Ejercicios del tema

Novedades de la Ley 14/2010 de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha y su Apuesta por la Ciudadanía

La Ley 14/2010 de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha presenta varias novedades significativas, centradas en la concepción de los servicios sociales como un derecho de ciudadanía. Esto implica:

  • Regular los derechos y deberes de todas las personas usuarias.
  • Establecer criterios de eficacia y eficiencia.

La ley sitúa a la persona como sujeto y centro de atención, reconociendo su capacidad de:

  • Libre elección.
  • Participación en la toma de decisiones.
  • Ser promotora de su propio proceso de cambio o mejora.

La garantía de derechos que establece la ley está respaldada por las administraciones públicas. El Sistema Público de Servicios Sociales (SPSS) se sustenta en un fuerte componente público, especialmente en los niveles de atención universal.

La iniciativa privada también juega un papel importante. La ley incorpora al SPSS todos los recursos de titularidad privada que mantengan un vínculo de colaboración o concertación con la Administración. Estos recursos deben ajustarse al régimen de autorizaciones, seguimiento, inspección, control y régimen sancionador establecido por la Administración Autonómica, que es la máxima responsable y garante de los servicios sociales.

Otro objetivo de la ley es ordenar el SPSS en los distintos ámbitos territoriales de la región y establecer los niveles de atención. Se introducen dos diferencias importantes respecto a la ley anterior (3/1986):

  1. Agrupamiento de municipios: Permite que los municipios con poca población se agrupen para prestar servicios. La ordenación se realiza mediante un Mapa de Servicios Sociales.
  2. Enfoque en las necesidades de los usuarios: Los Servicios Sociales Especializados se plantean desde la perspectiva de las necesidades específicas de los usuarios, considerando sus ciclos vitales y familiares, en lugar de centrarse en colectivos o sectores específicos.

Definición y Finalidad de los Servicios Sociales en la Ley de Castilla-La Mancha

Según el Artículo 3 de la ley:

Los servicios sociales son el “conjunto de prestaciones y equipamientos de titularidad pública y/o privada que se destinen a la atención social de la población”.

Su finalidad es asegurar el derecho de las personas a vivir dignamente durante todas las etapas de su vida, cubriendo sus necesidades personales, familiares y sociales. También buscan promover:

  • Autonomía personal.
  • Inclusión e integración social.
  • Prevención.
  • Convivencia adecuada.
  • Participación social.
  • Promoción comunitaria.

Artículo 4. Sistema Público de Servicios Sociales (definición)

El SPSS está integrado por el conjunto de prestaciones y equipamientos de titularidad pública organizados en red, así como por aquellos de titularidad privada con los que la Administración establezca alguna forma de colaboración.

Tipología de Centros de Acción Social y Servicios Sociales en Castilla-La Mancha

El SPSS se organiza en dos niveles de atención, coordinados y complementarios:

  • Servicios Sociales de Atención Primaria: Son servicios de titularidad y gestión pública, y constituyen el primer nivel de atención del SPSS.
  • Servicios Sociales de Atención Especializada: Responden a necesidades específicas que requieren una mayor especialización técnica o un dispositivo que trasciende la Atención Primaria. Pueden ser públicos o privados concertados.

Servicios Sociales de Atención Primaria

  • Son de titularidad y gestión pública.
  • Son el primer nivel de atención del SPSS.
  • Las prestaciones se desarrollan en todas las zonas y áreas de servicios sociales de la Región, en el ámbito municipal.
  • Su gestión y organización corresponde a la Administración Autonómica y las corporaciones locales.

Funciones (ejemplos):

  • Información y asesoramiento.
  • Detección de situaciones de necesidad.
  • Valoración y diagnóstico.
  • Prescripción de intervenciones.

Las prestaciones se desarrollan en el Centro de Servicios Sociales de Atención Primaria:

  • Equipamiento de titularidad y gestión pública.
  • Estructura física, administrativa y técnica de las ZONAS de Servicios Sociales.
  • Facilita el acceso al SPSS.
  • Dotado de profesionales según la población, la realidad social y geográfica, y las prestaciones.
  • Cuenta con personal administrativo.

El Centro Coordinador de Servicios Sociales:

  • Da cobertura física, administrativa y técnica al ÁREA de Servicios Sociales.
  • Desarrolla prestaciones de atención primaria y, en su caso, especializada.
  • Es de titularidad y gestión pública.
  • Cuenta con un equipo interdisciplinar y una persona coordinadora del área.

Servicios Sociales de Atención Especializada

  • Dan respuesta a necesidades específicas.
  • Requieren mayor especialización técnica o un dispositivo que trasciende la Atención Primaria.
  • Pueden ser públicos o privados concertados.