LA EMPRESA 2.0

¿Qué es una empresa?

Una empresa es una persona jurídica distinta de los elementos que la configuran, que son básicamente tres:

Objeto

No es posible una empresa sin objeto. Este objeto debe ser legal, lícito y posible.

Capital

Es el mecanismo económico que tiene la empresa para que sea viable. El capital sirve para evitar ideas fraudulentas y también para separar el patrimonio personal del de la empresa. En el caso de las Sociedades Limitadas (SL) y las Sociedades Anónimas (SA), hay dos delitos que son más comunes en el capital societario: alzamiento de bienes, blanqueo de dinero y fraude y estafa.

  • Blanqueo de dinero: Convertir dinero obtenido de manera ilegal en dinero legal.
  • Fraude y estafa: Vender o comercializar un producto o servicio sabiendo de la imposibilidad de su realización.

Aspecto Humano

En nuestro elemento jurídico, no es posible una empresa sin trabajadores. Hay que distinguir claramente dos tipos de personal: el directivo y el trabajador.

Las empresas 2.0 son aquellas que aplican las herramientas 2.0 a la relación de estos tres factores de la estructura empresarial.

En nuestra normativa, hay dos tipos de relación laboral:

  1. Regulada por el Estatuto de los Trabajadores, que es el marco legal en España que regula la relación entre la empresa y los trabajadores. Los temas que regula son: las condiciones de trabajo, las causas de despido, las condiciones de reclamación laboral y todas aquellas que no regulan los estatutos reguladores del convenio colectivo.

Personalidad jurídica de la empresa

La empresa es una persona jurídica distinta a todos los elementos que la configuran. Este régimen jurídico viene determinado por unos estatutos, los cuales se llevan a un notario y luego al Registro Mercantil.

¿Qué regulan los estatutos? Pues regulan el nombre de la empresa, que debe ser identificativo, libre y registrable; la sede social, que será aquel domicilio con relación a la administración.

En el Estado español, se considera que tienen la sede social en España aquellas sociedades que realizan su principal actividad en el territorio español.

También regulan la estructura de la empresa, cómo se rigen y cómo se modifican, y cuántas juntas ordinarias se deben celebrar (al menos una, para aprobar las cuentas anuales).

Por último, los estatutos también regulan la disolución de la empresa.

LA EMPRESA EN EL ÁMBITO DEL INTERNET

¿Qué se entiende por una empresa 2.0?

Es aquella empresa que ha introducido en su concepto las herramientas 2.0 en estos puntos:

  • Búsqueda de información: Análisis de la competencia, características de los clientes.
  • Redes sociales como elemento de comunicación: La comunicación es más global.
  • Redes de ventas: Aquellas empresas que solo venden por internet. Se calcula que para el año 2025 la mitad de las empresas serán solo por internet y que el 90% tendrán sistema de ventas online.
  • Cuantificación y valoración de los datos: Programas con datos. En Estados Unidos, la cualificación en este ámbito está mucho más elevada.

Es fundamental la toma de decisiones de futuro teniendo en cuenta los previsibles cambios tecnológicos que va a haber.

Elementos prácticos de la web 2.0

Hay dos niveles: internos y externos.

Interno

Las nuevas tecnologías han modificado el sistema de comunicación interno de la empresa. Básicamente, las nuevas tecnologías permiten:

  • Segmentar la comunicación interna por niveles mediante contraseñas determinadas, y se intenta perfeccionar con los años.
  • Comunicación y seguridad: se intenta evitar pérdidas de información.

No toda comunicación 2.0 tiene el mismo valor: hay comunicaciones a las que la ley exige una formalidad específica.

Hay comunicaciones determinadas en las que el elemento online solo sirve a efectos probatorios, pero no cumplen el formalismo jurídico. El tema del acceso a la empresa y a la comunicación del trabajador es un tema muy debatido. Falta una normativa clara; lo que tenemos son líneas jurisprudenciales, que son notas que los jueces han ido indicando a lo largo del tiempo.

  • La empresa puede acceder a la comunicación del trabajo siempre y cuando sea en horas de trabajo y desde terminales de la empresa.
  • Los jueces indican que la revelación de cualquier información confidencial por vía tecnológica en cualquiera de sus terminales constituye una infracción de las tipificadas en el Código Penal. Estas infracciones son tres:
  1. Revelación de secretos: Hacer pública aquella información que uno obtiene en razón de su trabajo. Para evitar esta figura, una práctica habitual es blindar los contratos, especialmente si son de alta dirección.
  2. Vulneración de la intimidad, el honor y la propiedad de imagen: La intimidad es el derecho a estar solo. El honor es la consideración que uno tiene de sí mismo. El honor tiene dos vías: subjetiva (la consideración que uno tiene de sí mismo) y objetiva (la consideración que los otros tienen de uno). La imagen se refiere al sentido físico: nadie tiene derecho a usar mi imagen sin mi consentimiento.
  3. Plagio: Trasladar de una manera idéntica, con cualquier soporte técnico presente o futuro, un producto o un servicio. Lo más complicado es la diferenciación entre influencia y plagio.

Externo

Son aquellos que la empresa no puede controlar o que no dependen exactamente de ella.

  • Circunstancias políticas
  • Situación económica
  • Capacidad tecnológica del país: desarrollo informático, soporte de información, capacidad de transmisión de datos (el ancho de banda va relacionado con la velocidad: a mayor ancho de banda, mayor velocidad de transmisión de datos).
  • Cultura informática: no es el nivel informático de un país, sino las características con las que el usuario actúa en internet.

¿Cuáles son las llamadas barreras 2.0?

Son elementos que impiden el desarrollo pleno de la empresa.

  1. Barreras tradicionales:
    • Barreras económicas: falta de capital o liquidez.
    • Barreras políticas.
    • Barrera cultural de trabajo.
  2. Barreras tecnológicas: Las empresas 2.0 se encuentran con nuevas barreras que se presentan ante un cambio. La adaptación a este cambio es la primera barrera. La media de inversión tecnológica en España es del 12%, por debajo de la media en Europa, que es del 23%. Esto provoca falta de competitividad.