Principios Clave del Procedimiento Administrativo: Interesados, Inicio, Informes, Plazos y Silencio
Principios Clave del Procedimiento Administrativo
El Principio de Contradicción
El principio de contradicción en el procedimiento administrativo asegura que todos los intereses en juego puedan ser presentados y confrontados antes de tomar una decisión. Los interesados tienen derecho a:
- Conocer el estado de la tramitación.
- Aducir alegaciones y aportar documentos.
- Proponer pruebas.
- Al trámite de audiencia.
¿Quiénes son los Interesados?
Se consideran interesados en el procedimiento administrativo a:
- Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos.
- Aquellos con derechos que puedan verse afectados por la decisión.
- Personas o entidades cuyos intereses legítimos puedan resultar afectados y se personen en el procedimiento.
El interés legítimo implica recibir un beneficio o evitar un perjuicio derivado del acto o disposición recurridos.
Inicio del Procedimiento Administrativo
El procedimiento administrativo puede iniciarse de dos formas:
- De oficio.
- A solicitud del interesado.
La iniciación de oficio puede ser por iniciativa del órgano competente, orden superior, petición razonada de otros órganos o a través de una denuncia. La denuncia es una forma de iniciación de oficio. El procedimiento sancionador siempre se inicia de oficio.
Los Informes en el Procedimiento
Un informe es una declaración de juicio emitida por órganos cualificados para ilustrar al órgano decisor.
Tipos de Informes
- Preceptivos: De obligatoria emisión.
- Facultativos: No obligatorios.
- Vinculantes: El órgano sustantivo debe resolver en los términos del informe.
- No vinculantes: El órgano decisor puede separarse del informe, motivando su decisión.
En general, los informes preceptivos son solicitados por ley. Si no se emite un informe preceptivo, se puede suspender el plazo máximo para resolver.
Plazos para Resolver
El plazo máximo para notificar la resolución es el fijado por la norma reguladora del procedimiento, sin exceder de seis meses, salvo excepciones legales. Si no se fija plazo, será de tres meses.
El Silencio Administrativo
La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos. El silencio negativo es una ficción para abrir la vía de recurso.
Casos de Silencio Negativo
- Si la Administración no notifica su decisión en tres meses, el interesado puede denunciar la mora y, tras tres meses desde la denuncia, considerar desestimada su petición.
- Si se interpone un recurso administrativo y no se resuelve en el plazo fijado, se entiende desestimado.
La denegación presunta no exime a la Administración de dictar una resolución expresa.
Naturaleza del Silencio Administrativo
El silencio administrativo positivo implica la estimación de lo solicitado por la falta de actuación de la Administración. El silencio administrativo negativo otorga al particular la opción de esperar la resolución o impugnar la inactividad.
Consecuencias de la Resolución Fuera de Plazo
- En casos de silencio positivo, la resolución expresa posterior solo puede ser confirmatoria.
- En casos de silencio negativo, la resolución expresa posterior no está vinculada al sentido del silencio.