Formas Extraordinarias de Terminación del Proceso

Retiro de Demanda

El retiro de demanda es la facultad del demandante de prescindir de darle curso a la demanda, evitando que el proceso siga su trámite normal.

No debe estar citado el demandado y se ordena el archivo, pudiendo el actor volver a proponer la demanda.

Conciliación

La conciliación es un acuerdo entre las partes, celebrado con la presencia e intervención del juez, que necesita ser aprobado por este.

Puede darse en cualquier estado del proceso y puede ser parcial o total.

Transacción

La transacción es un contrato en que las partes terminan extrajudicialmente un litigio pendiente o previenen uno eventual.

El juez autoriza la conclusión del proceso cuando le sea presentada la transacción.

Desistimiento

El desistimiento es la manifestación de voluntad unilateral de dejar sin efecto algún acto procesal o el proceso, o renunciar a la pretensión.

Puede ser de la pretensión, del recurso o de la instancia.

Efectos

  • El desistimiento de la acción impide volver a presentar la misma demanda.
  • El desistimiento del recurso o instancia hace que la providencia impugnada adquiera firmeza.

Validez del Desistimiento

  • Voluntario y hecho por persona capaz.
  • Reconocimiento de firma sobre el escrito de desistimiento.
  • Aprobación del juez.
  • Consentimiento de la parte contraria si es condicional.

Inhabilidad para Desistir

  • Quienes no pueden comprometer la causa a arbitraje.
  • Quienes busquen aprovecharse del desistimiento en perjuicio de la otra parte o un tercero.
  • Quienes representen al Estado y no cuenten con la autorización del Procurador General del Estado.
  • Quienes sean actores en los procesos de alimentos.

Abandono

El abandono es la paralización del proceso por falta de impulso de las partes, lo que lleva a su caducidad.

La finalidad del abandono es evitar la duración indefinida del proceso.

Elementos de Procedencia

  1. Transcurso de tiempo (80 días término).
  2. Paralización del proceso.

No Procede el Abandono

  • Procesos en ejecución.
  • Procesos relacionados con niñas, niños y adolescentes u otros incapaces.
  • Procesos donde el actor es una institución del Estado.
  • Cuando la demora en el despacho sea atribuible a la administración de justicia.

Efectos del Abandono

  • En primera instancia: no se puede volver a presentar demanda nueva.
  • En segunda instancia o casación: se desiste la apelación o recurso y se tiene por firme la resolución recurrida.

Allanamiento

El allanamiento es el acto jurídico procesal por el cual una de las partes abdica a su oposición frente a la otra, aceptando el dictado anticipado de la resolución.

Puede ser total o parcial.