecanismo de participación. Después del 30 de octubre de 1983 se sucedieron sin interrupciones nuevas elecciones hasta la actualidad, pero la historia cambió. En estos 27 años de democracia los viejos vicios de fraude electoral, voto cantado, descripciones felizmente quedaron en el pasado.

Partidos Políticos

Un partido político es una agrupación de individuos que se reúnen por voluntad propia para influir en las decisiones de gobierno y por lo general para llegar a ocupar lugares de poder, fundamentalmente cargos electivos. Su principal objetivo es expresar y canalizar los intereses distintos sectores de la ciudadanía, pero además los partidos intentan crear un marco de intereses e ideas que suelen expresar en sus plataformas políticas. Tienen una estructura interna fuertemente jerárquica. En primer lugar, se diferencia en dos grandes grupos: los simpatizantes, que son los fieles votantes del partido, y los afiliados, que son los que están formalmente asociados a la organización partidaria. Esta filiación se hace a través de una firma de una ficha que tiene valor legal. Entre los afiliados a su vez hay grandes grados de compromiso y participación. Los dirigentes tienen distintas funciones dentro de la estructura partidaria y diferentes cuotas de poder. Los dirigentes locales controlan recursos importantes que pueden ser aplicados con un alcance municipal o barrial, son responsables de locales partidarios y pueden ocupar cargos legislativos. Los dirigentes partidarios manejan recursos esenciales para los partidos políticos como la fuente de financiamiento, las redes de poder local o provincial. Los líderes partidarios son personas destacadas por su gran carisma y su capacidad para entablar vínculos con dirigentes de su partido y de otros partidos, con los medios de comunicación, empresarios y figuras de relevancia internacional.

Unión Cívica Radical (UCR)

En 1889 un grupo de jóvenes entre los que se encontraba Alem, Mitre y Barrotaueña crearon la Unión Cívica, un partido político cuyos principales metas fueron la denuncia del fraude y la lucha por democratizar la política buscando incorporar a sectores excluidos de los procesos políticos y electorales. En 1891 la Unión Cívica se divide en Unión Cívica Nacional liderada por Mitre que luego se disolvió y se unió a la UCR y la UCR liderada por Leandro Alem. La U.C.R. nació como un partido revolucionario porque pretendía cambiar de raíz la política Argentina. Con esa convicción durante cerca de 20 años se negó sistemáticamente a participar en las elecciones hasta tanto considerará que estaban dadas las condiciones de transparencia. En 1912 se sancionó la ley Sáenz Peña que proclamó el voto universal masculino secreto y obligatorio y a partir de ese momento el partido estuvo dispuesto a competir en las elecciones presidenciales de 1916. Hipólito Yrigoyen líder de la UCR resultó electo presidente. El radicalismo logró triunfar en las siguientes elecciones y así ocupó la presidencia hasta 1930. Como partido representa una clase media que estaba consolidando en Argentina.

Justicialismo

En 1943 un sector militar que se oponía al régimen oligárquico se había constituido de hecho y dio un nuevo golpe de estado. Uno de los líderes que lo impulsó fue el General Perón. A través de diferentes medidas y decisiones políticas Perón se convirtió en un dirigente muy representativo para los sectores populares ganando las elecciones en febrero de 1946 como presidente. Buscó su base de apoyo político en los trabajadores con quienes se comprometió a mejorar su situación económica y también se ocupó de que los sectores más postergados de la sociedad tuvieran la posibilidad de participar en la política. Su esposa Eva Duarte impulsó el voto femenino y logró que en 1947 el congreso aprobara la ley que lo reconoció en iguales condiciones que el voto masculino. Perón creó el partido peronista que después se convirtió en partido justicialista. Este nombre hace referencia a uno de los tres pilares de la doctrina partidaria: la justicia social. Los otros son la independencia económica y la soberanía política de la Argentina frente a cualquier imposición extranjera. Existe formalmente de diciembre de 1947 fecha en que se aprobó su carta orgánica. El justicialismo excedió la organización partidaria, no se trataba sólo de competir para lograr votos sino que se instaló casi como una forma de vida para los seguidores. Sus ideas y símbolos estuvieron después del golpe de estado 1955 por un decreto del gobierno de facto se prohibió mencionar su nombre en público y utilizar los símbolos partidarios. El partido justicialista estuvo proscripto hasta 1972 cuando el gobierno militar que gobernaba el país decidió pactar una transición y habilitar al PJ para que participar en las elecciones. Casi desde la llegada de Perón a la escena política nacional peronismo y antiperonismo constituyen uno de los clivajes que ordenan la dinámica política Argentina.

Partido Socialista

En el año 1890, el Club Socialista Alemán Vorwärts, fundó el Comité Internacional Obrero, cuyas sesiones se iniciaron el 1 de mayo, agrupando aproximadamente a 2.000 trabajadores. Su medio de acción fue el diario por ellos creado, llamado “El Obrero”. Dirigido por el médico Juan B. Justo, surgió el periódico “La Vanguardia” en 1894, comenzándose a organizar el partido. Primero estuvo integrado por representantes italianos y franceses de esas ideas, y luego se incorporaron miembros alemanes y el Centro Socialista Universitario. El primer secretario fue José Ingenieros. El 13 de octubre de 1895, el Partido se reunió en su Primera Convención, que adoptó para el movimiento la denominación de Partido Socialista Obrero Argentino.

La consolidación del partido se produjo el 29 de junio de 1896, al reunirse su primer Congreso y aprobarse su Declaración de Principios, que tomaba su ideario del socialismo europeo. Proclamaba la propiedad social de los medios de producción, estableciendo como medios de lucha del proletariado, el sufragio universal y los gremios o sindicatos. El texto original hacía referencia al empleo de otros métodos que las circunstancias exigieran, pero esto fue suprimido aceptando la lucha pacífica y democrática. Los socialistas compitieron en las elecciones con programas de acción que contemplaban jornadas de labor de 8 horas, condiciones dignas de trabajo, impuestos diferenciales a los grandes propietarios, y a las herencias, se tendió a la separación de la iglesia del estado, el divorcio, y en un principio, pero luego fue descartado, la supresión del ejército y la entrega de las armas al pueblo. Eran opositores del radicalismo, por la presencia fuerte de líderes que asemejaban a los cuestionados caudillos.

Como resultado de luchas internas, a lo largo de su historia sufrieron distintas divisiones. Durante los periodos de dictadura el Partido Socialista sufrió las consecuencias de la represión. El Partido Socialista Democrático logró rearmarse luego del Proceso Militar de 1976, incorporando a su seno las distintas facciones. Actualmente la mayor pujanza del Partido se encuentra en la provincia de Santa Fe, manteniéndose como partido dominante en la ciudad de Rosario, desde 1989.