Formas y Medios de Pago

Pago a Plazos

El aplazamiento puede ser:

Pago a C/P

Se fracciona la deuda en partes iguales, sin superar el plazo de un año. El cliente adquiere la mercancía sin hacer un desembolso inmediato y el vendedor puede dar salida al producto y recuperar la inversión realizada.

Pago a L/P

Cuando el comprador dispone de un tiempo superior al año para hacer efectiva la deuda. Se suele pagar a través de entidades financieras o de crédito. Tiene intereses que se incluyen junto con la mano de obra y los gastos generales.

Pago al Contado

  • Dinero efectivo
  • Tarjetas bancarias
  • Cheque
  • Transferencia
  • Recibo domiciliado

Pago Aplazado

  • Letras de cambio
  • Pagaré

Tarjeta de Débito

La transferencia de fondos de la cuenta del pagador a la del cobrador se realiza en el momento del pago, excepto si es festivo que hay que esperar a un día hábil.

Tarjeta de Crédito

Permite que el cliente aplace el pago de la compra mediante liquidación mensual. Las compras del mes se liquidan el 15 del mes siguiente. (Ventajas)

Letra de Cambio o Pagaré

Se pacta al mismo tiempo que las condiciones de compraventa y el vendedor tratará de no conceder descuentos o cobrar intereses al comprador para compensar el tiempo de entrega del bien y entrega del precio.

Cheque

Documento por el cual la persona que lo expide ordena a la entidad bancaria a pagar a la persona que figura en el cheque la cantidad.

Regulación

Expresión (cheque), páguese por este cheque, la cantidad expresada en moneda nacional o extranjera admitida a cotización oficial, nombre del librado que efectuará el pago, lugar de pago, lugar y fecha de emisión y firma de persona que lo expide.

Formas de Emisión

  • Al portador: Se paga a cualquiera que lo presente.
  • A la orden: Se pagará a la persona que figura en el cheque o a otra a su orden.
  • Nominativo: Se paga a la persona que figura en el documento.

Cheques Especiales

Por la forma de expedirlos presentan ciertas peculiaridades:

  • Conformado: El banco presenta su conformidad de que el librador tiene fondos suficientes para pagar y que está todo correcto. Se obliga al librador a retener la cantidad.
  • Cruzado: En el anverso del cheque se cruzan dos barras paralelas en diagonal para indicar que el cheque solo se puede cobrar mediante ingreso en cuenta. Puede ser general (entre las dos barras aparece la expresión “banco y compañía”) o especial (entre las barras se inserta el nombre del banco por el cual se puede cobrar).
  • Para abonar en cuenta: En el anverso aparece la expresión: “para abonar en cuenta”. Solo se hace efectivo mediante un asiento contable con abono a la cuenta del tenedor.
  • Bancario: Lo expide el banco o caja de ahorros a solicitud del cliente con cargo a fondos que hay depositados en cuenta corriente o cuenta de ahorros. Siempre es pagado, se cobra una comisión sobre el importe.

Pago del Cheque

Es pagadero a la vista, vence en el momento que se presenta al cobro en el banco y sucursal que figura en el documento: el emitido en España plazo 15 días, Europa y pagadero en España 20 días y cheque emitido fuera de Europa y pagadero en España 60 días.

Endoso del Cheque

Se puede endosar para que otra persona distinta del tomador pueda ejercer el derecho de cobro. El endoso lo puede realizar cualquier tenedor del cheque escribiendo en el reverso: páguese a……(portador)….localidad, fecha y firma del endosante.

Impago del Cheque

Si la cuenta del librador carece de fondos y el librado no puede pagar el importe, el tenedor puede ejercer su derecho al cobro. El tenedor puede emplear su acción de regreso contra los endosantes, librador y… presentando el cheque en tiempo hábil. El protesto consiste en reclamar el pago forzoso mediante acta notarial.

Letra de Cambio

Medio más utilizado en operaciones de compraventa a crédito. Intervienen:

  • Librador: Persona que emite la letra.
  • Librado: Persona que tiene que pagar.
  • Tomador: Persona que tiene derecho de cobre y el librado debe pagarla.
  • Endosantes y endosatarios: El tomador ordena que la letra se pague a otra persona. Esta cesión se denomina endoso, el tomador se convierte en endosante y la persona que recibe los derechos endosatario.
  • Avalista: ….

Requisitos

  • “Por esta letra de cambio”
  • Mandato de pagar una cantidad
  • Nombre librado
  • Lugar libramiento
  • Moneda e importe
  • Fecha libramiento
  • Vencimiento
  • Lugar de pago
  • Nombre tomador
  • Firma librador

Contenido

  • Lugar libramiento
  • Moneda
  • Importe
  • Fecha libramiento
  • Vencimiento
  • Nombre de la persona o entidad a quien el librado tiene que pagar
  • Cantidad o importe expresado en letra
  • Domicilio de pago
  • Cláusulas
  • Librador (datos)
  • Librado (datos)
  • Acepto (firma con la que el librado se compromete a pagar)

Reverso

Aval, endoso y un espacio para un segundo endoso o aval.

Presentación al Cobro y Protesto

El tenedor debe presentarla al cobro el día del vencimiento y si no pierde la acción de regreso contra los obligados cambiarios menos su aval y el aceptante. Si el librado o su avalista se niegan a pagar el tenedor puede ejercer la acción de regreso contra el librador, endosantes y avalistas. El protesto se debe hacer en 5 días hábiles siguientes al vencimiento, si no se pierde el derecho.

Pagaré

Elementos

  • Firmante
  • Beneficiario
  • Endosante
  • Avalista

Contenidos y Requisitos

  • “Pagaré”
  • Promesa de pagar
  • Vencimiento: día, mes y año que el firmante realiza el pago
  • Entidad y número por donde se realizará el pago
  • Nombre de la persona que recibe el importe
  • Cantidad en número y letra
  • Lugar y fecha
  • Firma de la persona que emite

Transferencia

(Beneficiario y ordenante) Interna y externa (directa e indirecta)

Recibo

Justificante de pago. La persona que cobra a otra una cantidad le da el recibo como documento acreditativo.

Tradicional

La persona que cobra entrega un recibo detallando datos.

Normalizado

Pagos que se domicilian en una entidad bancaria. Para la domiciliación es necesaria la autorización escrita del titular de la cuenta por la que se efectuarán los pagos.

Contenidos

  • Datos emisor
  • Número recibo
  • Localidad y fecha expedición
  • Nombre o razón social de persona que entrega dinero
  • Importe letra y número
  • Concepto de pago
  • Firma emisor

Los domiciliados aparte tienen que tener: vencimiento, datos de entidad bancaria y zona reservada para inscripción magnética.

L.R.F.EXP

Contenido: número de factura o documento y fecha, nombre del cliente, base imponible, tipo impositivo, cuota tributaria, importe operación. Se pueden agrupar anotaciones de varias facturas o documentos en un solo apunte.

L.R.F.REC

Se numeran las facturas correlativamente correspondientes a bienes adquiridos o importados y los servicios recibidos. Se anota 1*1 las facturas de proveedores reflejando: número de recepción y fecha emisión, nombre y apellidos del obligado a su expedición, base imponible y tipo tribu, cuota IVA, importe operación.