Contraloría General de la República de Chile: Funciones y Atribuciones
Contraloría General de la República de Chile
Funciones
La Contraloría General de la República funciona como un organismo fiscalizador superior de la administración del Estado, con carácter autónomo. Goza de autonomía frente al Poder Ejecutivo y el Congreso Nacional, sin recibir órdenes de estos.
Su función esencial es el control de legalidad de los actos de la administración del Estado, verificando que los órganos estatales actúen dentro de las atribuciones que la ley establece. Fiscaliza el ingreso y la inversión de fondos fiscales, municipales y de otros organismos determinados por ley. Además, lleva la contabilidad general de la nación.
En el caso de Carabineros, la Contraloría fiscaliza la institución, controlando los fondos fiscales y su gasto.
A Quién No Fiscaliza:
- Congreso Nacional
- Senadores
- Diputados
- Poder Judicial
- Tribunales
- Empresas Privadas
Nombramiento del Contralor General
El Contralor General es designado por el Presidente de la República con acuerdo de tres quintos de los senadores en ejercicio. Dura 8 años en el cargo, sin posibilidad de reelección para el período siguiente.
Requisitos:
- Título de abogado con al menos 10 años de antigüedad.
- Mayor de 40 años.
- Ciudadano con derecho a sufragio.
Cesa en el cargo al cumplir 75 años. En caso de ausencia o vacancia, es reemplazado por el Subcontralor General, quien también debe ser abogado.
Funciones: Auditorías (Contabilidad General de la Nación)
Las auditorías revisan el funcionamiento de los sistemas internos de control de los servicios públicos, para asegurar el cumplimiento de las leyes y la correcta administración de los recursos del Estado. Además, pueden generar proposiciones para solucionar problemas o irregularidades, y la Contraloría emite recomendaciones para corregirlas.
Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública
Cuestiones Generales
Las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad están reguladas constitucionalmente en el Capítulo XI de la Carta Fundamental. Además, algunas materias relacionadas con las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile se regulan por Ley Orgánica Constitucional (LOC):
- LOC N° 18.948 (1990) sobre Fuerzas Armadas
- LOC N° 18.961 (1990) sobre Carabineros de Chile
La Policía de Investigaciones de Chile se rige por su propia Ley Orgánica.
Según el artículo 101 de la Constitución, se distingue entre:
- Fuerzas Armadas: Dependen del Ministerio de Defensa, y están constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Existen para la defensa de la patria y son esenciales para la seguridad nacional.
- Fuerzas de Orden y Seguridad Pública: Dependen del Ministerio de Seguridad Pública (actualmente, Ministerio de Defensa, transitoriamente), y están constituidas por Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones. Constituyen la Fuerza Pública y existen para dar eficacia al derecho, garantizar el orden público y la seguridad interior.
Características
Según el artículo 101 inciso tercero de la Constitución, las Fuerzas Armadas y Carabineros son:
- Cuerpos armados
- Esencialmente obedientes
- No deliberantes
Normas sobre Control de Armas
Según el artículo 103 de la Constitución, ninguna persona, grupo u organización puede poseer armas sin autorización legal (Ley N° 17.798 sobre Control de Armas y Ley N° 18.314 sobre Conductas Terroristas).
Poder Ejecutivo
Requisitos para ser Presidente de la República
- Nacionalidad chilena
- Mayor de 35 años
- Ciudadano con derecho a sufragio
Duración del Cargo
El cargo dura 4 años, sin reelección inmediata.
Proceso de Elección
Elección directa por mayoría de votos válidamente emitidos.
Atribuciones del Presidente
- Concurrir a la formación de las leyes (mensaje), sancionarlas (veto) y promulgarlas.
- Dictar decretos con fuerza de ley.
- Declarar estados de excepción constitucional.
- Nombrar al Contralor General con acuerdo del Senado.
- Designar y remover a los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas y al General Director de Carabineros.
- Disponer nombramientos, ascensos y retiros de oficiales de las Fuerzas Armadas y Carabineros.
- Asumir la jefatura suprema de las Fuerzas Armadas en caso de guerra.
Facultad Presidencial
El Presidente puede llamar a retiro a los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas y al General Director de Carabineros, mediante decreto fundado e informando a la Cámara de Diputados y al Senado.
Nombramientos, Ascensos y Retiros
Se realizan por decreto supremo, según la ley orgánica constitucional correspondiente.
Poder Judicial
Facultad de Imperio
Se refiere a la autoridad para hacer cumplir sus decisiones.
El Poder Judicial resuelve causas civiles y criminales, con exclusividad en el ejercicio de la función judicial.
Principio de Inexcusabilidad: Los tribunales deben resolver los asuntos de su competencia, incluso sin ley específica.
Los tribunales pueden dar instrucciones a la fuerza pública para ejecutar sus resoluciones, las cuales deben ser cumplidas de inmediato.
Código Orgánico de Tribunales (COT): Ley orgánica constitucional que determina la organización y atribuciones de los tribunales.
Nombramiento de los Jueces
La Corte Suprema se compone de 21 ministros.
Los ministros y fiscales judiciales de la Corte Suprema son nombrados por el Presidente, a partir de una nómina de cinco personas propuesta por la Corte, con acuerdo del Senado.
Cinco miembros de la Corte Suprema deben ser abogados externos a la administración de justicia, con al menos 15 años de título y destacada trayectoria profesional.
Bases Constitucionales del Poder Judicial
- Imparcialidad: Neutralidad y objetividad.
- Independencia (externa): Del resto de los poderes del Estado.
- Independencia (interna): Cada juez es independiente.
- Legalidad: Tribunales establecidos por ley.
- Inamovilidad: No pueden ser destituidos arbitrariamente.
- Inexcusabilidad: Resolver todos los asuntos de su competencia.
- Responsabilidad: Por sus actos.
Poder Legislativo
El Congreso Nacional
Se compone de la Cámara de Diputados y el Senado, ambos concurrentes a la formación de las leyes.
Cámara de Diputados
155 miembros elegidos por votación directa, renovados cada cuatro años.
Requisitos para ser diputado:
- Ciudadano con derecho a sufragio
- Mayor de 21 años
- Haber cursado la enseñanza media
Atribuciones de la Cámara de Diputados
- Fiscalizar los actos del gobierno.
- Adoptar acuerdos o sugerir observaciones.
- Citar a ministros de Estado.
Toma de Razón
La Contraloría revisa los decretos y resoluciones del gobierno para asegurar su constitucionalidad y legalidad antes de su entrada en vigor. En caso contrario, los representa por vicios de inconstitucionalidad o legalidad.
Juzgamientos de Cuentas
Proceso legal para evaluar la responsabilidad civil de funcionarios públicos por posibles perjuicios al erario fiscal. Incluye notificación, defensa, pruebas, sentencia, recurso y posible denuncia penal.