Guía completa para la creación telemática de empresas en España
Creación de Empresas en España: Guía Completa
Tramitación Telemática
Sistema de Tramitación Telemática (STT): Plataforma para la creación de empresas de forma electrónica.
- Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE): Proporciona información y acceso a la tramitación.
- Punto de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT): Ofrece asesoramiento e inicia la tramitación, presencial o online.
- Documento Único Electrónico (DUE): Permite realizar trámites con diferentes administraciones.
Proceso de Creación Telemática
El emprendedor puede iniciar los trámites de forma presencial en el PAIT o a través de la página web de CIRCE. El Centro de Información distribuye la información a la notaría, agencia tributaria, seguridad social, administración tributaria, registro mercantil y AEPD.
¿Qué es una Empresa?
Definición: Organización dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios con fines lucrativos. Surge por la iniciativa de una o varias personas (empresarios).
- Desde el punto de vista jurídico: Organización de personas y bienes con capacidad para ser sujeto de derechos y obligaciones.
- Desde el punto de vista económico: Su finalidad es la obtención de productos y servicios a partir de recursos productivos, financieros, materiales e inmateriales.
Proceso de Constitución de una Sociedad Mercantil
1. Tramitación Ordinaria
A) Trámites Previos a la Escritura:
- Obtener la certificación negativa de denominación social.
- Obtener el certificado bancario de haber realizado las aportaciones necesarias.
B) Trámites para Otorgar la Escritura:
- Proporcionar al notario los datos para la escritura y los estatutos sociales.
- Acreditar la personalidad de los otorgantes y los poderes necesarios (si se firma por representación).
- Firmar la escritura pública por todos los otorgantes.
C) Trámites Posteriores a la Escritura:
- Obtención del NIF provisional: Emitido por la Agencia Tributaria.
- Liquidación del ITPAJD: Marcar la casilla “exento” y presentarla para poder inscribirse en el Registro Mercantil.
- Inscripción de la escritura en el Registro Mercantil: Puede hacerse a través del notario. Se publicará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME).
- Obtención del NIF definitivo: Presentar el modelo 036 con la copia autorizada de la escritura inscrita en el Registro Mercantil.
- Copia autorizada de la escritura: El notario la expide con el NIF definitivo, acreditando el nombramiento de los administradores.
2. Tramitación Simplificada
Se aplica a Sociedades Limitadas que cumplan estos requisitos:
- Capital entre 3.100€ y 30.000€.
- Socios personas físicas.
- Administrador único.
- Tramitación telemática.
3. Tramitación Simplificada Abreviada
Simplifica aún más la tramitación para Sociedades Limitadas con estas características:
- Capital entre 3.000€ y 3.100€.
- Adopción de estatutos tipo.
Trámites para Otorgar la Escritura: Entregar al notario los estatutos tipo con los datos de la sociedad.
Trámites Posteriores: El plazo para inscribir la sociedad en el Registro Mercantil es de 7 horas hábiles desde la recepción de la copia autorizada telemática de la escritura.
Documentación Necesaria para Constituir una Sociedad Mercantil
El proceso de constitución genera una documentación específica:
- Certificación negativa de nombre por acción social.
- Número de Identificación Fiscal (NIF).
- Escritura pública de constitución.
- Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Inscripción en el Registro Mercantil y registros especiales.
1. Certificación Negativa de Nombre por Acción Social
Se solicita al Registro Mercantil Central para comprobar que no existe otra sociedad con el mismo nombre. Es necesaria para que el notario autorice la escritura de constitución. La reserva del nombre tiene una duración de seis meses.
2. Número de Identificación Fiscal (NIF)
Obligatorio para personas físicas y jurídicas en sus relaciones tributarias. Se solicita a la Agencia Tributaria a través del modelo 036, junto con la copia de la escritura, estatutos sociales, certificación de inscripción en un registro público y acreditación de la representación de la sociedad.
3. Escritura Pública de Constitución
Debe ser otorgada por todos los socios fundadores e incluir:
- Identidad de los socios.
- Tipo social.
- Aportaciones de cada socio.
- Numeración de las participaciones o acciones.
- Estatutos de la sociedad.
- Identificación de los administradores y representantes de la sociedad.
4. Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Se realiza a través del modelo 600 ante la Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente.
5. Inscripción en el Registro Mercantil y Registros Especiales
Último paso para la constitución de la sociedad. Se puede realizar de forma presencial o telemática.