Subcontratación y Protección Radiológica en Chile: Ley 20123 y Normativas Clave
Fundamentos de la Subcontratación y Protección Radiológica
Ley 20123 – Subcontratación
En enero de 2007 se implementó la ley de subcontratación (Ley 20123). La Presidenta mencionó que uno de sus principales objetivos era crear más y mejores empleos, y construir relaciones laborales más modernas, justas y equilibradas. El origen de esta ley tuvo como génesis las grandes desigualdades y la falta de regulaciones laborales claras en materia de subcontratación, donde las empresas contratistas y subcontratistas, en su gran mayoría, presentaban estándares muy por debajo de los de sus mandantes, principalmente desde el punto de vista de la seguridad social.
Dentro de los aspectos esenciales en la ley se considera:
- Trabajo en régimen de subcontratación.
- Empresa de servicios transitorios.
- Art. 66 bis de la Ley 16744.
- Empresa Principal.
- Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.
- Contratista y subcontratista.
- Comité paritario de faena.
- Departamento de prevención de riesgo de faena.
- Reglamento especial contratista y subcontratista.
- Circular 2345 SUSESO.
Reglamento de Protección Radiológica – Aspectos Legales
La incorporación de tecnologías con fuentes radiactivas y, por consiguiente, la emisión de radiaciones ionizantes, tiene en este último tiempo una creciente utilización en la industria de la construcción. Los equipos más utilizados son:
- Densímetros Nucleares: Utilizados para determinar la densidad y humedad en suelos y asfaltos, debido a los grandes beneficios en la entrega de información de las densidades y humedad en tiempo real, evitando demorados análisis de laboratorio.
- Equipos de Radiografía y Gammagrafía Industrial: Utilizados para la certificación de la calidad de las soldaduras de estructuras metálicas (como uniones de soldaduras realizadas en equipos críticos como oleoductos y estructuras metálicas) y, en el caso de la gammagrafía, para el control de niveles, flujos y espesores, etc., con importantes beneficios en la precisión y tiempo de disposición de los resultados para su evaluación.
La incorporación de tecnologías que utilizan radiaciones ionizantes tiene importantes beneficios; sin embargo, también conlleva riesgos y peligros significativos cuando su uso es inapropiado. Por ello, se deben extremar las medidas preventivas para evitar accidentes, adoptando las recomendaciones emitidas por la Comisión Internacional de Protección Radiológica.
En la actualidad existen innumerables casos de accidentes radiológicos a nivel nacional y mundial, con efectos catastróficos sobre las personas y el medio ambiente. Por nombrar un caso cercano, podemos mencionar el accidente catastrófico del Instituto Goiano de Radioterapia de Goiânia en Brasil (1985), donde la falta de información e ignorancia sobre la manipulación de fuentes radiactivas de Cesio 137 por parte de unos «chatarreros», al demoler el edificio abandonado, produjo un desastre. Esto ocurrió debido al contacto directo con cloruro de cesio, que es altamente soluble y de muy fácil dispersión, considerado un agente extremadamente peligroso. En el accidente fueron afectadas directamente 249 personas, las cuales recibieron altos niveles de exposición a radiaciones, y en menos de un mes murieron los primeros cuatro afectados en el hospital.
En las obras de construcción chilenas, la causa principal de los accidentes se genera en la operación y transporte de los densímetros nucleares. Esto se debe, principalmente, a la falta de información, el desconocimiento y el incumplimiento de las disposiciones legales sobre protección radiológica. Esta es una razón más que justificada para entender la fuerte fiscalización de los Servicios de Salud durante este último tiempo respecto a las fuentes radiactivas de 2ª y 3ª categoría, ya que las de primera categoría son controladas por la Comisión Chilena de Energía Nuclear.
Clasificación de las radiaciones:
- Ionizantes.
- No Ionizantes.
Legislación nacional relacionada con la protección radiológica:
- Decreto nº3/85, Reglamento de Protección Radiológica de Instalaciones Radioactivas.
- Ley nº18730, Seguridad Nuclear.
- Decreto Supremo nº133, Reglamento Sobre Autorización.
Aspectos relevantes a considerar en la protección radiológica en obras de construcción:
- Capacitación en Protección Radiológica.
- Autorizaciones legales de importación, transporte, operación y almacenamiento.
- Señalización de las fuentes radiactivas.
- Efectos biológicos de las radiaciones.
- Tipos de fuentes, actividad y dosis recibidas.
- Prácticas y Procedimientos Seguros de Trabajo para operar equipos radiactivos.
- Distancia de seguridad (ej., límite de 2,5 mrem/h).
- Protección mediante el Blindaje.
- Vigilancia radiológica y Programa de control dosimétrico.
- Instrumentos de monitoreo (ej., Contador Geiger-Müller).