Conceptos Esenciales del Derecho Penal: Principios, Funciones y Aplicaciones
Nociones y Conceptos de Derecho Penal: Fuentes y Principios Reguladores
Concepto de Derecho Penal
Conjunto de normas jurídicas que regulan la potestad punitiva del Estado, determinando qué conductas o comportamientos, ya sean acciones u omisiones, constituyen delitos, aparejándoles una determinada medida de seguridad o sanción.
Objetivo del Derecho Penal
Asegurar la paz y tranquilidad de la convivencia humana, esto por medio de la protección de los bienes fundamentales para el adecuado desarrollo del individuo en la sociedad.
Principios o Fuentes del Derecho Penal
- Principio de legalidad (es el más importante)
- Irretroactividad
- Tipicidad
Principio de Legalidad
Solo la ley puede crear delitos y establecer penas. “Nullum crimen, nulla poena sine lege” (no hay crimen, no hay pena, sin ley). La persona no puede ser castigada sin haber sido sometida a un proceso previo.
Principio de Irretroactividad
La ley siempre rige hacia el futuro, ningún delito se castigará sin que esté previamente escrito.
Principio Pro Reo: A menos que la nueva ley favorezca al procesado.
Principio In dubio pro reo: En el procedimiento, si hay alguna duda acerca de la duda que inculpa a una persona, no podemos condenar o sancionar.
Principio de Tipicidad
Ninguna ley podrá establecer una pena o sanción sin describir la conducta que sancionará. (Se describe la conducta que sanciona). Ejemplo: el que matare, será sancionado con presidio mayor en su grado máximo.
Funciones del Derecho Penal
- Prevenir el delito: Mediante las sanciones actúa como medida disuasiva, lo cual ayuda a prevenir.
- Evitar las reacciones informales: Con esto se busca evitar o reducir la venganza por sus propias manos, es decir, la autotutela.
- Disminuir la violencia estatal: El Estado comienza a regular las formas y mecanismos con los cuales cuenta para reprimir o sancionar las conductas desviadas. Ahora las penas son más humanitarias, menos severas a cómo eran antes (antes eran azotes, torturas, penas de muerte).
Funciones de la Labor Policial en el Derecho Penal
Resguardar la seguridad ciudadana manteniendo en todo momento un pleno respeto por los derechos humanos.
Misión de la Policía
Resguardar el orden y la seguridad pública, cumplir y hacer cumplir las leyes, resguardar al ciudadano y las leyes de conductas que revistan caracteres de delito. La fuerza pública actúa mediante 2 formas:
- Preventiva: Se busca prevenir la conducta antijurídica, se anticipa a esta.
- Reprimir: Se busca reprimir la conducta ilícita que violenta la norma (no cumple la ley). Se aplica una vez que la conducta ya se realizó.
- Auxiliar en la investigación: Es el órgano que ayuda en las investigaciones.
Aplicación de la Ley Penal en el Espacio
Aquí hablamos del principio de territorialidad: la ley es la manifestación de la soberanía de un Estado. La ley penal solo puede regir dentro del territorio de un Estado, incluyendo el mar adyacente y la zona económica, no pudiendo regir fuera del territorio (otro país).
Territorio de la República
- Mar territorial
- Aire
- Suelo
- Subsuelo
Territorio Ficto
Naves públicas o de guerra que tengan bandera chilena, independiente del lugar donde estén. Cualquier delito que se cometa en ellas, será sancionado por la ley penal chilena. Naves privadas: si el barco se encuentra en el mar de otro país, este país determinará si aplica la ley de su Estado; si está en mar abierto, rige la ley chilena (por mantener bandera chilena).
Principio de Personalidad: Sigue a los chilenos cualquiera sea el lugar de los delitos. Es decir, si un chileno comete un delito en el extranjero, puede ser sometido al proceso chileno mediante la extradición.
Principio Real o de Defensa: Habla en relación con el bien jurídico protegido. Ejemplo: si un peruano falsifica una moneda chilena en Brasil, se debe aplicar la ley penal chilena, puesto que se persigue el bien jurídico (moneda).
El Dolo
Conocimiento de la conducta que está prohibida en la ley y la intención de querer realizarla.
- Dolo directo (cuando planifico algo, cuando lo quiero, voy y lo hago directamente; intención de hacer algo y lo comete): Es aquel que en el objeto perseguido por el sujeto activo es precisamente la realización del tipo penal (matar a una persona y yo la mato).
- Dolo de consecuencias necesarias: Tiene lugar cuando el sujeto activo se representa el hecho típico (contra la ley = es lo que describe la conducta) como una consecuencia necesaria de su obrar y, a pesar de eso, lo realiza (matar un sicario, o alguna ráfaga de disparos).
- Dolo eventual: El sujeto se representa la realización del hecho típico como una consecuencia posible de su actuar, aceptando la realización en el evento o que ocurra (quiero cometer una acción, matar a alguien, pero esa persona algunos días sale en auto y otros días no, le puse una bomba, pero es eventual si la mato o no la mato).
La Extradición
Es un proceso judicial, en el cual actúa un Estado requirente y un Estado requerido, donde se solicita que le haga entrega de un individuo que ha cometido un delito con el fin de someterlo a un proceso o que cumpla su sentencia.
- Extradición activa: Chile solicita la extradición, mediante el juzgado de garantía.
- Extradición pasiva: Se le solicita a Chile la extradición por medio de la Corte Suprema.
Principios de la Extradición
- Principio de doble incriminación: La conducta por la que se desea sancionar debe ser delito en ambos países.
- Sanción mínima: La pena o sanción debe ser como mínimo una pena aflictiva, es decir, duración mínima de un año (365 días).
- Prescripción: La pena no debe estar prescrita (no debe dejar de existir).
- Relaciones internacionales: Debe existir una relación internacional con el país al que se le solicita la extradición.
- Excepciones: No pueden ser extraditados por delitos políticos, religiosos o militares.
Definición de Delito y sus Elementos
Delito es una acción u omisión típica, antijurídica y culpable, sancionable con una pena.
Elementos del Delito
- Acción: Acción es lo mismo que conducta. La conducta se puede demostrar mediante una acción o una omisión. Ejemplo: Acción: Yo tomo un arma y le disparo a alguien. Omisión: Una madre que deja de amamantar (mata al bebé de hambre). Acción + descripción de la ley = tipicidad.
- Tipicidad: Dice relación con que la conducta debe estar descrita o estipulada en el Código Penal.
- Antijuridicidad: La acción (conducta) debe ser contraria al orden jurídico, es decir, que toda conducta que vaya contra la norma o ley es una conducta antijurídica.
- Culpabilidad: Se refiere a la intención que existe detrás de la actuación, es decir, bajo qué circunstancias lo hizo.
- Sanción penal: No siempre corresponde, pero se considera como la consecuencia del incumplimiento de una ley, es decir, se le asigna una pena.
La Acción
Se define como la conducta humana dirigida a un fin objetivo (hacer algo, tener un objetivo). Esta conducta puede ser por acción u omisión. La acción es la ejecución de lo que se establece en la norma penal (ejemplo, el que matare a alguien será sancionado // aquí describe la conducta y lo sanciona).
Casos de Ausencia de Acción
En estos casos no existe ningún tipo de conducta ejecutada, es decir, no hay acción ni omisión.
- Vis absoluta o fuerza irresistible: No soy dueño del dominio de la acción. Por ejemplo: soy empujado con una persona en contra de otra, y esta persona cae en el metro y fallece producto de esto.
- Actos reflejos: Se consideran como actos reflejos los espasmos (movimiento involuntario, pero con conciencia de la persona), crisis epilépticas o estornudos. Son los que no mantienen plena voluntad del hombre.
- Estados de inconsciencia: Son aquellos actos cometidos cuando el individuo que los comete se encuentra dormido, sonámbulo o bajo hipnosis involuntaria (en contra de la voluntad).
La Tipicidad
Es la coincidencia o conformidad de una conducta humana concreta con el contenido de un tipo penal, tanto en su parte objetiva como subjetiva. Si la conducta humana cumple con el tipo penal, se puede hablar de tipicidad (ejemplo, es la conducta que realiza la persona y se encuentra estipulado expresamente con el tipo penal). Coincidencia entre la acción y el tipo penal = tipicidad.
Tipo penal: Es la descripción hecha por la ley del comportamiento humano, tanto en su parte objetiva o subjetiva, que lesiona o pone en riesgo un bien jurídico (es la definición jurídica que se encuentra escrita). Es la descripción de la conducta humana hecha por la ley.
Funciones del Tipo Penal
- Función de garantía: Solo la ley puede crear delitos.
- Función sistemática: Toda conducta que es típica necesariamente debe ser antijurídica. Yo creo un tipo de conducta que señala una conducta antijurídica cuando se lesiona un bien jurídico protegido (por ejemplo, la vida).
- Función motivadora de carácter preventivo: Si la conducta está penada y tiene una pena o sanción alta, esto me motiva a no cometer dicha acción o conducta.