Tipos de Empresas y Derecho Mercantil en España
Tipos de Empresas en España
A. Empresa Individual
La empresa individual es un tipo de empresa que tiene personalidad física y el empresario individual es una persona física que realiza una actividad comercial. La empresa individual se manifiesta con:
- Autónomo: persona física que desarrolla una actividad comercial.
- Es la forma de empresa que requiere menos gestiones para su constitución.
Ventajas:
- El empresario tiene todo el control de la empresa.
- Lleva muy pocos trámites para crear la empresa.
- Suele ser más rentable para pequeños negocios sin grandes beneficios.
Inconvenientes:
- El empresario debe hacer frente a todos los gastos.
- Responsabilidad ilimitada: en caso de deuda, el autónomo responde con todo su patrimonio presente y futuro.
- En caso de tener muchos beneficios, los impuestos a pagar son muy elevados.
B. Sociedad Civil Pública
Es un acuerdo entre dos o más personas para poner en común dinero o bienes y repartir las ganancias de una actividad mercantil. Hay socios capitalistas (aportan dinero o bienes) y socios industriales (aportan trabajo). La responsabilidad de los socios es personal e ilimitada frente a deudas, y no tiene personalidad jurídica propia. Los socios tributan a través del Impuesto sobre Sociedades.
C. Sociedad Colectiva (S.C.)
Es una sociedad donde todos los socios comparten derechos y obligaciones. La responsabilidad es subsidiaria y solidaria, lo que significa que los socios responden con su patrimonio personal ante las deudas. Se puede formar con un mínimo de dos socios y no requiere un capital mínimo. Los beneficios se reparten según el capital aportado.
D. Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L. o S.R.L.)
Es muy común en España porque protege el patrimonio personal de los socios. Solo responden con el dinero que han aportado, no con su patrimonio personal. Se puede crear con un solo socio, y el capital mínimo es 1 €. Es ideal para pequeñas y medianas empresas. Los socios no pueden vender sus participaciones libremente; tienen que ofrecerlas primero a los demás socios.
Ventajas:
- Permite crear una sociedad con bajo capital.
- La responsabilidad de los socios es limitada, es decir, no responden con su patrimonio.
- La puede crear un solo socio.
Inconvenientes:
- La transmisión de las participaciones no es libre a terceras personas.
- Los trámites son más complejos que en otras sociedades.
- No se necesita tener un porcentaje importante de participaciones para tener poder de decisión en la gestión.
E. Sociedad Anónima (S.A.)
Es una sociedad pensada para grandes empresas. El capital está dividido en acciones que pueden comprarse y venderse libremente. El capital mínimo es de 60.000 €, del cual al menos el 25% debe pagarse al inicio. Los socios responden solo con el dinero que aportan y tributan a través del Impuesto sobre Sociedades.
Ventajas:
- Fácil vender las acciones, lo que permite captar mucho dinero.
- La responsabilidad es limitada, no responden con su patrimonio.
- Suele dar buena imagen, lo que facilita la financiación.
Inconvenientes:
- Se necesita un capital alto para empezar.
- Trámites de constitución complejos.
- Se necesitan grandes inversiones.
F. Sociedad Laboral y Participada
En este tipo de sociedad, la mayoría del capital pertenece a los trabajadores, quienes también son socios. Es ideal para empresas donde los empleados quieren tener control. El capital mínimo es 1 € para S.L.L. (limitada) y 60.000 € para S.A.L. (anónima). Los trabajadores tienen contratos indefinidos y la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado.
G. Sociedad Cooperativa
Es una sociedad enfocada en satisfacer las necesidades de sus socios, no en obtener beneficios. Los socios tienen los mismos derechos, independientemente del dinero que aporten. Funciona de manera democrática, donde cada socio tiene un voto. Las cooperativas pueden ser de distintos tipos, según su actividad (agrarias, de consumo, de trabajo, etc.), y su regulación varía según la Comunidad Autónoma.
Ventajas:
- Existen ayudas especiales para cooperativas y se pagan menos impuestos.
- Es la sociedad donde los socios participan más y es la más democrática.
- El principal objetivo suele ser el empleo de sus miembros.
Inconvenientes:
- Se necesita una gran relación entre los socios para funcionar.
- Los trámites de constitución son más complejos que en otras sociedades.
- Hay que crear cada año un fondo de reserva obligatorio.
Derecho Mercantil
Derecho mercantil: parte del derecho que regula la actividad económica, es decir, la actividad económica que se realiza en una empresa. Código de Comercio: principal marco legislativo de las operaciones mercantiles en España; todo lo referente a los contratos mercantiles. El orden de aplicación es primero el Código de Comercio, luego las leyes especiales y, por último, las reglas generales del derecho común o civil. La constitución de una empresa es el conjunto de obligaciones formales y trámites que hay que realizar de forma obligatoria para que tengan validez legal. Trámites más habituales:
- Escritura ante notario.
- Inscripción en el Registro Mercantil.
- Obtener el nombre de la empresa.
- Inscripción en otras entidades públicas.
- Abrirse una cuenta bancaria a nombre de la empresa.
Acciones y Participaciones
Acciones: Son partes alícuotas del capital social de una S.A. Son partes iguales, acumulables e indivisibles, son libremente transferibles, suelen cotizar en bolsa y su poseedor tiene derecho a recibir beneficios.
Participaciones: Parte alícuota del capital social de las sociedades limitadas. No son libremente transferibles y no suelen cotizar en bolsa. Su poseedor tiene derecho a recibir beneficios.
El auge de las Startups
El gran desarrollo de la tecnología está facilitando que algunas empresas de reciente creación, las startups, puedan empezar siendo un local y pasen a ser multinacionales en poco tiempo. Una startup es una organización temporal caracterizada por estar en una fase inicial desarrollando un negocio renovable.