Código Procesal Civil Peruano (CPC) y Tutela Judicial Efectiva

Crítica al Proceso de Ejecución

El Código Procesal Civil Peruano de 1993, a pesar de una reforma en 2008, ha sido criticado por su proceso de ejecución. Estas críticas, en su mayoría, persisten.

Derecho a la Tutela Efectiva

Este derecho fundamental protege tanto al ejecutante como al ejecutado. Sin embargo, la legislación peruana no los protege adecuadamente, por lo que se busca una solución basada en la experiencia brasileña.

Relación entre Derecho Material y Tutela

El derecho material, al establecer una situación jurídica subjetiva de ventaja, garantiza su protección a través de la tutela (fuerza física, proceso o jurisdicción). El derecho a una tutela efectiva, adecuada y tempestiva es fundamental para quienes buscan la satisfacción de su posición jurídica en cualquier proceso.

Las Tres Dimensiones de la Tutela

El derecho a la tutela efectiva, adecuada y tempestiva se comprende en tres dimensiones: efectividad (fin), adecuación (medio) y tempestividad (tiempo). El proceso civil debe ser de resultado, otorgando una tutela cercana a las exigencias del derecho material. Esto se aplica a todas las situaciones de ventaja, no solo a los derechos fundamentales.

Aplicación Judicial y Tutela Tempestiva

El juez debe aplicar técnicas procesales adecuadas, incluso si no están expresamente normadas, buscando la más eficaz. La tutela tempestiva implica resolver el conflicto en un plazo proporcional al derecho material discutido. La duración del proceso debe ser proporcional a la vida de la situación jurídica sustancial.

Desprotección del Ejecutante y el Ejecutado

Diferencia entre Ejecución y Cognición

La ejecución se distingue de la cognición por su enfoque en la satisfacción de una prestación. Es más ágil, pues el ejecutante posee un documento privilegiado por el sistema jurídico.

Preocupación por la Satisfacción del Ejecutante

El proceso de ejecución busca garantizar que el ejecutante obtenga la orden judicial para la realización concreta de su derecho. Un proceso efectivo satisface al ejecutante según lo dispuesto por el derecho material.

Derechos del Ejecutante

  • Satisfacción de su derecho según el derecho material.
  • Técnicas procesales adecuadas para garantizar la efectividad de su derecho.
  • Duración del proceso proporcional a su derecho, evitando dilaciones indebidas.

Derechos del Ejecutado

El proceso de ejecución, si bien se centra en el ejecutante, reconoce los derechos del ejecutado. Sin embargo, este proceso no es adecuado para discutir todas sus cuestiones. Sus defensas son más apropiadas en otro tipo de proceso.

  • Amplia defensa dentro de los límites del derecho material.
  • Protección por las técnicas procesales, sin excesos.
  • Duración del proceso que no perjudique su posición jurídica.

Causales de Contradicción y Limitaciones

El CPC peruano limita las causales de contradicción del ejecutado tras una orden de pago. Puede impugnar en tres casos:

  • Obligación no exigible o monto incierto.
  • Título inválido o falso.
  • Obligación cumplida o extinguida.

Esta restricción contrasta con la amplitud de defensas permitida por la ley material (ej: Títulos Valores y Transacciones Judiciales).

Análisis desde la Perspectiva de la Tutela

  • Efectividad: La falta de correspondencia entre legislación procesal y material constituye una violación constitucional grave.
  • Adecuación: Las defensas del derecho material son más amplias que las procesales.
  • Tempestividad: La limitación puede obligar al ejecutado a un nuevo proceso tras la ejecución, contradiciendo el principio de tutela jurisdiccional efectiva.

Suspensión de la Ejecución

Una contradicción, incluso infundada, puede paralizar la ejecución por años. Esto desprotege al ejecutado y perjudica al ejecutante, cuestionando la lógica de privilegiar al ejecutante sobre la defensa del ejecutado.

Análisis de la Suspensión desde la Perspectiva de la Tutela

  • Efectividad: La contradicción puede obstaculizar el proceso por años, afectando la materialización de la prestación.
  • Adecuación: La regla del efecto suspensivo favorece a ejecutados malintencionados.
  • Tempestividad: La demora entre la declaración de infundabilidad y el fallo de la Corte Suprema es excesiva.

Propuesta de Solución: Amplia Defensa del Ejecutado y Excepcionalidad de la Suspensión

Se propone mejorar el proceso de ejecución, enfocándose en la defensa del ejecutado y la suspensión excepcional de la ejecución por su oposición. Esto implica cambios drásticos, como reformular la contradicción como”oposición a la ejecució” y modificar el proceso para asegurar la satisfacción efectiva del derecho, con influencias del derecho brasileño.

El Modelo Brasileño

Los embargos à execução priorizan la satisfacción del ejecutante. El ejecutado tiene tres días hábiles para pagar, con posibilidad de reducir honorarios si paga completamente. La exceção de pré-executividade permite impugnar la ejecución sin embargos, si se puede probar sin dilación probatoria.

Propuesta para el CPC Peruano

Se propone una defensa amplia del ejecutado en un proceso autónomo, siguiendo el modelo brasileño en la suspensión de la ejecución por embargos y permitiendo al ejecutado defenderse para equilibrar su defensa sin comprometer la efectividad del proceso.