Preguntas y Respuestas Frecuentes sobre el Procedimiento de Fiscalización en México
Preguntas Frecuentes sobre el Procedimiento de Fiscalización en México
Examen Segundo Parcial (A)
1. ¿Cuáles son los requisitos que debe contener la orden de visita?
R: Los requisitos se encuentran señalados en los artículos 38 y 43 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Artículo 38 CFF:
Los actos administrativos que se deban notificar deberán tener por lo menos los siguientes requisitos:
- Constar por escrito en documento impreso o digital.
Tratándose de actos administrativos que consten en documentos digitales y deban ser notificados personalmente o por medio del buzón tributario, deberán transmitirse codificados a los destinatarios.
Señalar la autoridad que lo emite.Señalar lugar y fecha de emisión.Estar fundado, motivado y expresar la resolución, objeto o propósito de que se trate.Ostenar la firma del funcionario competente y, en su caso, el nombre o nombres de las personas a las que vaya dirigido. Cuando se ignore el nombre de la persona a la que va dirigido, se señalarán los datos suficientes que permitan su identificación. En el caso de resoluciones administrativas que consten en documentos digitales, deberán contener la firma electrónica avanzada del funcionario competente, la que tendrá el mismo valor que la firma autógrafa.Artículo 43 CFF:
En la orden de visita, además de los requisitos a que se refiere el artículo 38 de este Código, se deberá indicar:
- El lugar o lugares en donde debe efectuarse la visita. El aumento de lugares a visitar deberá notificarse al visitado.
- El nombre de la persona o personas que deban efectuar la visita, las cuales podrán ser sustituidas, aumentadas o reducidas en su número, en cualquier tiempo por la autoridad competente. La sustitución o aumento de las personas que deban efectuar la visita se notificará al visitado.
Las personas designadas para efectuar la visita, la podrán hacer conjunta o separadamente.
- Tratándose de visitas domiciliarias a que se refiere el artículo 44 de este Código, las órdenes de visita deberán contener impreso el nombre del visitado, excepto cuando se trate de órdenes de verificación en materia de comercio exterior y se ignore el nombre del mismo.
2. ¿En qué actos dentro del procedimiento de fiscalización, a través de la revisión de gabinete y visita domiciliaria, se le otorga el término de 20 días para desvirtuar los hechos observados en la auditoría?
En el acta final parcial y el oficio de observaciones.
3. ¿Se puede ampliar el embargo?
R: Sí, en cualquier momento del procedimiento administrativo de ejecución, cuando la autoridad estime que los bienes embargados son insuficientes para cubrir los créditos.
4. ¿Qué cantidad debe cubrir un postor al momento de solicitar serlo?
R: Debe cubrir las 2/3 partes del valor señalado como base, o el 10% si se refiere al registro.
5. Para notificar la orden de visita, tratándose de la verificación de comprobantes fiscales, ¿qué debe hacer el notificador?
R: Si no se encuentra a la persona a notificar, se entenderá la diligencia con quien se encuentre en el domicilio, levantándose la correspondiente acta parcial.
6. En el transcurso de un procedimiento administrativo de ejecución, la autoridad le niega al contribuyente el derecho de designar bienes. ¿El deudor podrá impugnar por los medios legales ordinarios?
R: No se puede impugnar dicho embargo por no ser una resolución definitiva, solo hasta la convocatoria de remate.
7. En una visita domiciliaria, se solicitó información y documentación al contribuyente. Al no proporcionarla en tiempo y forma, la autoridad le interpone una sanción. ¿Esta forma parte de la auditoría?
R: No, es independiente (es una multa).
8. En el caso de que las pujas sean iguales, ¿quién se adjudica el bien?
R: La autoridad.
9. ¿El sujeto pagador podrá ser sujeto pasivo en la relación jurídico-tributaria?
R: No puede figurar en dicha relación.
10. ¿El plazo de la prescripción se interrumpe cuando la autoridad inicia una auditoría?
R: Sí.
Examen Segundo Parcial (B)
1. ¿Cuáles son los requisitos de la orden de visita?
R:
- Constar por escrito.
- Señalar la autoridad que la emite y ostentar su firma autógrafa.
- Encontrarse fundada y motivada.
- Señalar el objeto de la visita, el domicilio del contribuyente y el nombre de los visitadores.
2. ¿Cuál es el término mínimo con el que cuenta la autoridad para concluir el procedimiento de fiscalización en una revisión de gabinete?
R: 12 meses (1 año).
3. Cuando se inicia el procedimiento administrativo de ejecución y se requiere de pago, el deudor se rehúsa a pagar el crédito fiscal. ¿Qué término debe transcurrir para levantar el acta de embargo, sin que esta sea ilegal?
R: Ninguno.
4. ¿El plazo de la prescripción se interrumpe cuando la autoridad inicia una auditoría?
R: Sí.
5. ¿Qué término se debe conceder al contribuyente cuando se levanta el acta final?
R: Ninguno.
6. ¿El sujeto pagador podrá ser sujeto pasivo en la relación jurídico-tributaria?
R: No puede figurar en dicha relación.
7. Señale cuál es la finalidad del procedimiento fiscalizador.
R: Crear la sensación de riesgo en el contribuyente, a fin de inducirlo a cumplir con sus obligaciones fiscales, alentando el cumplimiento voluntario de las mismas.
8. En el procedimiento administrativo de ejecución, existe el derecho del deudor para proponer comprador de sus bienes embargados. ¿Qué cantidad tendrá que pagar este comprador?
R: La base para el remate.
9. ¿La devolución de un crédito fiscal a favor de un contribuyente está sujeta a la prescripción?
R: Sí.
10. ¿Será postura legal la que cubra qué cantidad?
R: Las 2/3 partes del valor señalado como base.