Sistema Judicial Español

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Competencias:

  • Instrucción de procesos por delitos de homicidio, aborto, lesiones, lesiones al feto, contra la libertad, contra la integridad moral, contra la libertad e indemnidad sexuales, o cualquier otro delito cometido con violencia o intimidación contra la esposa, o mujer que esté o haya estado ligada al autor.
  • Delitos cometidos sobre los descendientes, propios o de la esposa, o sobre los menores o incapaces que convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho de la mujer, cuando se haya producido un acto de violencia de género.
  • Instrucción de procesos por delitos contra los derechos y deberes familiares en los mismos casos.
  • Juicios por faltas, cuando la víctima sea alguna de las personas señaladas anteriormente.
  • Adopción de órdenes de protección.
  • Dictar sentencia de conformidad con la acusación.

Audiencia Provincial

Orden Penal:

  • Causas por delito (excepto las que se atribuyen a juzgados de lo penal y otros tribunales).
  • Recursos contra resoluciones dictadas por juzgados de instrucción y de lo penal de la provincia.
  • Recursos contra resoluciones de los juzgados de vigilancia penitenciaria, cuando la competencia no corresponda a la sala de lo penal de la Audiencia Nacional.
  • Recursos contra las resoluciones de juzgados de menores de la provincia y de las cuestiones de competencia entre los mismos.
  • Recursos contra resoluciones en materia penal dictadas por los juzgados de violencia sobre la mujer de la provincia. *Apelación: Audiencia Provincial.

Orden Civil:

  • Recursos contra resoluciones dictadas en primera instancia por los juzgados de primera instancia de la provincia.
  • Recursos contra las resoluciones dictadas en primera instancia por los juzgados de lo mercantil, salvo las que se dicten en incidentes concursales que resuelvan cuestiones de materia laboral.
  • Recursos contra las resoluciones dictadas en materia civil por los juzgados de violencia sobre la mujer de la provincia. *Apelación: Primera instancia y juzgado de lo mercantil.

Tribunal Superior de Justicia

Orden Civil:

  • Recurso de casación contra resoluciones de órganos jurisdiccionales del orden civil con sede en la Comunidad Autónoma.
  • Recurso extraordinario de revisión contra sentencias dictadas por órganos jurisdiccionales de orden civil con sede en la Comunidad Autónoma, en materia de derecho civil, foral o especial, propio de dicha comunidad.
  • Funciones de apoyo y control de arbitraje que se establezcan en la ley, así como las peticiones de exequátur de laudos o resoluciones arbitrales extranjeros.
  • En única instancia, demandas de responsabilidad civil, por hechos cometidos en el ejercicio de sus respectivos cargos, dirigidas contra el Presidente y miembros del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma y contra los miembros de la Asamblea Legislativa.
  • En única instancia, demandas de responsabilidad civil, por hechos cometidos en el ejercicio de su cargo, contra todos o la mayor parte de los magistrados de una audiencia provincial o de cualesquiera de sus secciones.
  • Cuestiones de competencia entre órganos jurisdiccionales del orden civil con sede en la Comunidad Autónoma que no tengan otro superior común.

Orden Penal:

  • Conocimiento de las causas penales que los Estatutos de Autonomía reservan al conocimiento de los Tribunales Superiores de Justicia.
  • Instrucción y fallo de las causas penales contra jueces, magistrados y miembros del Ministerio Fiscal por delitos o faltas cometidos en el ejercicio de su cargo en la Comunidad Autónoma.
  • Conocimiento de los recursos de apelación contra las resoluciones dictadas en primera instancia por las audiencias provinciales.
  • Decisión de las cuestiones de competencia entre juzgados de menores de distintas provincias.
  • Decisión de las cuestiones de competencia entre órganos jurisdiccionales del orden penal con sede en la Comunidad Autónoma que no tengan otro superior común.

Audiencia Nacional

Competencias:

  • Enjuiciamiento de causas por delitos contra el titular de la Corona, su consorte, su sucesor, falsificación de moneda, tráfico de drogas, etc.
  • Procedimientos penales iniciados en el extranjero, ejecución de sentencias dictadas por tribunales extranjeros o cumplimiento de pena de prisión impuesta por tribunales extranjeros.
  • Cuestiones de cesión de jurisdicción en materia penal derivadas del cumplimiento de tratados internacionales.
  • Recursos contra sentencias y resoluciones de Juzgados Centrales de lo Penal, de Juzgados Centrales de Instrucción y Juzgado Central de Menores.

Tribunal Supremo

Orden Civil:

  • Recursos de casación, revisión y otros extraordinarios en materia civil.
  • Demandas de responsabilidad civil dirigidas contra magistrados de la Audiencia Nacional o de tribunales superiores por hechos realizados en el ejercicio de sus cargos.
  • Demandas de responsabilidad civil por hechos realizados en el ejercicio de su cargo, dirigidas contra el Presidente del Gobierno, Presidentes del Congreso y del Senado, Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Orden Penal:

  • Recursos de casación, revisión y otros extraordinarios en materia penal.
  • Instrucción y enjuiciamiento de causas contra magistrados de la Audiencia Nacional o de un Tribunal Superior de Justicia.

Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)

Funciones:

  • Elaborar y ejecutar su propio presupuesto.
  • Proponer el nombramiento de dos magistrados del Tribunal Constitucional.
  • Participar en la selección de jueces y magistrados.
  • Recibir quejas de los ciudadanos sobre la administración de justicia.

Composición: Presidente del Tribunal Supremo y 20 vocales (12 jueces o magistrados en activo y 8 juristas de prestigio).

Elección de miembros: 20 vocales designados por las Cortes Generales, por 5 años. Cada cámara elegirá, por mayoría de 3/5, a 10 vocales.

Órganos: Presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Vicepresidente del Tribunal Supremo, Gabinete de Presidencia del Tribunal Supremo y del CGPJ, Pleno, Comisión Permanente, Comisión Disciplinaria, Comisión de Asuntos Económicos, Comisión de Igualdad y Órganos técnicos.

Tribunal Constitucional

Competencias:

  • Conocer del recurso y de la cuestión de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley.
  • Recurso de amparo por violación de los derechos y libertades.
  • Conflictos constitucionales de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de éstas entre sí.
  • Conflictos entre los órganos constitucionales del Estado.

Recursos de inconstitucionalidad: Presidente del Gobierno, Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.

Recursos de amparo: Toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.

Figura del Juez

Categorías: Magistrado del Tribunal Supremo, magistrado y juez.

Requisitos de acceso: Ingreso por oposición libre y curso teórico-práctico en la Escuela Judicial. También por la categoría de magistrado del Tribunal Supremo o de magistrado, juristas de reconocida competencia.

Requisitos para la oposición: Nacionalidad española, mayor de edad y licenciado en Derecho.

Pérdida de la condición de juez: Renuncia, pérdida de la nacionalidad española, sanción disciplinaria de separación de la carrera judicial, condena a pena privativa de libertad por delito doloso o causa de incapacidad, salvo por jubilación.

Incompatibilidades: Ejercicio de cualquier otra función ajena al Poder Judicial, empleos en juzgados y tribunales, actividad mercantil, ejercicio de la abogacía y de la procuraduría.

Secretario Judicial

Funciones:

  • Fe pública judicial: Constancia fehaciente de actos procesales y hechos con transcendencia procesal.
  • Documentación: Formación de autos y expedientes.
  • Dación de cuenta: Informar al titular del órgano judicial sobre el curso de un proceso.
  • Impulso procesal: Dictar resoluciones para la tramitación, salvo las reservadas a jueces o tribunales.
  • Competencias: Ejecución, jurisdicción voluntaria, conciliaciones y labor mediadora.

Secretario de Gobierno

Funciones:

  • Impartir instrucciones a los secretarios de su territorio.
  • Proponer medidas para el mejor funcionamiento de la Administración de Justicia.
  • Concesión de permisos y licencias a los secretarios de su territorio.
  • Control y seguimiento estadístico.

Secretario Coordinador

Funciones:

  • Dictar instrucciones a los secretarios judiciales de su territorio.
  • Controlar la ejecución de circulares e instrucciones de servicio.
  • Resolver las sustituciones de los secretarios en su territorio.
  • Colaborar con las Comunidades Autónomas en materia de medios personales y materiales.

Ministerio Fiscal

Funciones:

  • Que la función jurisdiccional se ejerza conforme a las leyes.
  • Defensa de la independencia de los jueces y tribunales.
  • Velar por el respeto de las instituciones constitucionales y los derechos fundamentales.
  • Ejercer las acciones penales y civiles dimanantes de delitos y faltas.

Principios de actuación: Unidad de actuación, dependencia jerárquica, legalidad e imparcialidad.

Categorías: Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, fiscales y abogados-fiscales.

Requisitos: Nacionalidad española, mayor de edad, doctor o licenciado en Derecho, no estar incurso en causa de incapacidad.

Incompatibilidades: Juez o magistrado, empleos en tribunales y juzgados, cualquier otra jurisdicción, cargos de elección popular o designación política.

Policía Judicial

Funciones:

  • Averiguación de los responsables y circunstancias de hechos delictivos y detención de los primeros.
  • Auxilio a la autoridad judicial y fiscal.
  • Realización de actuaciones que exijan el ejercicio de la coerción.
  • Garantía del cumplimiento de las órdenes y resoluciones de la autoridad judicial o fiscal.

Defensor del Pueblo

Competencias:

  • Interponer recursos de inconstitucionalidad y amparo.
  • Iniciar el procedimiento de hábeas corpus.
  • Velar por la respuesta de la administración a peticiones y recursos.
  • Respeto de los derechos fundamentales en el ámbito de la administración militar.

Abogado

Pérdida de la condición: Fallecimiento, baja voluntaria, falta de pago de cuotas colegiales, condena firme que implique inhabilitación, sanción firme de expulsión del colegio.

Funciones: Dirección y defensa de las partes en todo tipo de procesos, asesoramiento y consejo jurídico.

Procurador de los Tribunales

Funciones: Representar técnicamente a sus poderdantes en cualquier tipo de procedimiento.

Magistrado Ponente

Funciones:

  • Despacho ordinario y cuidado de su tramitación.
  • Examinar interrogatorios, pliegos de posiciones y proposición de pruebas.
  • Presidir la práctica de las pruebas.
  • Informar los recursos interpuestos.
  • Proponer autos decisorios de incidentes, sentencias, etc.
  • Pronunciar sentencias en audiencia pública.

Causas de Abstención y Recusación

  • Ser o haber sido denunciante o acusador de una parte.
  • Tener pleito pendiente con alguna parte.
  • Amistad íntima o enemistad manifiesta con una parte.
  • Tener interés directo o indirecto en el pleito o causa.
  • Haber participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia.
  • Ser o haber sido una de las partes subordinadas del juez que deba resolver.
  • Haber ocupado cargo público, desempeñando empleo o ejercido la profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en ese asunto.