1. El Estado Constitucional

1.1. El Estado como concepto previo al Derecho Constitucional

El Estado es un concepto previo al Derecho Constitucional. A finales del siglo XVIII, surgió la idea de reformar el Estado, considerándolo el objeto clásico del Derecho Constitucional. El objetivo era construir un Estado constitucional sin suprimir el Estado de la Edad Moderna, manteniendo su configuración orgánica. El Estado se compone de elementos constitutivos anteriores al Derecho Constitucional y es la base y el contexto del Derecho Constitucional.

1.2. El Estado Constitucional

El Estado Constitucional surge de las ruinas del Estado absolutista y monárquico (siglos XVI-XVIII), caracterizado por un rey soberano con poder de origen divino. El rey aplicaba e interpretaba la ley, poseía una enorme concentración de poder y derechos sobre la libertad, la propiedad y la vida de los ciudadanos. La crítica intelectual al Estado absolutista contribuyó a su caída entre los siglos XVII y XVIII. Entre los aspectos políticos y jurídicos destacan las obras de Voltaire, Hobbes, Locke, Montesquieu y Rousseau. Surge así un fenómeno revolucionario y una nueva forma de Estado: el Estado liberal de Derecho, considerado la dualidad del Estado.

La Constitución es una gran aportación político-jurídica como base del Estado liberal. La Constitución es una nueva forma de Estado sujeta a principios:

  1. Soberanía del pueblo
  2. División de poderes
  3. Imperio de la ley bajo respeto y protección de derechos fundamentales

El rasgo más característico es el poder. El Estado y la sociedad civil son conceptos distintos. El Estado ejerce poder sobre la sociedad civil para asegurar la defensa, la justicia y la educación.

2. Principios del Estado de Derecho

Los principios del Estado de Derecho son:

  1. Soberanía popular: En el pueblo emanan los poderes del Estado y las normas. La Constitución asigna la soberanía al pueblo.
  2. División de poderes: Necesidad de controlar el poder. Los poderes legislativo, ejecutivo y judicial se controlan entre sí.
  3. Derechos fundamentales: Inalienables. Libertad, propiedad y seguridad son valores sobre los que se sujetan los derechos.
  4. Imperio de la ley: Surge a través de dos postulados:
    1. Rechazo de un gobierno de carácter subjetivo y arbitrario por parte del rey y sus agentes, basado en la voluntad y no en la razón y la justicia.
    2. Sustitución de un régimen de dominación objetiva, igualitaria y previsible.

3. Elementos del Estado

  1. Territorio: Ámbito espacial donde el Estado expande su poder. Incluye mar territorial, subsuelo, espacio aéreo, tierra firme y sedes en embajadas exteriores.
  2. Pueblo: Emana el poder, titular de la soberanía en el Estado democrático. Conjunto de ciudadanos nacionales de un determinado Estado. Cada Estado determina las reglas de atribución de nacionalidad, el vínculo entre los ciudadanos y el Estado.
  3. Poder: Conjunto de personas y órganos. Capacidad de expresar la voluntad del soberano. Rey en el Estado absoluto, nación en el Estado liberal y pueblo en el Estado democrático.

4. Formas de Organización del Estado

4.1. Estado Unitario

El proceso de transformación del antiguo régimen al Estado constitucional exige suprimir privilegios territoriales y personales. El poder se ejerce en todo el territorio, considerado como autoridad nacional. Los agentes del Estado tienen poder en nombre del poder central. La descentralización burocrática avanza hacia la descentralización administrativa. Puede existir cierta autonomía administrativa a nivel municipal.

4.2. Estado Regional

Surge de la descentralización política anterior. Diversas competencias concentradas en un Estado extenso pueden ser ejercidas con mayor eficacia por entes territoriales menores, creando mayor cercanía ciudadana.

4.3. Estado Federal

Compuesto por varios Estados independientes asociados para compartir una serie de tareas que no pueden hacerse individualmente, como Estados Unidos de América. Dos principios para su funcionamiento:

  1. Autonomía de los Estados federados
  2. Asociación a favor de las instituciones comunes

4.4. Estado Autonómico

El modelo español del Estado complejo o compuesto. Difícil de integrar en el caso de los Estados regionales, mejor en el Estado federal. Reflejado en el art. 2 y el Título VIII, arts. 137-158 de la Constitución Española.

Características:

  • Vinculación del principio de autonomía con el de unidad (art. 2)
  • Reconocimiento del derecho de autonomía de las nacionalidades y regiones
  • La Constitución no crea las Comunidades Autónomas (CCAA), pero reconoce su derecho
  • Principio dispositivo
  • 17 CCAA y 2 autónomas (Ceuta y Melilla)
  • Falta de definición constitucional de la forma territorial del Estado
  • Reconocimiento de las CCAA: dos conceptos de Estado
  1. Como entidad soberana hacia el exterior
  2. En el interior, como titular de determinadas competencias frente a las que corresponden a las CCAA (arts. 148 y 149)
La Constitución reconoce la autonomía de otros entes territoriales (autonomía administrativa) El Estatuto de Autonomía es la norma institucional básica de las CCAA, aprobada por el Parlamento de la CCAA y con rango de ley orgánica (art. 147.1 CE) Sistema de reparto de competencias entre el Estado y las CCAA, muy parecido al federalismo de su ordenamiento jurídico Principios del Estado autonómico:
  1. Unidad
  2. Autonomía
  3. Supremacía estatal
  4. Solidaridad
  5. Cooperación
  6. Indisponibilidad de las competencias asumidas
El Tribunal Constitucional es el órgano constitucional en quien reside la solución de los conflictos entre el Estado y las CCAA

4.5. Comunidad Autónoma Canaria

El Estatuto de Autonomía de Canarias consta de un Título Preliminar, cinco Títulos en secciones, capítulos y artículos, cinco Disposiciones Adicionales, seis Transitorias y una Final.

Sistema electoral:

  • El art. 9, sección 1ª del Estatuto de Autonomía dispone el concepto y características del sistema electoral
  • El Parlamento está constituido por parlamentarios autonómicos elegidos por sufragio universal, directo, igual, libre y secreto
  • Sistema electoral de representación proporcional
  • Número de diputados superior a 50 e inferior a 70
  • Cada isla constituye una circunscripción electoral
  • El Parlamento Canario tiene 60 diputados: Gran Canaria y Tenerife 15 diputados cada una, 30 en las demás islas

El Título I del Estatuto se refiere al autogobierno y concentra desde el art. 1 al 29. El Título II trata sobre las competencias de las CCAA (arts. 30 y 31).