1. Normas prohibitivas o restrictivas de los derechos individuales:

    No son susceptibles de interpretación extensiva.

  2. Interpretación auténtica:

    La que realiza el propio legislador.

  3. Exclusión voluntaria de la ley aplicable:

    Es posible si se trata de una norma de carácter dispositivo.

  4. Sanción aplicada a los actos realizados en fraude de ley:

    No impedirá la aplicación de la norma que se ha tratado de eludir.

  5. Adquisición derivativa de los derechos subjetivos:

    La adquisición trae causa del titular anterior.

  6. Derechos absolutos o generales:

    Son aquellos que se ejercitan frente a cualquiera.

  7. Derecho de propiedad:

    Es un derecho absoluto o general.

  8. Abuso del derecho:

    Constituye un límite intrínseco al ejercicio del derecho subjetivo.

  9. Prescripción:

    Admite interrupción y no es aplicable de oficio por los Tribunales.

  10. Acción para la anulación de los contratos:

    Es de caducidad.

  11. El menor emancipado no puede por sí mismo:

    Tomar dinero a préstamo, grabar o enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales, u objetos de extraordinario valor.

  12. Causas de incapacitación:

    Las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma.

  13. Incapacitación:

    Se declara siempre en un proceso judicial en el que interviene el presunto incapaz.

  14. Mayor de edad:

    Es capaz para todos los actos salvo para aquellos en los que se le exige una capacidad especial.

  15. Capacidad jurídica:

    Significa tener aptitud para ser titular de derechos y/o obligaciones.

  16. Quién no es español de origen:

    El extranjero, mayor de 18 años, adoptado por un español.

  17. Para la adquisición de la nacionalidad española el plazo de residencia tiene que ser:

    Legal, continuado e inmediatamente anterior a la petición.

  18. Herederos del declarado fallecido:

    No podrán disponer a título gratuito de los bienes hasta pasados cinco años después de la declaración de fallecimiento.

  19. Asociaciones:

    Es un conjunto de personas organizado que persigue la consecución de un fin de interés general no lucrativo.

  20. Fundaciones podrán ser suspendidas o disueltas:

    Por resolución judicial motivada.

  21. Fuentes de las obligaciones:

    Los hechos y actos jurídicos en virtud de los cuales se originan las obligaciones.

  22. Según los artículos 1137 y 1138 CC, en caso de pluralidad de acreedores o deudores en una misma obligación, esta se configurará como:

    Obligación mancomunada.

  23. Obligaciones alternativas:

    Hay varias prestaciones, pero el deudor debe cumplir sólo una de ellas.

  24. Según el CC, puede realizar el pago:

    Cualquier persona, salvo en la prestación de hacer personalísimas o infungibles puesto que, en estas, el acreedor no puede ser compelido a recibir la prestación de un tercero.

  25. Lugar de pago de las obligaciones:

    Es el que designan las partes conforme a sus intereses.

  26. Pago por cesión de bienes:

    Salvo pacto en contrario, sólo libera al deudor por el importe líquido de los bienes cedidos.

  27. En caso de incumplimiento de la obligación, se presume:

    Que ha sido por culpa del deudor.

  28. Indemnización de daños y perjuicios comprende:

    El daño emergente y el lucro cesante.

  29. Principio de responsabilidad patrimonial universal:

    Tiene carácter general y se aplica a todas las obligaciones.

  30. Acción revocatoria:

    Faculta al acreedor para impugnar los actos que el deudor realice en fraude de su derecho.

  31. Contratos bilaterales:

    En los que se generan obligaciones recíprocas para ambas partes contratantes.

  32. Elementos naturales del contrato:

    Aquellos que normalmente acompañan al contrato salvo que las partes los excluyan.

  33. Principio espiritualista o consensualista:

    Que los contratos se perfeccionan por el simple acuerdo de voluntades.

  34. Contrato sin causa o con causa ilícita:

    Es nulo.

  35. Vicios del consentimiento:

    Una causa de anulabilidad del contrato.

  36. Acción de nulidad:

    Es imprescriptible.

  37. Acción de anulabilidad:

    Está sujeta a un plazo de caducidad de 4 años.

  38. Contratos celebrados en fraude de acreedores, cuando estos no puedan de otro modo cobrar los que se les deba, son:

    Rescindibles.

  39. Presupuestos de la responsabilidad extracontractual del art. 1902 CC:

    Una acción u omisión antijurídica, un resultado dañoso, una relación de causalidad entre la acción y el daño y que el hecho sea imputable al agente a título de dolo o culpa.

  40. Responsabilidad extracontractual por hecho ajeno:

    El obligado a reparar y el causante del daño son personas distintas.

  41. Precio como requisito esencial en el contrato de compraventa:

    Sí.

  42. Normas que regulan la evicción en la compraventa:

    Son de derecho dispositivo.

  43. Donación:

    Es un contrato formal.

  44. Contrato de arrendamiento de cosas:

    Es consensual.

  45. En nuestro derecho son usucapibles:

    La propiedad y los derechos reales posibles.

  46. Tradición instrumental:

    Es aquella que se realiza mediante un escrito cuyo otorgamiento equivale a entrega de la cosa.

  47. Atendiendo a la extensión de las facultades otorgadas al mandatario el mandato puede ser:

    General o especial.

  48. Con carácter general, el comodato:

    Recae sobre cosas no fungibles.

  49. Depósito irregular:

    Cuando se constituye sobre una cosa fungible y una vez terminado el depósito, el depositario devolverá otro tanto de la misma especie y calidad.

  50. Nota de accesoriedad en el contrato de fianza:

    Que la fianza depende de la existencia de una obligación principal cuyo cumplimiento garantiza.

  51. Familia:

    Una institución social formado por un grupo de personas conectadas por vínculos conyugales y de parentesco.

  52. Derecho de familia:

    El conjunto de reglas de mediación y organización familiar de carácter estructural.

  53. Constitución Española establece:

    La absoluta igualdad ante la ley de los hijos matrimoniales y extramatrimoniales.

  54. Derecho de alimentos comprende:

    Ninguna de las anteriores respuestas es válida.

  55. Parejas de hecho:

    Son una realidad a jurídica que produce o puede producir efectos que tienen trascendencia jurídica.

  56. Matrimonio:

    La unión de dos personas, incluso del mismo sexo, que, cumpliendo con determinadas formalidades, logran una plena y perpetua comunidad de existencia.

  57. Consentimiento matrimonial es necesario para la validez del matrimonio:

    Siempre, no existe matrimonio sin consentimiento matrimonial.

  58. Declaración de nulidad del matrimonio respecto de los hijos:

    Nada modifica su filiación, los hijos podrán hacer valer todos los derechos derivados de la filiación ya determinada frente a sus progenitores.

  59. Se puede solicitar la separación:

    A los tres meses de celebración del matrimonio.

  60. Medidas provisionales previas:

    Son las que puede solicitar el cónyuge que se proponga demandar la nulidad, separación o divorcio de su matrimonio.