Concepto Doctrinal de Obligación

Según Justiniano, la obligación es un vínculo de derecho, por el cual estamos compelidos a pagar alguna cosa, según las leyes de nuestra ciudad.

Elementos de la obligación

Relación jurídica, objeto y sujeto.

¿Qué es la relación jurídica como elemento de la obligación?

La relación jurídica es la conexión entre dos o más personas que establece derechos y obligaciones entre ellas.

¿Quiénes son los sujetos en la obligación?

Los sujetos en la obligación son el deudor, quien debe cumplir con la prestación, y el acreedor, quien tiene derecho a exigir el cumplimiento.

¿En qué consiste el objeto?

El objeto consiste en la prestación o conducta que debe cumplir el deudor a favor del acreedor.

Clasificación de las obligaciones

Personales, reales y naturales. CCEM ART 7.2

¿Qué son las obligaciones personales?

Las obligaciones personales son aquellas en las que el cumplimiento depende de la persona del deudor.

¿Qué son las obligaciones reales?

Las obligaciones reales son aquellas en las que el cumplimiento depende de la entrega de una cosa.

¿Qué son las obligaciones naturales/morales?

Son aquellas que no pueden ser exigidas mediante acción judicial, pero si son cumplidas voluntariamente, liberan al deudor de la obligación.

Fuentes de las obligaciones

¿Qué son las fuentes de las obligaciones?

Las fuentes de las obligaciones son los hechos y actos jurídicos que las originan.

Hechos y actos que originan la obligación

Según el Artículo 7.3 del CCEM, los hechos y actos que originan la obligación pueden ser cualquier evento que genere una obligación jurídica, como contratos, convenios, daños, enriquecimiento injusto, entre otros.

Acto Jurídico

Manifestación de la voluntad para crear, transferir, modificar o exigir derechos y obligaciones.

Concepto doctrinario de hecho jurídico

Según Rojina Villegas: Son todos aquellos acontecimientos naturales o del hombre que generan situaciones de derecho.

Concepto legal de hecho jurídico

Artículo 7.4.- Hecho jurídico es el acontecimiento natural o humano, voluntario o involuntario que sea supuesto por una disposición legal, para producir consecuencias de derecho para crear, transmitir, modificar o extinguir derechos o deberes o situaciones jurídicos concretas.

Clasificación de los Hechos jurídicos

Naturales o biológicos y del hombre

¿Qué son los hechos jurídicos naturales o biológicos?

Son aquellos que ocurren sin la intervención del ser humano, como el nacimiento, la muerte, entre otros.

¿Qué son los hechos jurídicos del hombre?

Son resultado de la voluntad humana, como los contratos, los actos jurídicos.

Hechos jurídicos como fuente de obligaciones según el Código Civil del Estado de México (Artículo 7.5 del CCEM)

Artículo 7.5.- Para los efectos de este ordenamiento se entiende que:

  1. Los hechos jurídicos realizados sin la participación o sin la acción del hombre, son los fenómenos de la naturaleza que producen consecuencias de derecho;
  2. Los hechos jurídicos efectuados con la participación del hombre se denominan biológicos, y son los relacionados con éste en su nacimiento, vida, capacidad o muerte;
  3. Los hechos jurídicos realizados con la acción del hombre son voluntarios, involuntarios y contra la voluntad.

Concepto legal de Acto jurídico (artículo 7.6 del CCEM)

Artículo 7.6 del Código Civil del Estado de México, un acto jurídico es la manifestación de voluntad destinada a producir consecuencias de derecho.

Normas aplicables a los actos y contratos (artículo 7.103)

Las disposiciones legales sobre contratos serán aplicables a todos los convenios y a otros actos jurídicos, en lo que no se opongan a la naturaleza de éstos o de las disposiciones legales especiales sobre los mismos.

Elementos de existencia de los actos jurídicos

Manifestación de la voluntad, objeto física y jurídicamente posible y reconocimiento de la norma jurídica

¿En qué consiste la manifestación de voluntad?

La manifestación de voluntad es la expresión de la voluntad de una persona de llevar a cabo un acto jurídico de forma consciente y libre.

¿En qué consiste el objeto física y jurídicamente posible?

El objeto física y jurídicamente posible se refiere a que el objeto del acto jurídico debe existir en la realidad y debe ser legalmente posible.

¿A qué se refiere el reconocimiento de la norma jurídica a los efectos deseados por el autor del acto?

Se refiere a que el acto debe cumplir con los requisitos legales para producir los efectos deseados por las partes.

Elementos que dan validez al acto jurídico

Licitud, capacidad y ausencia de vicios

¿En qué consiste la licitud como elemento de validez de los actos jurídicos?

La licitud como elemento de validez de los actos jurídicos implica que el acto debe ser conforme a derecho y no contrario a la ley, la moral o el orden público.

¿En qué consiste la capacidad como elemento de validez de los actos jurídicos?

La capacidad como elemento de validez de los actos jurídicos se refiere a que las partes involucradas en el acto deben tener la capacidad legal para realizarlo.

¿En qué consiste la ausencia de vicios como elemento de validez?

La ausencia de vicios como elemento de validez implica que el consentimiento de las partes debe ser libre de vicios como el error, el dolo, la violencia o la lesión.

¿Qué es la forma como elemento de validez del acto jurídico?

La forma como elemento de validez del acto jurídico se refiere a que el acto debe cumplir con las formalidades exigidas por la ley para ser válido y producir efectos jurídicos.

Consecuencia legal del acto jurídico (art 7.9)

El autor o autores del acto jurídico adquieren derechos y contraen o imponen obligaciones.

Clasificación de los actos jurídicos

(unilaterales y bilateral o plurilateral)

Los actos jurídicos se pueden clasificar en unilaterales, cuando la voluntad de una sola parte es suficiente para producir efectos jurídicos, y bilaterales o plurilaterales, cuando se requiere la concurrencia de voluntades de dos o más partes.

¿En qué consiste el acto jurídico unilateral?

El acto jurídico unilateral es aquel en el que la voluntad de una sola parte es suficiente para producir efectos jurídicos, como, por ejemplo, el testamento y el matrimonio.

¿En qué consiste el acto jurídico plurilateral?

El acto jurídico plurilateral es aquel en el que se requiere la concurrencia de voluntades de dos o más partes, como, por ejemplo, sociedades.

Grados de invalidez del acto jurídico

La inexistencia y la nulidad.

¿En qué consiste la inexistencia? (art 7.10)

Artículo 7.10.– Es inexistente el acto jurídico cuando no contiene una declaración de voluntad, por falta de objeto que pueda ser materia de él, o de la solemnidad requerida por la ley. No producirá efecto legal alguno, ni es susceptible de valer por confirmación, ni por prescripción. Puede invocarse por todo interesado.

¿En qué consiste la nulidad? (art 1.5)

La nulidad del acto jurídico implica que este es contrario a las disposiciones legales y no produce efectos jurídicos.

¿En qué consiste la nulidad relativa? (art 7.13)

Artículo 7.13.– La nulidad es relativa cuando el acto jurídico es susceptible de confirmación o prescripción. Siempre permite que el acto produzca sus efectos, mientras no sea declarado nulo.

¿Cuáles son las causas de la nulidad relativa?

Artículo 7.14.- La falta de forma, el error, el dolo, la violencia, la lesión y la incapacidad produce la nulidad relativa del acto.

¿Cuáles son las consecuencias de la nulidad? (art 7.26)

La anulación del acto obliga a las partes a restituirse mutuamente lo que han recibido o percibido en virtud o por consecuencia del acto anulado.

Concepto doctrinario de contrato

Colín y Capitant lo definen como acuerdo de dos o más voluntades con el fin de producir efectos políticos.

Concepto legal de convenio

Artículo 7.30.- Acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones.

Concepto legal de contrato

Artículo 7.31.- Los convenios que crean o transfieren obligaciones y derechos, reciben el nombre de contratos.

El Consentimiento

¿Qué es el consentimiento?

El consentimiento es la manifestación de la voluntad de una persona para realizar un acto jurídico de forma consciente y libre.

¿En qué consiste el consentimiento expreso?

El consentimiento expreso es aquel que se manifiesta de manera directa y clara, ya sea de forma verbal o escrita.

¿En qué consiste el consentimiento tácito?

El consentimiento tácito es aquel que se infiere de la conducta de las partes, aunque no se exprese de manera verbal o escrita.

¿Cuáles son los elementos del consentimiento?

Policitación y Aceptación

¿Qué es la policitación?

Proposición que se hace de una persona a otra sobre algo que produce consecuencias de derecho.

¿Qué es la aceptación?

La aceptación es la manifestación de la voluntad expresa o tácita de la otra parte de aceptar la proposición realizada.

Objeto del Contrato

¿En qué consiste el objeto directo del contrato?

Creación o transmisión de derechos y obligaciones (dar una cosa), reales o personales (hacer o no hacer algo)

¿En qué consiste el objeto indirecto del contrato?

Está representado por la cosa, el hecho o la abstención.

Elementos de validez del acto jurídico

Capacidad, ausencia de vicios, objeto, motivo o fin lícito y forma

Formalidad en los contratos

¿Qué origina la falta de formalidad en los contratos?

La falta de formalidad en los contratos puede originar su nulidad o invalidez.

¿Quiénes pueden contratar de acuerdo con el código civil? (artículo 7.38)

Artículo 7.38 Son hábiles para contratar todas las personas no exceptuadas por la ley.

Vicios del Consentimiento

¿En qué consisten los vicios del consentimiento?

Los vicios del consentimiento son circunstancias que afectan la libre formación del consentimiento de las partes en un acto jurídico.

¿Qué es un vicio?

Un vicio es una circunstancia que afecta la validez o eficacia de un acto jurídico, impidiendo que produzca los efectos deseados por las partes.

¿En qué consiste el error?

El error es una falsa representación de la realidad que lleva a una de las partes a realizar el acto jurídico bajo un concepto equivocado.

¿En qué consiste el dolo?

Es el propósito o intensión de engañar para que la persona sufra daños en su patrimonio, son las maquinaciones y artificios para inducir al error a otra persona.

¿En qué consiste la mala fe?

Es el aspecto pasivo del dolo que es mantener a una persona en el error una vez conocido.

¿En qué consiste la violencia?

La violencia es la amenaza o coacción ejercida sobre una de las partes para obligarla a dar o hacer algo.

¿En qué consiste la lesión?

La lesión es el perjuicio grave sufrido por una de las partes en un acto jurídico, ya que no recibe de la otra parte un valor igual a la prestación que suministra.