Manual de Derecho Civil
1. Orígenes del Derecho
Término fuente: designa los órganos o entes que crean el derecho.
En derecho podemos distinguir entre: producción y conocimiento.
En la historia de los derechos antiguos es preeminente: el derecho romano.
La constitución republicana era un modelo: de equilibrio entre los patricios y plebeyos.
En la época de expansión imperial: el ius civile se funde con el ius honorarium.
Caída definitiva imperio romano 476 d.C.: el imperio romano continúa en Bizancio.
El Corpus Iuris de Justiniano: digesto, código, novelas.
Tendencias estilísticas culturales: clasicismo y bulgarismo.
Después invasiones de los godos mayor obra influencia: Brevario de Alarico o Lex Romana Visigotorum.
Derecho medieval: diversidad de fuentes y ordenamientos territoriales, locales.
Durante la reconquista: las costumbres hacen volver a un primitivismo jurídico, predomina la fuerza.
Código 7 partidas: Alfonso X.
Organos de la constitución romana
Época monárquica:
- Rey
- Senado
- Asambleas populares
Época republicana:
- Magistrados
- Senadores
- Ciudadanos
Pretor: un magistrado.
Ley de 7 tablas: compilación costumbres antiguas.
Primitivas formas actuar en juicio: las legis actiones.
Culpa: no observar la diligencia debida.
Patria potestad: poder sobre los sometidos del paterfamilias.
Escuela histórica alemana: XIX.
Las partidas: código de Alfonso X el Sabio.
Código civil español: XIX.
Código Civil: conserva derechos forales, regionales.
4. Distintas Ramas del Ordenamiento
Constitución 1978: enuncia un modelo económico y configura el llamado estado de autonomías.
Administraciones públicas: local, autonómicas, estatal.
Legalidad penal: proporciona seguridad y permite conocer delitos y faltas.
Inicio de un proceso es: la acción judicial.
Fuentes del Derecho Internacional Público: estados y organizaciones internacionales (ONU)
Origen contenidos Derecho Civil: Instituciones de Gayo s.III
Separación y disolución matrimonial: derecho de familia.
Categoría Derecho hereditario: sucesión testamentaria y sucesión legal.
Premisa indispensable derecho mercantil: libre mercado, libre ejercicio.
Requisitos derecho laboral: trabajo productivo y realizarse cuenta ajena.
5. Derecho Patrimonial
Derecho Categorías Derechos reales: la propiedad y los derechos reales en cosa ajena.
Elementos concepto patrimonio: unitario, relaciones jurídico económicas, sujeto jurídico.
Artículo 1088 CV: dar, hacer o no hacer.
Obligaciones en las instituciones de Gayo: nacidas de contrato o delito.
Obligaciones solidarias: acreedores están facultados para exigir a los deudores.
Requisitos de prestación: ser posible, lícita, determinada o determinable y de contenido patrimonial.
Responsabilidad contractual se exime: caso fortuito o fuerza mayor.
Elementos reales contratos compraventa: la cosa y precio.
Significa compraventa de un contrato oneroso: prestaciones, comprador y vendedor recíprocas, equilibrio económico, mutuo interés.
6. Personas
Capacidad de Obrar
Para realizar ciertos actos jurídicos.
Regla más justa: el concebido se tiene por nacido para todos los efectos.
Proteger vida del feto: después 3 meses embarazo.
Menor emancipado: 14 años.
Los discapaces: patrimonio propio.
Extranjeros considerados españoles: nacionalidad.
Extranjeros mismo derecho españoles: depende de las leyes especiales y los tratados.
Personas Jurídicas
Asociaciones, corporaciones, fundaciones.
Capacidad civil de fundaciones: reglas de la institución administrativa.
7. Familia
Familia nuclear: marido, mujer, hijos y familia mismo techo.
Normas derecho de familia: de los 2 derechos.
Familia regulada: código civil, constitución, leyes especiales.
Familia pecuniaque: obtener ganancias para la familia.
8. Matrimonio
Finalidad principal matrimonio clásico: procreación y educación hijos.
Todos hijos igual derechos filiación: matrimonial, no matrimonial y adoptiva.
Prestación de alimento: manutención, vestidos, médica, educación, instrucción.
Patria potestad: padre y madre.
Matrimonio romano clásico: affectio maritales y honor matrimonii.
El matrimonio en Derecho canónico: consentimiento inicial.
Constitución española: hombre y mujer derecho matrimonio plena igualdad jurídica.
Matrimonio homosexuales: ley 2005.
Extinción matrimonio: muerte y divorcio.
Para separarse: 3 meses.
Solicitar el divorcio: uno de los cónyuges.
Repudio: notificación 1 cónyuge a otro quiere separarse.
Capitulaciones: antes y después del matrimonio.
Regímenes económicos y matrimoniales: sociedad de ganancias, participación y separación de bienes.
Cuando no se realizan capitulaciones: sociedad de ganancias.
Bienes privativos herencia o donación: no se consideran bienes gananciales.
Pueden donar contrayentes bienes futuros: solo caso de muerte.
9. Herencia
La herencia comprende: bienes y deudas.
La sucesión: testamentaria y legítima.
Legítima de hijos y descendientes CV: 2/3 caudal hereditario.
El testador puede atribuir: solo a los legitimarios.
Herederos forzosos: herederos legitimarios.
Ley de empresa, socio testador dejar acciones: extraño, con obligación pagar legitimarios.
Ley discapacitados y dependientes: sustitución fideicomisario de todo o parte.
En donaciones, el donante: revocar la donación si concurren determinados hechos.
Son donaciones remuneratorias aquellas: servicios prestados al donante.