Guía de Prevención de Riesgos Laborales: Normativa y Obligaciones
Prevención de Riesgos Laborales
Marco Legal
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), derivada de la Directiva Marco de la UE, establece la normativa española en materia de seguridad y salud laboral. Esta ley define los criterios a desarrollar mediante reglamentos y establece garantías y responsabilidades. Los principios básicos de la LPRL son:
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos inevitables.
- Combatir los riesgos desde su origen.
- Adaptar el trabajo a la persona.
- Anteponer las medidas de prevención colectivas a las individuales.
- Instruir a los trabajadores.
Derechos y Deberes de Empresarios y Trabajadores
El Capítulo III de la LPRL establece los derechos y deberes de empresarios y trabajadores:
- Proteger al personal: Informar, consultar y considerar propuestas.
- Proteger a trabajadores sensibles: Menores, embarazadas, etc.
- Proporcionar vigilancia periódica de la salud.
- Analizar y preparar situaciones de emergencia.
- Aplicar principios preventivos.
- Formar en materia de prevención.
- Proporcionar Equipos de Protección Individual (EPI).
Obligaciones del Trabajador (Art. 29)
- Cumplir las normas.
- Usar adecuadamente los equipos de trabajo.
- No anular ningún dispositivo de seguridad.
- Informar de los riesgos para la seguridad.
- Contribuir al cumplimiento de las obligaciones legales.
- Cooperar con el empresario.
Condiciones Mínimas (Real Decreto 486/1997)
Lugares de Trabajo
- Espacio mínimo de trabajo: 2m² de superficie y 10m³ de volumen, no ocupados, por trabajador.
- Aberturas en paredes o tabiques protegidas si la altura de caída es igual o superior a 2 metros.
- Anchura mínima de puertas exteriores: 80 cm.
- Anchura mínima de pasillos: 1 metro.
- Puertas correderas con sistema de seguridad para evitar descarrilamiento.
- Huella de escalones y escaleras: entre 23 cm y 36 cm.
Protección Colectiva e Individual
Priorizar la protección colectiva (barandillas, resguardos, redes de seguridad, viseras, plataformas, tapas de madera, interruptores diferenciales, señalización, ventilación) sobre la protección individual (cascos de seguridad, tapones, orejeras, gafas, pantallas para soldaduras, mascarillas, ropa antiinflamable, mandiles, guantes, calzado específico para electricidad, polainas, crema de protección, arneses, cinturones de seguridad, accesorios retro-reflectantes).
Equipos de Protección Individual (EPI)
Obligaciones de la Empresa
- Identificar los puestos de trabajo para determinar el EPI necesario según el riesgo y la parte del cuerpo a proteger.
- Proporcionar los EPI gratuitamente al trabajador y reponerlos.
- Realizar el mantenimiento periódico de los EPI.
- Informar y formar a los trabajadores sobre el uso correcto y mantenimiento de los equipos.
Obligaciones del Trabajador
- Utilización correcta de las medidas y equipos de protección.
- Mantenimiento adecuado de los EPI.
- Guardar los EPI en el lugar correcto.
- Informar a su superior de cualquier anomalía.
Todos los equipos de protección deben estar etiquetados según las normas europeas e incluir un folleto informativo sobre sus características y uso. La selección de los EPI debe basarse en criterios técnicos y ergonómicos.