El Derecho del Trabajo y el Ordenamiento Jurídico

Fuentes del Derecho

Las fuentes del derecho son el origen del cual este emana. De dicho concepto, en principio los autores suelen dar dos acepciones:

  • Fuente material: es aquel órgano del estado o grupo social del cual emana la norma.
  • Fuente formal: es el texto o lugar que contiene la norma aplicable a un determinado caso.

Las Fuentes Formales en el Derecho Español

El artículo 1 del Código Civil dispone que las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.

  • La ley: el artículo 1 del CC, al citar la ley como primera fuente aplicable.
  • Costumbre: se define como la práctica repetida de una determinada conducta social que, con el uso reiterado, se convierte en norma.
  • Principios generales: son aquellas ideas o directrices que subyacen en cualquier rama del ordenamiento jurídico.
  • Jurisprudencia: en sentido estricto, es el criterio que de modo reiterado utiliza el Tribunal Supremo.

Los Poderes del Estado: Legislativo, Ejecutivo y Judicial

La teoría de la división de poderes, para evitar abusos y limitar el poder real, el estado debe repartir su poder entre órganos que desempeñen funciones diferenciadas:

  • El poder legislativo: se encarga de elaborar y aprobar las leyes, está formado por el Parlamento Español, que recibe el nombre de Cortes Generales, es bicameral; está formado por el Congreso de los Diputados y por el Senado.
  • El poder ejecutivo: este poder se encarga de gobernar bajo las leyes, y está compuesto por el Rey y la Jefatura del Estado, que recae sobre el Presidente del Gobierno. El Rey es el símbolo de la unidad y permanencia del estado, arbitra y modera las fuerzas políticas. El Presidente del Gobierno se encuentra al frente de un Consejo de Ministros. El Gobierno dirige la vida política y administrativa de la nación y en él reside el verdadero poder político del ejecutivo. El Parlamento puede retirar la confianza al Gobierno mediante la cuestión de confianza que plantee el Presidente o a través de la moción de censura propuesta por el Parlamento.
  • El poder judicial: el ejercicio de la potestad de juzgar y de hacer que se cumpla lo juzgado corresponde exclusivamente al poder judicial, que está formado por jueces y magistrados, los cuales son independientes, y están sometidos únicamente al imperio de la ley. La independencia de los jueces y magistrados significa que no pueden tener ninguna adscripción política. La inamovilidad es consecuencia de su independencia. El poder judicial es el más independiente de los tres poderes del estado.

Las Normas y su Clasificación

  • Las normas solo pueden ser anuladas por otra posterior de igual o mayor rango.
  • La norma escrita siempre prevalece sobre la no escrita.
  • Determinadas normas, llamadas dispositivas solo rigen si las partes no han pactado otra cosa.
  • Las normas imperativas han de cumplirse en sus estrictos términos sin que quepa pacto diferente para regular el supuesto que se trate.

Tratados Internacionales y Derecho de la Unión Europea

Los tratados internacionales son acuerdos generalmente suscritos entre dos estados soberanos o entre estos y organizaciones internacionales. En materia de derecho laboral destacan los convenios con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El derecho primario de la UE está formado por los grandes tratados que han jalonado el proceso de unidad europea y por los tratados de adhesión de los estados miembros a la comunidad. Dentro del derecho derivado destacan tres tipos de normas:

  • Reglamentos: son normas de carácter general, obligatorias.
  • Directivas: obligan a los estados miembros destinatarios a conseguir un resultado especificado por ellas.
  • Decisiones: son obligatorias en todos sus elementos para los destinatarios a los que van dirigidas.

Normas que Emanan del Parlamento

Las Cortes Generales elaboran leyes orgánicas y leyes ordinarias, las cuales se hallan subordinadas a la Constitución. Mediante las leyes orgánicas se regulan las libertades públicas y los derechos fundamentales. Mediante una ley ordinaria, el Parlamento puede autorizar al Gobierno para que refunda textos legislativos o pueden establecer una ley de bases para que este elabore un texto articulado. La función del Parlamento es la de crear leyes. Por razones de urgencia, necesidad o por delegación del poder legislativo, el Gobierno también puede elaborar reglamentos, con rango inferior a la ley.

Reales Decretos Leyes

Son normas con rango de ley, que emanan del Gobierno para regular situaciones de extraordinaria urgencia o necesidad que necesitan un instrumento normativo de esta categoría.

Reales Decretos Legislativos

Las Cortes Generales, mediante una ley, pueden delegar en el Gobierno su potestad de dictar normas con rango de ley.

Potestad Reglamentaria

El Gobierno puede desarrollar lo establecido en la ley o en una norma con dicho rango, creando normas de jerarquía inferior a la misma. Están formados por las siguientes clases de normas:

  • Reales Decretos (RD) emitidos por el Consejo de Ministros.
  • Órdenes de Comisiones Delegadas, creadas por varios ministerios.
  • Órdenes Ministeriales, emitidas por un ministro sobre su departamento.

Personas Excluidas de la Relación Laboral

Supuestos excluidosCaracterísticas
Funcionarios públicos.Prestan sus servicios en administraciones públicas.
Prestaciones personales obligatorias.No existe contrato de trabajo.
Consejeros y administradores de sociedades.Su función debe limitarse a la participación en el órgano de administración de la compañía.
Trabajos realizados por benevolencia o buena vecindad.Se basan en la gratitud y en la amistad.
Trabajos familiares.Son realizados por el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes.
Personas que intervienen como comisionistas asumiendo el riesgo y ventura de las operaciones.Han de participar en operaciones mercantiles por cuenta de uno o varios empresarios.
Exclusión de carácter general.Se trata de supuestos en los que actúa fuera de la organización y dirección del empleado o empresario.

Relaciones Laborales Especiales

  • Personal de alta dirección excluido del artículo 1.3.c. del TRLET.
  • Personal al servicio del hogar familiar.
  • Penados en instituciones penitenciarias.
  • Menores internados por delitos.
  • Deportistas profesionales.
  • Minusválidos en centros especiales de empleo.
  • Artistas en espectáculos públicos.
  • Representantes de comercio.
  • Trabajo en el mar.
  • Estibadores portuarios.
  • Abogados que prestan servicios en despachos individuales o colectivos.

Fuentes del Derecho Laboral

Se regula por las siguientes formales consideradas de mayor a menor categoría:

  • Leyes y reglamentos del estado.
  • Convenios colectivos.
  • Usos y costumbres locales y profesionales.
  • Principios generales del derecho laboral.

Jerarquía Normativa: Principios de Norma Mínima y de Norma Más Favorable

Jerarquía normativa según el cual las disposiciones reglamentarias desarrollan lo dispuesto en normas de rango superior sin establecer condiciones de trabajo diferentes a las fijadas en estas últimas.

  • Norma mínima: los conflictos entre dos o más normas laborales deberán respetar en todo caso los mínimos de derecho necesario.
  • Norma más favorable: se resolverán mediante la aplicación de lo más favorable para el trabajador.

Órganos de Aplicación de la Normativa Laboral

Funciones Administrativas y Competencias de las Comunidades Autónomas

Las Comunidades Autónomas, según lo previsto en sus estatutos de autonomía y conforme a las transferencias recibidas del Gobierno central, se encargan de ejecutar las siguientes funciones administrativas:

  • Fiscalización de la prevención de accidentes y de seguridad e higiene en el trabajo.
  • Declaración de trabajos tóxicos, peligrosos y penosos.
  • Competencias reconocidas por la ley en el ámbito de los convenios colectivos.
  • Recepción y control de declaraciones de huelga y de cierre patronal.
  • Tareas de mediación, arbitraje y conciliación.
  • Depósitos de estatutos sindicales y de asociaciones empresariales.
  • Autorización de traslados colectivos.
  • Autorizaciones de agencias de colocación.
  • Subvenciones y ayudas públicas en materia de ocupación.
  • Imposiciones de sanciones.

La Inspección de Trabajo

Es el órgano administrativo encargado de comprobar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad.

La Jurisdicción Laboral

El poder judicial garantiza el cumplimiento de las normas y resuelve conflictos entre trabajadores y empleados.