El Poder Legislativo en España

Las Cortes Generales y la Potestad Legislativa

¿Cuándo se utilizan leyes orgánicas y cuándo leyes ordinarias?

Leyes Orgánicas

Regulan:

  • Leyes que desarrollen los derechos fundamentales y las libertades públicas (Título 1 – Constitución)
  • Leyes que aprueben los Estatutos de Autonomía
  • Leyes que aprueben el régimen electoral general
  • Leyes que regulan al defensor del pueblo, sucesión de la corona, el Estatuto de los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado, Consejo de Estado, Consejo General del Poder Judicial, Tribunal de Cuentas, Tribunal Constitucional, etc.

Leyes Ordinarias

Según el Diccionario del español jurídico, de la RAE y el CGPJ, la ley ordinaria es la “forma común de las disposiciones con rango de ley, cuyo ámbito comprende todas las materias no reservadas a la ley orgánica”. Su ámbito material se define por “exclusión” y comprenderá todo aquello que no se refiera a las normas que desarrollen los derechos fundamentales y las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.

¿Cuáles son las mayorías necesarias para su aprobación?

Leyes orgánicas = mayoría absoluta → ½ + 1 de los 350 escaños.

Leyes ordinarias = mayoría simple → ½ + 1 de los presentes.

¿Quién tiene la iniciativa legislativa?

Iniciativa legislativa se refiere a la potestad que constitucionalmente se atribuye a uno o más órganos de un Estado o territorio para iniciar el procedimiento de trámite de forma válida que culmine en la aprobación, modificación o derogación de una ley. La iniciativa legislativa la tiene:

  • El Gobierno (proyecto de ley)
  • Las Cortes Generales (proposición de ley), partidas por las Cortes Generales y el partido político
  • Las Asambleas legislativas de las CCAA (proposición de ley)
  • Iniciativa popular con un requisito de 500.000 firmas. El Gobierno o la oposición lo tienen que presentar como suyo.

¿Qué diferencia un “proyecto de ley” de una “proposición de ley”? ¿Cuál tiene más posibilidades de ser aprobado?

En la Constitución se distingue entre proyecto de ley y proposición de ley. La diferencia fundamental entre estos dos conceptos es el órgano que las presenta, en la iniciativa. Es decir:

  • Si la iniciativa es del Gobierno, entonces se denomina Proyecto de Ley. Únicamente pueden ser presentados por el Gobierno.
  • En el resto de los casos, si la iniciativa es del Congreso, Senado, Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, iniciativa legislativa popular, se denomina Proposición de Ley.

Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos.

Es más fácil que se apruebe si la iniciativa la tiene el Gobierno, ya que es el órgano con más poder.

El procedimiento a seguir en la elaboración y aprobación de una ley

  1. Iniciativa legislativa: se le denomina así a la potestad que constitucionalmente se atribuye a uno o más órganos de un Estado o territorio para iniciar el procedimiento de trámite de forma válida que culmine en la aprobación, modificación o derogación de una ley.
  2. Entrega a la mesa: se entrega el texto en la mesa. La mesa es quien planifica el trabajo de la Cámara y asigna el proyecto o proposición a la Comisión pertinente.
  3. Discusión del texto en Comisión: se presentan enmiendas, cuyo objetivo es redactar un texto definitivo.
  4. Votación en el pleno para su aprobación.

Reformas Constitucionales

¿Se debe consultar a través de un referéndum a la población para que una modificación constitucional se aplique?

En las reformas agravadas sí, en cambio, en las ordinarias solo se someterá a referéndum si lo pide el 10% de los miembros de las Cortes. La iniciativa legislativa popular puede ser directa o indirecta. Si es directa, la presentación de la iniciativa desemboca en un referéndum para aprobarla o rechazarla. En el caso de las iniciativas indirectas, la petición es tomada en consideración por el legislativo, quien decide si se convoca o no el correspondiente referendo.

¿Qué modificaciones se han producido desde su aprobación?

Tratados y Convenios Internacionales

¿Con quiénes puede firmar España un Tratado o Convenio Internacional?

Es un pacto entre el Estado español y otro Estado u organizaciones internacionales. Este pacto necesita una firma que ratifique el pacto. La firma el Jefe del Estado, es decir, el rey, ya que tiene la potestad de obligar al conjunto del Estado con independencia de quién gobierne.

¿Cuándo resultan aplicables en nuestro país?

España no podrá firmar ningún tratado ni convenio internacional que esté en contra de lo dispuesto en la Constitución; si así fuera, tendría que exigirse la revisión de la norma constitucional y modificarla.

Enmienda

Propuesta de modificación de un documento oficial.