Banco Central Europeo

El Banco Central Europeo (1998) gestiona el euro, formula y aplica la política económica y monetaria de la UE.

Órganos rectores:

  • Consejo de Gobierno (principal órgano decisorio): Comité Ejecutivo y gobernadores de los bancos centrales nacionales de la eurozona. Evalúa cambios económicos y monetarios, define la política monetaria de la zona euro y fija tipos de interés a los que los bancos comerciales pueden obtener dinero del BCE.
  • Comité Ejecutivo (gestión diaria del BCE): Presidente y Vicepresidente del BCE y otros 4 miembros por 8 años. Responsable de ejecutar la política monetaria, gestionar operaciones cotidianas del Banco y preparar reuniones del Consejo de Gobierno.
  • Consejo General (función consultiva y coordinación): Presidente y Vicepresidente del BCE y gobernadores de los bancos centrales nacionales de los países UE. Ayuda a preparar la adopción del euro en nuevos países.

Parlamento Europeo

Órgano legislativo de la UE, elegido por votantes UE cada 5 años. (Últimas elecciones mayo 2019). 3 funciones:

  • Competencias legislativas
  • Competencias de supervisión
  • Competencias presupuestarias

Número de eurodiputados por país, proporcional a su población: ningún país puede tener -6 ni +96 eurodiputados, y el total no +705 (704 más el Presidente). Agrupados por afinidades políticas, no por nacionalidades.

  • Presidente representa al Parlamento y aprueba presupuesto final.

En las comisiones (se prepara la legislación): 20 comisiones y 2 subcomisiones, cada una se ocupa de un ámbito político. Examinan las propuestas de legislación, eurodiputados y grupos políticos pueden presentar enmiendas o proponer rechazar un proyecto de ley.

En las sesiones plenarias (se aprueba la legislación). Los diputados se reúnen en la cámara para la votación final de la legislación y propuestas de modificación. En Estrasburgo durante 4 días al mes, a veces sesiones adicionales en Bruselas.

Consejo Europeo

Reúne a los líderes UE para establecer su agenda política. Es el nivel más elevado de la política entre países UE. Se reúne en cumbres (trimestrales) celebradas entre líderes UE y presididas por un presidente permanente.

  • Establece la política exterior y de seguridad común teniendo en cuenta las estrategias UE.
  • Nombra los candidatos elegidos para los puestos destacados de la UE (BCE y Comisión).

Formado: Jefes de Estado o Gobierno de los países UE, presidente Consejo Europeo y presidente Comisión Europea. Presidente UE ante el resto del mundo convoca y preside el Consejo, elegido por Consejo Europeo durante 2 años y medio renovable 1 vez.

Funcionamiento: Se reúne 4 veces al año, pero presidente puede convocar reuniones adicionales para tratar asuntos urgentes. Decisiones se toman por consenso, en algunos casos es necesaria unanimidad o mayoría cualificada. Pueden votar jefes de Estado o Gobierno.

Consejo de la Unión Europea

Ministros de cada país UE se reúnen para debatir, modificar y adoptar leyes y coordinar políticas nacionales. Cada ministro asume compromisos en nombre de su Gobierno. Es el principal órgano de decisión de UE junto con Parlamento Europeo.

  • Negocia la legislación de la UE, junto con Parlamento Europeo, a partir de las propuestas de la Comisión Europea.
  • Coordina las políticas de los Estados miembros.
  • Desarrolla la política exterior y de seguridad.

Composición:

Se reúne en 10 formaciones diferentes en función del tema que se vaya a tratar. Cada Estado envía al ministro de la materia.

Funcionamiento:

  • Debates y votaciones son públicos.
  • Para aprobar decisiones es necesario contar con”mayoría cualificad”:
    • 55% de los Estados (es decir, 15 países de los 27 miembros actuales)
    • Que representen, como mínimo, al 65% de la población total de la UE.
  • Para bloquear una decisión, son necesarios al menos 4 países (representando, como mínimo, al 35% de la población UE).

Comisión Europea

Órgano ejecutivo, políticamente independiente, de la UE. Responsable de elaborar propuestas de nueva legislación y de aplicar decisiones del Parlamento y Consejo UE.

  • Proponer nuevas leyes que protegen los intereses UE y a sus ciudadanos en aspectos que no pueden regularse eficazmente en el plano nacional y leyes correctas gracias a consultas con expertos y ciudadanos.
  • Gestionar las políticas europeas y asignar los fondos UE. Fija las prioridades de gasto, elabora los presupuestos anuales, supervisa cómo se gasta el dinero.
  • Velar por que se cumpla la legislación UE conjuntamente con el Tribunal de Justicia en todos los países.
  • Representar a la UE en la escena internacional. Habla en nombre de todos países UE ante organismos internacionales. Negocia acuerdos internacionales.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Interpreta la legislación para garantizar que se aplique de la misma manera en todos los países y resuelve los litigios entre los gobiernos nacionales y instituciones europeas. Pueden acudir al Tribunal los particulares, empresas y organizaciones que crean vulnerados sus derechos por una institución de la UE.

  • Interpretar legislación (decisiones prejudiciales): Los tribunales nacionales deben garantizar que la legislación se aplique correctamente, pero a veces los tribunales de distintos países interpretan las normas de distintas maneras. Si un tribunal nacional tiene dudas sobre la interpretación o validez de una norma europea, puede pedir una clarificación al Tribunal de Justicia europeo.
  • Aplicar legislación (procedimientos de infracción): Puede entablarla tanto la Comisión Europea como otro país miembro. Si se comprueba que un país ha incumplido las normas, tendrá que poner remedio o afrontar nuevas acciones y una posible multa.
  • Anular normas europeas (recursos de anulación): Si se considera que una norma europea vulnera los tratados de la UE o derechos fundamentales, los gobiernos de los países miembros, el Consejo de la UE o el Parlamento Europeo pueden solicitar al Tribunal que la anule, también los particulares pueden solicitar al Tribunal que anule una norma europea que les afecte directamente.
  • Garantizar que la UE actúe (recursos por omisión): Parlamento, Consejo y Comisión deben tomar decisiones. Si no lo hacen, los gobiernos nacionales, otras instituciones europeas o los particulares pueden recurrir al Tribunal.

Composición: 2 órganos

  • Tribunal de Justicia: Resuelve cuestiones prejudiciales planteadas por tribunales nacionales, ciertos recursos de anulación y recursos de casación.
  • Tribunal General: Resuelve los recursos de anulación que interponen particulares, empresas y gobiernos nacionales. Se ocupa sobre todo de la legislación sobre competencia, ayudas estatales, comercio, agricultura y marcas comerciales.

Los gobiernos nacionales designan a cada juez y abogado general por un periodo renovable de 6 años. En cada uno de los tribunales, los jueces eligen a su presidente para un mandato renovable de 3 años.

A cada asunto se le asigna un juez “juez ponent”) y un abogado general. Instruyen en dos fases:

  • Fase escrita: Las partes presentan al Tribunal alegaciones escritas, y pueden formular observaciones las administraciones nacionales.
  • Fase oral: La vista pública. Los abogados de ambas partes plantean sus argumentos ante los jueces y el abogado general, quienes pueden formular preguntas.

En el Tribunal General, el procedimiento es parecido, salvo que en la mayoría de los asuntos hay 3 jueces y no hay abogado general.

  • Tratados de la UE

– Tractat de Niza ​Firma: 26 de febrero de 2001. Entrada en vigor: 1 de febrero de 2003 Objetivo​: reformar instituciones para que UE pudiese funcionar eficientemente tras sumar 25 países miembros –

 Tractat de Lisboa Firma​: 13 de diciembre de 2007. ​Entrada en vigor​: 1 de diciembre de 2009 Objetivo​: hacer la UE más democrática, eficiente y mejor capacitada para abordar los problemas mundiales –

Tratado de Ámsterdam Firma​: 2 de octubre de 1997. ​Entrada en vigor​: 1 de mayo de 1999 Objetivo​: reformar las instituciones UE para preparar la llegada de futuros países miembros. –

 Tratado sobre la Unión Europea – Tratado de Maastricht Firma​: 7 de febrero de 1992. ​Entrada en vigor​: 1 de noviembre de 1993 Objetivo​: preparar la Unión Monetaria Europea e introducir elementos de unión política  –

 Tratados de Roma: Tratados CEE y Euratom Firma​: 25 de marzo de 1957. ​Entrada en vigor​: 1 de enero de 1958 Objetivo​: Establecer la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica Tratado de Fusión –

Tratado de Bruselas Firma​: 8 de abril de 1965. ​Entrada en vigor​: 1 de julio de 1967 Objetivo​: racionalizar instituciones europeas.

  • Espacio Schengen 1995 Denominado tras el Acuerdo de Schengen, hace referencia a una zona en la que 26 naciones europeas diferentes reconocieron la abolición de sus fronteras interiores con otras naciones miembros y fuera de ellas para la libre circulación y sin restricciones de personas, bienes, servicios y capital, en armonía con unas normas comunes de control de fronteras exteriores y siguiendo una lucha contra la delincuencia mediante el fortalecimiento del sistema judicial común y la cooperación policial.

Las fronteras entre los países europeos solo existen en los mapas, ya que más de 400 millones de ciudadanos de 26 países miembros tienen la garantía de una libre circulación de pasaportes y controles fronterizos dentro y fuera de la zona como en un solo país, ya que cada país comparte los derechos comunes de viaje y circulación

  • La Unió Europea (UE) és la unió econòmica i política de 27 estats independents, localitzats majoritàriament a Europa.

 Es va establir en el Tractat de Maastricht el 7 de febrer de 1992,[3] sobre els fonaments de la preexistent Comunitat Econòmica Europea. L’últim tractat que va modificar la base constitucional de la Unió Europea va ser el Tractat de Lisboa.

La Unió Europea ha desenvolupat un mercat únic mitjançant un sistema de lleis estandarditzades vigents en tots els estats membres i que garanteixen les quatre llibertats de la Unió: la llibertat de moviment de les persones, dels béns, dels serveis i del capital.[5] La Unió Europea també té una política comercial única,crear un desenvolupament colectiu, trevallar arreu d ela ue sense necessitat de permis de trevall polítiques agrícoles i pesqueres comunes,[7] i una política de desenvolupament regional.[

El motiu original per la fundació, del que més tard seria la Unió Europea, va ser el desig de reconstruir Europa després dels tràgics esdeveniments de la Segona Guerra Mundial, i prevenir que Europa caigués víctima de la plaga de la guerra.