Normas de Seguridad e Higiene en Obras de Construcción y Agroindustrias
Ley 222590/95
Normas básicas de seguridad en la obra
- Lograr un ambiente seguro.
- Hacer que el trabajo sea seguro.
- Hacer que los obreros tengan conciencia de la seguridad.
Políticas de seguridad: es necesario que los trabajadores dispongan de una política escrita de seguridad en la empresa. Las mismas deberán cubrir los siguientes aspectos:
- Dispositivos para impartir capacitación a todos los niveles.
- Métodos o sistemas de trabajos seguros para las operaciones riesgosas.
- Deberes y responsabilidades de supervisores y trabajadores en puestos.
- Dispositivos para divulgar la información sobre seguridad y salud.
- Medidas para establecer comisiones de seguridad.
- Selección y control de subcontratistas.
Organización de la seguridad: dependerá del tamaño de la misma, sistema de empleo y de la manera en que se organiza el proyecto. Llevar registros de seguridad y sanidad que facilitan la identificación y resolución de los problemas de esa índole.
Las tareas de seguridad y salud deben asignarse específicamente a determinadas personas. Algunos deberes necesarios que deben incluir: planes de seguridad, planes de emergencia y evacuación, suministro, construcción y mantenimiento de instalaciones de seguridad.
- Construcción e instalación de carteles de seguridad.
- Medidas de seguridad características de cada oficio.
- Pruebas de los aparatos elevadores tales como grúas y guinches de carga, y accesorios de izado tales como cuerdas y argollas.
- Inspección y rectificación de las instalaciones de acceso, como andamios y escaleras.
- Inspección y limpieza de las instalaciones de bienestar común, tales como servicios higiénicos, aseos, vestuarios y comedores.
Supervisores
Se refiere al primer nivel de supervisión que en las obras recibe diversos nombres tales como capataz, puntero, encargado. Dentro de su área de competencia debe asegurarse de que:
- Las condiciones de trabajo y el equipo sean seguros.
- Se efectúen regularmente inspecciones de seguridad de los sitios de trabajo.
- Se haya capacitado adecuadamente a los obreros para el trabajo que debe realizar.
- Se cumplan las medidas de seguridad en los sitios de trabajo.
- Se adopten las mejores soluciones utilizando los recursos y destrezas disponibles.
- Exista y se utilice el equipo de protección personal necesario.
Trabajadores
Tienen el deber moral de ejercer el máximo cuidado de su propia seguridad y la de sus compañeros. Existen varias formas de que el trabajador participe de la obra como por ejemplo:
Secciones previas de instrucción
Reuniones de 5 a 10 minutos con los supervisores antes de comenzar la tarea y ser informados sobre los problemas de seguridad que pueden plantearse y su posible solución.
Control de seguridad
Tomar medidas preventivas para corregir situaciones de riesgos que puedan ponerlos en peligros a ellos u otros obreros.
Comisiones de seguridad
Sus integrantes y su tamaño dependerá del tamaño de la obra de construcción y distintas disposiciones legales. Los deberes a cumplir son:
- Reuniones regulares y frecuentes en la obra para considerar el programa de seguridad y salud y dar recomendaciones.
- Estudios de los informes del personal de seguridad.
- Análisis de los informes sobre accidentes y enfermedades con el fin de hacer recomendaciones preventivas.
- Evaluación de mejoras introducidas.
- Estudios de las sugerencias presentadas por los trabajadores, en especial por los representantes de seguridad.
- Planificación de programas educativos y de formación y secciones informativas y participación en los mismos.
Plan y disposición de obra
- La secuencia u orden en que se llevarán a cabo las tareas y los procesos u operaciones especialmente peligrosos.
- El acceso de los trabajadores a la obra y su zona circundante. Las rutas deben estar libres de obstrucciones y riesgos tales como materiales que caen, equipos y vehículos. Deben colocarse letreros de advertencia adecuados. Instalar protecciones al borde de los pozos y escaleras, y en todo sitio donde haya caídas de 2 m o más al vacío.
- Vías de desplazamiento de vehículos. Deberán ser de una sola mano, dentro de lo posible.
Decreto 991/97
Art. 2: incluye en el concepto de obra de construcción a todo trabajo de ingeniería y arquitectura realizados sobre inmuebles, propios públicos o privados, excavaciones, montajes, instalaciones, todo aquello que derive de las empresas constructoras.
Art. 3 Sujeto obligados: el empleador que tenga como actividad la construcción de obras, que efectúe trabajos exclusivamente para dichas obras. Al trabajador dependiente se le aplicará su contrato y remuneración ante cualquier tarea que desempeñe.
Obligaciones del empleador Art. 7
- Creación y mantenimiento de condiciones y medio ambiente de trabajo que aseguren la protección física y mental y bienestar de los trabajadores.
- Reducción de la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo y capacitación específica.
- Los empleadores deberán capacitar a los trabajadores en materia de HyS y en la prevención de enfermedades.
- Las capacitaciones se darán por medio de clases, cursos y otras acciones eficaces.
- Deben incluir a todos los niveles, superiores, intermedio y operativo.
Art. 12 Derecho y obligaciones de los trabajadores
- Gozar de condiciones y medio ambiente de trabajo que garanticen la preservación de su salud y seguridad.
- Someterse a exámenes periódicos de salud establecidos en la normas de aplicación.
- Recibir información sobre los resultados de sus exámenes de salud.
- Someterse a tratamientos de enfermedades y lesiones derivadas del trabajo.
- Cumplir con las normas de prevención establecidas en los planes y programas de prevención.
- Asistir a los cursos de capacitación que se dicten durante las horas de trabajo.
- Usar EPP o colectivas y observar las medidas de prevención.
- Utilizar de forma correcta los materiales, herramientas, máquinas en donde desarrolle su actividad laboral.
- Observar las indicaciones de los carteles y avisos que indiquen medidas de protección y cuidar los mismos.
- Colaborar con la organización del programa de formación y educación en materia de seguridad y salud.
- Informar al empleador todo hecho o circunstancia riesgosa en sus puestos de trabajo.
Legajo Técnico de H y S: está constituido por la documentación para la prestación de HyS para el control efectivo de los riesgos emergentes en el desarrollo de la obra. Contendrá características, volumen, y condiciones bajo las cuales se desarrollarán los trabajos para determinar los riesgos en cada etapa.
Art. 22 Vivienda para el personal: será para aquellos trabajadores que se encuentren alejados de sus viviendas. Serán contenedores en donde se alojarán a 2 personas, con pisos, paredes, techos que sean de fácil limpieza, y tenga protección contra incendios e iluminación adecuada.
Art. 23 Instalaciones Sanitarias: deberá contar con las siguientes proporción, cada 15 trabajadores:
- 1 inodoro a la turca.
- 1 mingitorio.
- 2 lavabos.
- 5 duchas con agua caliente y fría.
Art. 28 Vestuarios: deberán tener una dimensión gradualmente de acuerdo a la cantidad de trabajadores.
Art. 30 Comedor: deberán contener mesas, bancos acorde al número total de trabajadores.
Art. 33 Desechos cloacales: deben evitarse: contaminación del suelo, contaminación de las fuentes establecidas de agua, contacto directo con las excretas.
Art. 34 El tratamiento de residuo sólido hasta su disposición final debe respetar 3 etapas: almacenamiento en el lugar donde se produjo, recolección y transporte, eliminación y disposición final.
Normas generales aplicables en obra
Art. 44 Cuando se manipulen productos de aplicación caliente, deben: ser resistentes a temperaturas previstas o elevadas. Cierres que eviten derrames. Diseñado para sofocar el fuego que se pueda producir.
Calefacción, iluminación y ventilación Art. 49: no será a llama abierta, los artefactos por combustión deben apoyarse sobre superficies, los mismos deben contar con dispositivos para evacuar gases.
Protección contra caída de personas Art. 52:
- Aberturas en el piso: cubiertas sólidas para transportar sobre ellas. Barandas con estabilidad y resistencia.
- Aberturas de paredes: protección con barandas, travesaños, zócalos. Se instalarán en donde pueda soportar carga y material. Señalizar todos los lugares con riesgo de caída de personas.
Trabajos en pozos, ascensores, cajas de escaleras y plenos. Art. 58, 59, 60: será obligado instalar redes protectoras o elementos similares en protección contra caída de personas. En los ascensores se deberá colocar una separación para impedir cualquier contacto con dicho ascensor.
Trabajo en vía pública Art. 61-64: deberá ser señalizado, vallarse o cercarse para evitar que se vea afectada la seguridad de peatones y vehículos.
Señalización en la construcción Art. 66: se deberá señalizar con carteles, vallas, balizas, cadenas, sirenas, etc. Toda herramienta, equipos y maquinarias deberán contar con señalamiento adecuado al riesgo.
Art. 147 Excavaciones: 1,20 m para abajo. Medidas de seguridad: cuando el terreno se encuentre helado, no retirar la entibación o medio de contención.
Cuando exceda 1 m de profundidad deberá instalarse escaleras. Las plataformas sobre codales se afianzan con ménsulas. No se permitirá al trabajador trabajar mientras haya un medio mecánico, y los mismos se encuentren a una distancia 2 veces del largo del brazo de la máquina.
Art. 154 Submuración: serán programadas y se efectuarán por tramos. Los muros deben ser apuntalados sólidamente.
Art. 181-183. Trabajos con pintura: los disolventes deben ser de construcción no propagante de llama. Mantener bien ventilados para que las concentraciones de gases y vapores estén por debajo de los máximos permisibles. Contar con sistema de extinción de clase adecuada. Disponer de instalaciones eléctricas estancas o antiexplosivos. Contar con techos flotantes o expulsables en caso de riesgo de explosión.
Art. 221. Andamios. Características cuando superan los 6 m de altura: rigidez, resistencia, estabilidad, ser apropiados para la tarea a realizar, estar dotados de los dispositivos de seguridad correspondientes, asegurar inmovilidad lateral y vertical. La plataforma debe tener 60 cm de ancho, libre de obstáculos 30 cm. La misma tendrá tablones empalmados a tope unidos entre sí con un mínimo de 50 cm. Los empalmes deben realizarse sobre los apoyos. Las plataformas situadas a 2 m de altura respecto al plano horizontal. El espacio máximo entre muro y plataformas debe ser de 20 cm. Si la distancia es mayor será obligatorio colocar una baranda de una altura de 70 cm. Los montantes de los andamios deben cumplir las siguientes condiciones:
- Ser verticales o estar ligeramente inclinados hacia el edificio.
- Estar colocados a una distancia de 3 metros entre sí.
- Estar sólidamente empotrados en el suelo o bien sujetos por deslizamiento.
- La prolongación debe ser hecha de modo que la unión garantice una resistencia igual a la de sus partes.
Agroindustria
Son talleres o fábricas en las cuales se desarrollan procesos artesanales o industriales destinados a la transformación de productos provenientes de la actividad agrícola o ganadera. Los productos agropecuarios consisten en la modificación de sus características físicas, químicas o biológicas.
Las agroindustrias comprenden las siguientes industrias:
- Desmontaje de algodón.
- Producción del aceite de palma.
- Procesamiento del Té y Café.
- Tenerías o curtiembres.
- Mataderos.
Decreto 617/97 Reglamento de H y S en el Agro
Art. 1 El empleador debe aplicar los criterios de prevención para evitar eventos dañosos en el trabajo, con el fin de mejorar los niveles de seguridad y protección existentes.
El empleador y el seguimiento de la ART debe:
- Identificar, evaluar y eliminar los factores de riesgo existentes en su establecimiento.
- Priorizar la prevención de accidentes y enfermedades, minimizando los riesgos en su fuente.
- Proveer EPP.
- Informar y capacitar a los trabajadores acerca de los riesgos relacionados con las tareas que se desarrollan en su establecimiento.
- Llevar a cabo un programa de prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
- Instrumentar las acciones para que la prevención, higiene y seguridad sean actividades integradas a cada trabajador.
- Cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo establecidas por la autoridad competente.
Art. 2 El trabajador debe:
- Utilizar adecuadamente las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte, equipos de protección para evitar los riesgos previsibles.
- Usar, conservar y cuidar los elementos y equipos de protección personal, debiendo recibir los elementos con constancias firmadas.
- Informar en forma inmediata al servicio de H y S acerca de cualquier situación que entrañe un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.
- Contribuir al cumplimiento de las normas de H y S establecidas.
- Someterse a los exámenes médicos de salud y cumplir con las indicaciones que se le formulen.
- Asistir a los cursos de capacitación que le brinda el empleador por sí o por medio de la ART.
Art. 3 Las ART deben:
- Identificar y evaluar los factores de riesgo existentes en los establecimientos.
- Priorizar la prevención de siniestros a partir de la minimización de los riesgos en la fuente.
- Colaborar en la selección de equipos y EPP.
- Suministrar información sobre la seguridad de productos químicos y biológicos.
- Informar y asesorar a los empleadores sobre la normativa de H y S en el trabajo.
- Denunciar ante la SRT los incumplimientos de las normas.
- Tener acceso a la información necesaria para cumplir con las prestaciones de la LRT.
- Promover la prevención informando a la SRT acerca de los planes y programas exigidos por la empresa.
- Mantener un registro de siniestralidad por establecimiento.
- Informar a los interesados sobre los balances, alícuotas y demás elementos de la reglamentación.
Servicio de infraestructura
Art. 4: el empleador deberá proveer agua potable necesaria a los trabajadores en las diversas tareas que se desempeñen. Art. 5: el empleador le proveerá vivienda al trabajador y el mismo debe tenerla en condiciones higiénicas y la misma debe tener control sobre electricidad, incendios y probabilidad de derrumbes.
Art. 6: el empleador debe proveer un botiquín de primeros auxilios.
Manejo de Materiales
Art. 24: el manejo manual de materiales se procederá de acuerdo con:
- Las condiciones de trabajo que permitan reemplazar el manejo manual por la utilización de elementos auxiliares para el transporte de cargas.
- El empleador informará al personal sobre el levantamiento correcto y manejo de materiales en forma manual. La carga máxima será de 50 kg, recorrido hasta 10 metros. Si se supera estos límites deberán facilitarle al trabajador un transporte para facilitar el traslado de los mismos.
- Al manejar o transportar materiales químicos u otros elementos agresivos el empleador deberá proporcionar al trabajador los elementos y EPP que eviten el contacto directo entre la persona o parte de su cuerpo.
Protección contra incendios
Art. 28: los productos agroquímicos no podrán ser almacenados juntos con productos inflamables. Para la construcción de depósitos se utilizarán materiales no combustibles. La ventilación e iluminación deben ser las suficientes para controlar los riesgos existentes.
Art. 29: la quema de rastrojo debe realizarse bajo condiciones que aseguren la misma. Deberán contemplar:
- La no realización de quemas en días muy ventosos.
- La realización previa de los contrafuegos pertinentes.
- La designación de una persona responsable mientras se realice la quema hasta que no queden rastros de fuego.
Art. 30: en las cercanías de materiales combustibles o acumulación de polvo se emplearán artefactos de iluminación antideflagrantes (que no generen chispas).
Art. 31: deben controlarse los materiales que produzcan fermentación y elevación de temperatura.
Art. 32: las instalaciones y establecimientos deberán contar con la cantidad necesaria de matafuegos y/u otros sistemas de extinción.
Art. 33: se prohíbe la instalación y uso de calefacción fijos o portátiles, eléctricos o a gas, en aquellos recintos donde exista peligro de explosión o incendio.
Galpones y Silos
Art. 25: los silos deben reunir las siguientes condiciones:
- Estar montados sobre bases apropiadas para su uso y construidos de forma que garanticen la resistencia de las cargas.
- Los apoyos deben estar protegidos contra impactos accidentales, en áreas de circulación vehicular.
- Las escaleras exteriores verticales deberán contar con guarda hombre a partir de los dos metros de altura.
- Las aberturas deberán estar protegidas a fin de evitar caídas de los trabajadores.
Art. 26: para el desarrollo de los trabajadores en los silos se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ventilar el silo, previo al ingreso a los efectos de lograr una atmósfera apta.
- Proteger las aberturas de descarga e interrupción del llenado.
- Proveer de los elementos y/o equipos de protección personal (cinturón, cabo de vida sujeto al punto fijo exterior).
- Disponer la permanencia de una persona desde el exterior del silo, para auxiliar al trabajador en caso de ser necesario.
- Instrumentar las medidas de precaución a fin de evitar la ocurrencia de incendios del material almacenado dentro de un silo o galpón.
Ventilación y almacenaje en instalaciones fijas (depósitos)
Manejo previo al almacenaje:
- El mejor y más económico tratamiento contra la plaga es la prevención, generalmente el nivel de infestación de insectos en plantas a campo es bajo, ya sea por insectos que sobrevivieron o porque migran de las inmediaciones de la planta de acopio al silo.
- Debe realizarse la limpieza de las instalaciones de almacenaje para eliminar todo residuo de grano o polvo dentro del silo o celda.
- En las inmediaciones de los silos no deben existir potenciales focos de infección (grano tirado en el piso, carros con restos de granos, etc.). Se recomienda mantener el césped corto y eliminar todo residuo de grano en las inmediaciones de las instalaciones.
- Se debe realizar tratamientos químicos residuales de las instalaciones (cono, conducto del aire y exterior del silo).
- Las prácticas citadas permiten minimizar la aplicación de tratamientos curativos en los primeros meses de almacenaje, evitando costos y manipulación frecuente de productos tóxicos.
- Controlar y reparar goteras y filtraciones en silos y celdas. La entrada de agua al sistema de almacenaje o movimiento de grano puede generar un deterioro de la mercadería durante el almacenamiento.
Cuidado en el uso de agroquímicos y fertilizantes (3489/58)
Los plaguicidas utilizados en Argentina deben ser registrados en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal del SENASA, que examina las propiedades físicas y químicas del plaguicida, su eficacia, su capacidad potencial de producir efectos tóxicos sobre la salud de los seres humanos y los efectos medioambientales, el etiquetado y el embalaje.
El registro también ayuda a asegurar que los intereses de los usuarios finales estén bien protegidos.
Almacenamiento
Mantener el producto en su envase original bien cerrado, en depósitos cerrados, secos, ventilados, con piso impermeable, alejados de fuentes de calor y al resguardo de la luz solar. No almacenar con ropas, alimentos, semillas y forrajes. No comer, beber ni fumar en estos lugares.
Derrames
Contener el líquido derramado con algún material inerte (arena, tierra). No usar agua. Evitar la llegada del producto a cursos o napas de agua. Recoger el material de absorción contaminado, colocar en tambores rotulados y enviar para su incineración a sitios autorizados. No incinerar a cielo abierto.
Lea atentamente las etiquetas o marbetes. Aplique agroquímicos en los tiempos oportunos. Respete las dosis según las recomendaciones técnicas. Realice periódicamente el mantenimiento y la limpieza del equipo de aplicación. Almacene los agroquímicos en depósitos seguros y bajo llave. Lave su cuerpo, ropa y maquinaria, después de cada aplicación. Conserve los agroquímicos en sus envases originales.
B.P.A. Post Aplicación de Agroquímicos
- Respetar el tiempo de reingreso al área tratada.
- No cosechar antes del tiempo de carencia establecido en el marbete.
- Una vez terminada la aplicación de agroquímicos, deben limpiarse todos los utensilios, maquinarias y ropa empleada en la tarea.
- No realizar ningún tipo de labor agrícola inmediatamente después de aplicado el producto fitosanitario en el lote tratado.
- Nunca abandonar envases o equipos de aplicación. Estos deben llevarse a un sitio seguro, lejos del alcance de los niños o personas inexpertas.
- Capacitar al personal.
Protección de maquinarias
Las máquinas deben:
- Estar diseñadas y construidas minimizando los riesgos que puedan generar.
- En caso de poseer volantes, correas, ruedas con rayos, ejes y mecanismos de transmisión, cigüeñales, deberán estar cubiertos de tal forma de eliminar toda posibilidad de que los trabajadores puedan ponerse en contacto con las partes en movimiento.
- Los ejes de transmisión deben estar protegidos si sobresalen en más de un tercio de su diámetro o deberán ser redondeados en caso contrario.
- En caso de poseer elementos móviles que pueden producir atrapamientos, aplastamientos o cortes, estar protegidos o cubiertos.
- La zona de los contrapesos, péndulos u otros mecanismos oscilantes, deberán estar protegida por medio de un cerramiento.
- Estar provistas de un dispositivo de bloqueo para su puesta en funcionamiento involuntario y de señalizaciones de peligro, etiquetas con instrucciones de operación, regulación y mantenimiento en castellano.
Riesgos químicos en la industria agrícola ganadera
Las operaciones industriales que incluyen el manejo, almacenamiento y procesamiento de sustancias que son potencialmente peligrosas como químicos, reactivos y desechos peligrosos. Causadas por las industrias, comercio o viviendas. Ocurre por el uso inadecuado de combustible, fallas de instalaciones eléctricas.
Los siguientes riesgos son necesarios manejarlos para reducir el impacto:
- Las condiciones que pueden llevar, potencialmente, a los accidentes que involucran derrames importantes (válvulas, recipientes, bombas, tanques).
- Las condiciones de salud y bienestar ocupacional y de seguridad en el trabajo.
Se clasifican los materiales y desechos en:
- Inflamables: representan un peligro de incendio bajo las condiciones industriales normales (metales triturados).
- Corrosivos: sustancias especiales que corroen los materiales normales (ácidos, anhídridos).
- Reactivos: materiales que necesitan un especial almacenamiento y manejo porque tienden a reaccionar con ácidos y sus vapores (cianuros).
- Tóxicos: son sustancias que al ser manejadas incorrectamente liberan cantidades de materiales tóxicos provocando daño a la salud por su inhalación, ingestión, piel o medio ambiente.
- Biológicos: materiales que al ser manipulados inadecuadamente liberan cantidades de microorganismos como hongos, bacterias, polen, caspa y provocan alergia a las personas.
Hay riesgos generales que incluyen las siguientes categorías:
- Eléctricos: por conductores cargados y mal uso de herramientas.
- Estructurales: caerse o forzarse en el trabajo.
- Mecánicos: choques de equipos frontal o lateral, por roturas de poleas o cables.
- Temperatura: fatiga térmica por el cambio de temperatura ya sea en altas y bajas temperaturas.
- Ruido: fatiga y daños físicos en el oído, niveles de ruidos que excedan las normas recomendadas.
- Radiación: quemaduras o heridas internas. Por exceso de radiación ionizante.
- Deficiencia de oxígeno: desplazamiento del oxígeno por otro gas o consumo en una reacción química.
Análisis o evaluación de riesgos
Un escape de sustancia tóxica muy reactiva, explosiva o inflamable.
La evaluación de los riesgos debe ser parte integrante de la preparación del proyecto. La evaluación del impacto ambiental. Los objetivos de la evaluación de los riesgos mayores son los siguientes:
- Identificar la naturaleza y magnitud del uso de las sustancias peligrosas.
- Especificar las medidas tomadas para la operación segura de la instalación, el control, y los procedimientos de emergencia.
- Demostrar que el constructor haya apreciado el potencial de riesgo mayor y haya considerado controles adecuados.
- Identificar el tipo de probabilidad relativa y consecuencias de los accidentes mayores.
Los proyectos agrícolas y de control de plagas se relacionan con la contaminación atmosférica y acuática, la eliminación de los desperdicios sólidos y los cambios en el uso de la tierra.
Las emisiones atmosféricas incluyen:
- Material pulverizado.
- Dióxido de azufre.
- Óxido nitroso.
- Hidrocarburos y otros compuestos químicos.
Los efectos ambientales de la intensificación de la agricultura son:
- La mayor erosión de los suelos.
- La contaminación del agua superficial y freática por los insumos agrícolas (pesticidas).
- Los cambios en las características físicas y químicas del suelo.
- Los impactos sobre la fauna y la vegetación.
Los impactos sociales incluyen:
- La restricción de acceso a los recursos acuáticos.
- Desplazamiento de la población.
- Trastornos sociales.