Tipos de contratos
– Según Rae el contrato es el pacto, oral o escrito
– Según el Código civil, el contrato existe desde que una o varias personas consienten obligarse a dar alguna cosa o prestar algún servicio.
a Características generales: 1. refejlar su finalidad, 2. Estar redactados de manera adecuada, utilizando lenguaje correcto, sencillo y entendible. 3. Facilmente legible 4. Determinar aspectos que deben se facilmente localizables 5. Deben contener toda aquella información necesaria para su entedimiento. 6. Deben estar firmados en las partes aplicables. 7. Deben estar acordes a lo establecido por la ley.
+contrato de trabajo: lo entendemos por, al celebrado entre una persona que quiere trabajar y un empresario que quiere dar trabajo, por el tiempo y en la jornada laboral que acuerden.
a Modalidades del contrato de trabajo: 1. duración ( indefinida/definida) 2. tipo de jornada laboral ( a jornada completa/ a media jornada) 3. naturaleza del trabajo ( eventuales por producción/ interinidad/ contrato de sustitución) 4. finalidad del contrato ( para la formación y el aprendizaje/ en practicas/ otra o servicio dterminado)
b contenido del contrato de trabajo: una vez firmado el contrato debe ser prestado en la oficina del SEPE correspondiente en el plazo máximo de 10 días. Se puede hacer tanto por escrito como de forma oral, menos en el Estado de los Trabajadores indica en forma escrita.
El Estado suele incentivar a los empresario para que utilicen este tipo de contractación, mucho más estable para los trabajadores.
c tres casos por los cuales se puede modificar el contrato de trabajo: – movilidad funcional: el auxiliar administrativo que tiene que realizar también labores de comercial. -movilidad geográfica: el director de una oficina bancária que es trasladado de un pueblo a otro lejano. – modificación sustancial de las condiciones de trabajo: ampliar la jornada de trabajo de una fabrica de juguetes en la campaña de navideña.
+suspensión: cuando las partes contratantes dejan de tener la obligación de trabajar y de remunerar o pagar. Se produce una interrupción temporal.
a las causas: suspensión de empleo y saldo, maternidad,adopción , derecho de huelga, cierre de la empresa, fuerza mayor temporal…
+extinción: cuando se da por finalizada la relación laboral entre el trabajador y el empresario de una forma definitiva.
+contrato de compraventa. es aquel en el que dos partes se ponen de acuerdo para intercambiar una cosa determinada por una cantidad igual de dinero.
a No se consideran mercantiles. – las compras de efectos destinados al consumo del comprador o otras personas. – las ventas que hagan los propietarios y ganaderos de los productos de sus ganancias. – las ventas de los artesanos de objetos construidos por ellos. – la reventa que haga cualquier persona no comerciante.
b Tipos de contratos de compraventa: 1. contratos de compraventa especiales y electrónicos, 2. contratos de compraventa a plazos, 3. contratos de compraventa internacional de mercaderias. 4- contrato de saminitivo. 5. contrato de permuta
+ contrato de arrendamiento o de alquiler: es aquel contrato bilateral por el que una de las partes cede el uso y disfrute de una determinada propiedad por un tiempo determinada a la otra parte, a cambio de un acantidad económica.
+contrato de alquiler de local de negocio. es un documento por el que dos personas se obligan a ceder una a la otra el uso de un bien immueble cuya finalidad será la de ejercer en ella una actividad profesional o comercial.
+contrato de renting. es un alquiler a largo plazo de un determinado tipo de bienes de alta depreciación o de alto coste ( vehículos, maquinária..)
+contrato de leasing: son aquellos en los cuales una empresa compra un bien a otra empresa y cede su uso a una tercera empresa a cambio de un precio, concediéndole una opción de compra sobre el bien cedido.
+contratos de colaboración: de comisión, de agencia, de franquicia, de publicidad.
+contrato de factoring: un empresario transmite los créditos comerciales que posee frente a sus clientes a una entidad financieras de crédito, que compromete, a prestar una série de servicios respeto de los mismos.
+contrato de seguro: como aquel por el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo e objeto de cobertura, el daño producido al asegurado o a satisfacer una cantidad economica convenida. a tipos de seguros. de incendios, de robo, de crédito, de responsabilidad civil.
+El seguro de vida: se define como aquel n el que el capital que el asegurador se obliga a pagar y la prima que cobra se calculan teniendo presente la duración de la vida humana.