Sociedades Anónimas

Las sociedades anónimas surgen para formar una empresa, realizar un trabajo o por avance empresarial.

Las acciones representan el aporte de los accionistas. Estas acciones forman el capital.

Ventajas de las Sociedades Anónimas

Se adopta este tipo de sociedad porque:

  • Responsabilidad limitada de los accionistas a la inversión realizada.
  • Posibilidad de reunir grandes capitales al no tener límite máximo de socios.
  • Facilidad en la transferencia de capitales representado por las acciones.

Responsabilidad Limitada

La responsabilidad de los socios es limitada. Los titulares de las acciones solo responden por las deudas de la sociedad, con el capital que han aportado o se hubieren comprometido a entregar.

Administración

La administración está a cargo de un cuerpo denominado “directorio” cuyos integrantes se llaman directores. Estos son designados por la asamblea de accionistas.

Denominación

Las sociedades anónimas pueden figurar con el nombre de una o más personas o un nombre de fantasía y debe incluirse la expresión “sociedad anónima” y su abreviatura “Soc. anoni.”.

Fiscalización

La fiscalización de la sociedad anónima está a cargo de uno o más representantes de los accionistas denominados “sindicatos” o “consejos de vigilancia”. Su función es controlar al directorio, con voz pero sin voto, revisar libros contables y la documentación de la sociedad, y auditar los estados contables.

Utilidades y Reservas

Las utilidades corresponden a los accionistas y se denominan dividendos. Se perciben en relación directa con el capital que estos poseen y de las clases de acciones.

Las reservas son las ganancias del ejercicio retenidas por la sociedad.

Inscripción

En las sociedades por acciones, el instrumento constitutivo debe ser inscripto en el registro público de comercio de la jurisdicción del domicilio de la sociedad, dentro de los 15 días de la fecha de su otorgamiento.

Tipos de Acciones

Acciones al Portador

Acciones al portador: no se hallan extendidas a nombre de una determinada persona y pertenecen a su tenedor (propietario). (Se transfieren por su simple entrega).

Acciones Nominativas

Acciones nominativas: son las que se emiten a nombre de una determinada persona y pueden ser endosables o no. La transferencia de estas acciones se debe comunicar a la sociedad por escrito e inscribirlas en el registro de acciones.

Acciones Ordinarias

Acciones ordinarias: son acciones que no gozan de ninguna ventaja especial sobre otras acciones en caso de devolución de capital o distribución de utilidades. (No tienen ventajas ni desventajas).

Acciones Privilegiadas

Acciones privilegiadas: son las que tienen privilegios sobre el resto de las acciones en la devolución del capital, dado el caso de disolución o liquidación de la sociedad. (Ventajas sobre devolución de capital)

Acciones Preferidas

Acciones preferidas: estas acciones tienen preferencias sobre las utilidades de la sociedad en relación a la otra clase de acciones. Pueden tener un dividendo fijo o acumulativo que se abona además del dividendo ordinario. (Ventajas sobre los dividendos)

Acciones Diferidas

Acciones diferidas: estas acciones reciben los dividendos después de las acciones ordinarias y, en caso de liquidación de la sociedad, solo se reintegran cuando las acciones comunes hayan recuperado su parte del capital.

Acciones de Voto Plural

Acciones de voto plural: las acciones tienen derecho a un solo voto, existiendo acciones con derechos a más de un voto (ej: 2, 3 y 5 votos). El privilegio en el voto es incompatible con preferencias patrimoniales, permiten ejercer el control de la sociedad anónima a los accionistas que las poseen.

Estatuto

Es el conjunto de disposiciones legales que los socios deberán cumplir con respecto a la organización, el funcionamiento, la disolución, la liquidación y las asambleas. Es un reglamento interno.

Derechos de los Accionistas

  • Participar en la distribución de las utilidades anuales.
  • En caso de disolución, recibir la parte que le corresponde.
  • Participar en las asambleas.
  • Transferir sus acciones a terceros.

Obligaciones de los Accionistas

  • Integrar las acciones en los plazos establecidos.
  • Acatar las disposiciones del estatuto.
  • Acatar las resoluciones de la asamblea.

Asambleas

Es la reunión de accionistas.

Tipos de Asambleas

  • Asambleas constitutivas: se redacta el estatuto, se fija el valor del capital y se nombran los miembros del directorio.
  • Asambleas ordinarias: se analiza y somete a aprobación el balance general.
  • Asambleas extraordinarias: se trata la modificación del estatuto y el aumento del capital.

Cuórum

Es la asistencia de los accionistas a la asamblea.

Primera Convocatoria

  • Asambleas ordinarias: mayoría de las acciones con derecho a voto.
  • Asambleas extraordinarias: 60% de las acciones con derecho a voto.

Segunda Convocatoria

  • Asambleas ordinarias: cualquiera sea el número de las acciones presentes.
  • Asambleas extraordinarias: 30% de las acciones con derecho a voto.