Normativa de Equipos de Trabajo: Obligaciones y Protecciones
Por favor, completad el contenido de los puntos a estudiar pues lo que os pongo debajo es en formato excesivamente escueto, solo para que sepáis de que punto hablamos.
Bloque 1:
Definiciones ET, zona peligrosa, trabajador expuesto…(importante) Esquema normativa ET
Obligaciones Empresario con respecto a:
Selección:
◦ ET adecuado y aspectos a satisfacer. Ojo adecuación y marcado. ◦ Elección ET y factores a considerar (a,b,c)Principios Ergonómicos.
Utilización ET (AnII RD)
Mantenimiento adecuado
Comprobación ET
◦ Inicial y tras puesta en marcha
◦ ET deteriorables o tras acontecimiento excepcional: comprob., repar. yprueb.periód.
◦ Comprobación por pers. Competente.
◦ Comprob. ET ajustadas a normativa específ.Formación e información
◦ LPRL art 18 19, form. e inform. Riesgos derivados utiliz. ET.
◦ Contenidos información (importante)
◦ Riesgos derivados ET entorno
◦ Trabajadores para utliz. y mto deben recibir formación específica.Consulta y participación
Bloque 2:
Anexo I disposic. Mínimas generales S/ RD 1215/97:
Órganos de accionamiento y subapartados (importante)
Puesta en marcha solo voluntaria
Parada en condiciones de seguridad + paro emergencia
Protección riesgo de caída de objetos o de proyecciones
Protección Riesgo por emanación de gases….capación o extracción.
Protección Estabilización + barandilla + caída de objetos (ojo contenido para test)
Protección Riesgo de estallido o de rotura
Resguardos y que deben cumplir (importante y ojo contenidos sobre resguardos, incluidos en este apartado)
Iluminación
Protección Temperatura
Dispositivos alarma
Advertencias y señales
13. Protección energías acumuladas: consignación,definición, que comprende… (importante) 14. Protección Riesgos de incendio, de calentamiento del propio equipo o de emanaciones de
gases, polvo,líquidos, vapores u otras sustancias producidas, utilizadas o almacenadas por
éste.
Prevenir el riesgo de explosión
Protección riesgo de contacto directo o indirecto con la electricidad
Protección riesgos por ruido, vibraciones o radiaciones
Protección almacenamiento, trasiego o tratamiento de líquidos corrosivos o a alta
temperatura
herramientas manuales
Bloque 3
anexo II del Real Decreto 1215 de 1997 se recogen las disposiciones relativas a la utilización :
Los equipos de trabajo se instalarán, dispondrán y utilizarán de modo que se reduzcan los riesgos para los usuarios del equipo y para los demás trabajadores + subapartados
Trabajadores deberán poder acceder y permanecer en condiciones de seguridad
ET no deberán utilizarse de forma o en operaciones o en condiciones contraindicadas por el fabricante
Puesta en marcha ET se comprobará que sus protecciones y condiciones de uso son las adecuadas y que su conexión o puesta en marcha no representa un peligro para terceros
ET con elementos peligrosos accesibles que no puedan ser totalmente protegidos, deberán adoptarse las precauciones y utilizarse las protecciones individuales apropiadas para reducir los riesgos al mínimo posible
residuos: operación de retirada deberá realizarse con los medios auxiliares adecuados y que garanticen una distancia de seguridad suficiente.
ET instalados para no volcar o desplazarse de forma incontrolada
ET no deberán someterse a sobrecargas, sobrepresiones, velocidades o tensiones excesivas
la utilización de un equipo de trabajo pueda dar lugar a proyecciones o radiaciones peligrosas..protecciones
ET llevados o guiados manualmente, con peligro utilizados con debidas precauciones,+ distancia de seguridad suficiente
ET no seguros en locales mojados o de alta conductividad, locales con alto riesgo de incendio, atmósferas explosivas o ambientes corrosivos NO se emplearán
Protección alcance ET contra rayos
Montaje y desmontaje ET seguros
mantenimiento, ajuste, desbloqueo, revisión o reparación ET seguros y sin energía residual
Cuando un equipo de trabajo deba disponer de un diario de mantenimiento, este permanecerá actualizado.
ET retirados: o se inutilizan o se mantienen en orden de uso con las protecciones.
herramientas manuales deberán ser de las características y tamaño adecuados a la operación a realizar. Su colocación y transporte no deberá implicar riesgos para la seguridad
Bloque 4
apartado 2 del anexo I del Real Decreto 1215 de 1997 : disposiciones mínimas aplicables a determinados equipos de trabajo, entre ellas las de equipos de trabajo móviles.
1. Disposiciones mínimas aplicables a determinados equipos de trabajo móviles automotores o no: definiciones y exclusiones
a) Trabajador transportado reducir riesgo en transporte + medidas: equipo adecuado, asientos, cabinas… (importante)
b) Impedir bloqueo els transmisión energía si éste es peligroso.
c) Medios de fijación para els transmisión energía si pueden arrastrar/deteriorarse
d) Limitar riesgos por vuelco + medidas: estructura protección, estructura espacio suficiente,
otro (importante, ojo contenidos para cuestiones cortas /test)
e) carretillas elevadoras ocupadas por uno o varios trabajadores limitar los riesgos de vuelco con medidas: cabina, estructura…(importante)
f) puesta en marcha ET automotores medidas seguridad: evitar pta marcha no autorizada…
(importante)
g) Señal acústica
2 del anexo I del Real Decreto 1215 de 1997 disposiciones mínimas aplicables a determinados equipos de trabajo, entre ellas las de equipos de trabajo para elevación de cargas.
2. Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo para elevación de cargas:
Definiciones, exclusiones.
Criterios generales de seguridad al evaluar los riesgos (importante)
a) instalados firmemente cuando se trate de equipos fijos o estables el resto (ojo estabilizadores, viento, control de sobrecargas)
b) indicaciones: carga nominal, accesorios elevación, colores eslingas…(ojo gráfico cargas s/ condiciones utilización)
c) Equipos permanentes evitar caída de carga (atención medidas adecuadas para minimizar la posibilidad de caída libre de la carga y el resto para test)
d) Características ET desplazamiento trabajadores (con subapartados: evitar con dispositiv caída del habitáculo (y la alternativa), , caída del usuario fuera del habitáculo, aplastamiento, aprisionamiento o choque del usuario,seguridad de los trabajadores liberación en caso de accidente y/o queden bloqueados , ojo)