Contrato de Trabajo

Contrato de trabajo: acuerdo entre dos personas por el que el trabajador se compromete a prestar servicios por cuenta ajena, bajo la organización y dirección del empresario, recibiendo a cambio una retribución.

Sujetos de la Relación Laboral

  • Trabajador: persona física que desempeña su labor cediendo los frutos de su trabajo a cambio de un salario. Pueden celebrar válidamente contratos:
    • Mayores de 18 años.
    • Menores de 18 años emancipados.
    • Entre 16 y 18 años independientes o con autorización de los padres (se les prohíbe trabajos nocturnos y hacer horas extraordinarias).
    • Extranjeros con tarjeta de residencia con autorización de trabajo.
  • Empresario:
    • Persona física: mayor de 18 años, menor de 18 años emancipado y menor a través de su representante legal.
    • Persona jurídica.
    • Comunidad de bienes (comunidad de vecinos).

Elementos Esenciales del Contrato

  • Consentimiento: mutuo acuerdo, ambas partes consienten libremente mantener una relación laboral.
  • Objeto: prestación retribuida de los servicios.
  • Causa: cesión de los frutos que resultan del trabajo para el empresario.

Contenido Mínimo

  • Lugar y fecha.
  • Identificación de las partes.
  • Denominación y categoría del puesto.
  • Lugar y tiempo de trabajo.
  • Duración.
  • Retribución.
  • Vacaciones.
  • Plazo de preaviso.
  • Convenio colectivo.
  • Cláusulas que no vayan en contra de la ley (permanencia, no competencia, confidencialidad, no concurrencia y plena dedicación).
  • Firmas.

Periodo de Prueba

Tiempo de duración determinada que pueden pactar para comprobar la conveniencia de la contratación, por escrito.

Duración Determinada

Contratos cuya fecha de finalización se pacta. Se establece la limitación de encadenar contratos temporales por un tiempo superior a 24 meses. Si se supera, deberá hacerse un contrato indefinido.

A) Obra o Servicio Determinado

Realización de obras o servicios con autonomía dentro de la actividad normal de la empresa (construcción, tareas de encofrado, etc.). Tiempo exigido para la realización del trabajo, hasta un máximo de 3 años, ampliable a 4. Si el contrato tiene una duración de más de 1 año, debe denunciarse con 15 días de antelación o sustituirse por una indemnización. La indemnización será de 8 a 12 días por año. Por escrito.

B) Eventual por Circunstancias de la Producción

Atender necesidades dadas por el incremento de la actividad por exceso de pedidos, acumulación de tareas, etc. Duración máxima de 6 meses dentro de un periodo de 12, admite una única prórroga. Indemnización de 8 a 12 días. Por escrito cuando exceda de 4 semanas.

C) De Interinidad

Sustituir a trabajadores cuyo contrato está suspendido con reserva del puesto o para cubrir temporalmente un puesto durante el proceso de selección. Dura el tiempo que el trabajador sustituido tenga suspendido el contrato y subsista el derecho de reserva. No hay derecho a indemnización. Por escrito, nombre del sustituido y causa.

Contratos de Trabajo Formativos

Contratación temporal con finalidad formativa, establecida para fomentar el empleo.

A) En Prácticas

Inserción de trabajadores titulados para adquirir experiencia laboral. Hay que poseer el título universitario, técnico, técnico superior o el certificado de profesionalidad. Estas titulaciones deberán haberse obtenido durante los 5 años anteriores a la contratación (7 en personas con discapacidad), excepto en menores de 30 años. Duración entre 6 meses y 2 años. Periodo de prueba de 2 meses (grupo superior) y 1 mes (grupo medio). Jornada completa o a tiempo parcial. Retribución según convenio, no inferior al 60% el primer año y al 75% el segundo del salario de un trabajador que desempeña el mismo puesto. Todas las prestaciones de la Seguridad Social.

B) Para la Formación y el Aprendizaje

Conseguir la cualificación profesional de los trabajadores. Hay que ser mayor de 16 y menor de 25 años (excepto personas con discapacidad), sin titulación. Duración entre 1 y 3 años. Regla general del periodo de prueba. El trabajo no puede ser superior al 75% el primer año ni al 85% en el segundo y tercer año; el resto del tiempo lo dedicarán a actividades formativas. Retribución se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Todas las prestaciones de la Seguridad Social.

A Tiempo Parcial

Se celebra para prestar servicios durante un número de horas inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.

  • Posibilitar el trabajo de un mayor número de personas.
  • Duración temporal (exceptuando el contrato para la formación) e indefinida para indefinido ordinario, apoyo a emprendedores y trabajos fijos y periódicos.
  • No se pueden realizar horas extraordinarias salvo para prevenir o reparar siniestros.
  • Horas complementarias: adicionales a las horas ordinarias, retribución igual a las ordinarias, solo en contratos con jornadas no inferiores a 10 horas semanales en cómputo anual. La suma de las horas ordinarias y complementarias no puede superar el límite de una jornada ordinaria diaria.
    • Pactadas: el trabajador debe conocer el día y la hora de la realización de estas horas con preaviso de 3 días.
    • Voluntarias.

Otras Modalidades de Contratación

A) De Relevo

Emplear a un trabajador en situación de desempleo para sustituir parcialmente a un trabajador que accede a la pensión de jubilación parcialmente. Duración indefinida o como mínimo el tiempo que le falte al sustituido para la edad de jubilación. El jubilado parcialmente debe tener 61 años, antigüedad de 6 años y un periodo de cotización de 30 años. Jornada completa o parcial. Indemnización de 8 a 12 días por año.

B) De Sustitución por Anticipación de la Edad de Jubilación

Contratar trabajadores desempleados para sustituir a trabajadores que anticipan 1 año su edad de jubilación. Duración de 1 año.

C) De Trabajo a Distancia

La actividad laboral se realiza en el domicilio del trabajador. Salario como mínimo igual al de un trabajador de categoría equivalente.

D) De Trabajo de Grupo

Celebrar un contrato con un grupo de trabajadores considerados en su totalidad.

E) Para Trabajadores que Tengan Acreditada la Condición de Víctima de Violencia Doméstica de Género o del Terrorismo

Duración indefinida o temporal mediante contrataciones a tiempo completo o parcial.

Relaciones Laborales Triangulares

En la actualidad existen contrataciones realizadas por Empresas de Trabajo Temporal (ETT) y empresas de subcontratación.