1. Autonomía Privada

La autonomía privada es el poder que tienen los particulares para regular sus relaciones patrimoniales mediante contratos. Este principio se basa en la idea de que los individuos son libres de darse a sí mismos la norma que regirá sus relaciones.

2. Límites de la Autonomía Privada

La autonomía privada no es absoluta y está limitada por:

  • El ordenamiento jurídico, especialmente las normas de carácter imperativo.
  • La moral y la buena fe.

3. Fuerza Vinculante de los Contratos

Los contratos tienen fuerza vinculante, es decir, obligan a las partes a cumplir lo pactado. Esta fuerza vinculante se encuentra sancionada en el art. 1091 CC.

4. Promesa del Hecho Ajeno

La promesa del hecho ajeno es un contrato en el que una parte se obliga a conseguir que un tercero celebre un contrato con la otra parte.

Características:

  • El promitente debe actuar por sí mismo.
  • La prestación del promitente es una obligación de resultado.
  • Los contratos de promesa del hecho ajeno son onerosos.

5. Cesión del Contrato

La cesión del contrato es la transmisión de la íntegra posición contractual de una parte a otra.

Presupuestos:

  • Consentimiento de la otra parte contratante.
  • Contratos bilaterales o sinalagmáticos no ejecutados totalmente.

Efectos:

  • Liberación del contratante cedente.
  • Sustitución del contratante cedente por el cesionario.
  • Mantenimiento de las obligaciones del contrato originario.