En su primer tratado, Locke sostenía que los monarcas no tenían ningún derecho divino a gobernar, pues Dios no había puesto a algunos hombres por encima de los demás. En el segundo, atacó a Hobbes y expuso su interpretación liberal del Estado de Naturaleza (EDN): El hombre es libre, y en esta condición todos los hombres son iguales. A continuación, encontraremos las semejanzas y las diferencias entre estos dos grandes pensadores.

Tanto Hobbes como Locke configuraban un a priori según su estrategia argumentativa. Para Hobbes, el hombre en estado de naturaleza (EDN) no puede tener propiedad, porque ésta será posible únicamente bajo el poder común de un soberano. Para Locke, en cambio, tomando en cuenta que todo le pertenece a Dios-Soberano, el hombre en EDN ya debe tener propiedad, porque esto le permitirá después tener derecho a resistir al soberano, cuando éste obre contra los intereses de la propiedad de los individuos que pactaron. John Locke estructura su propuesta política a partir, justamente, de la idea de propiedad.

Locke tiene el mismo punto de partida que Hobbes: los seres humanos nacen todos libres e iguales. Pero de esto no infiere la guerra de todos contra todos, sino que nadie tiene derecho a quitarle nada a nadie. El supuesto básico es que, sin sociedad política, los hombres no podrían vivir juntos en forma pacífica, por ello la necesidad del cuerpo político. Así, tanto para Hobbes como para Locke, el fin de la sociedad política debe ser el mantenimiento de la paz y la seguridad.

Este supuesto, aunque similar al contrato social hobbesiano, difiere en varios puntos. El fin de ambos es el mismo: la paz y la seguridad de la comunidad, pero la forma de lograrlo es diferente. El Leviatán de Hobbes posee poder absoluto, incluso en materias eclesiásticas. El magistrado Locke carece de tan amplias facultades. Su deber simplemente es asegurar la paz civil y la propiedad de los ciudadanos. En fin, no parece aventurado sugerir que, si ambos abogan por la paz, el llamado de Hobbes es más desesperado.

Comentario: La doctrina del contrato social

La libertad absoluta del estado de naturaleza resulta necesariamente restringida por las instituciones jurídicas y políticas, y esta restricción solo puede justificarse si tiene su origen en el consentimiento de todos los que se han incorporado, mediante el pacto o contrato, a esa sociedad política, sometiéndose a su gobierno. Si en el estado de naturaleza el hombre está sujeto al constante riesgo de ser agredido, así como a la tentación de agredir, justamente para evitar esta situación de inseguridad donde la fuerza actúa en estado difuso y cada uno es libre de decidir si usarla o no, siendo al mismo tiempo juez y parte, los individuos instauran, a través del contrato, el monopolio de la fuerza en manos del gobierno. El resultado del acuerdo establecido es la constitución de una comunidad que actúa perfectamente unida, como un solo cuerpo, de ahí la apelación a un cuerpo político.

El origen del gobierno civil

En su análisis para establecer el origen y justificación de la sociedad política o civil, Locke la hace derivar de un pacto o contrato que los hombres realizan desde el estado de naturaleza. Locke entiende por estado de naturaleza aquel en el que los hombres viven juntos según la razón, sin que haya un superior común para dirimir en los conflictos que surjan entre ellos. Antes de la existencia de una sociedad política, este es el estado en el que se encuentran los hombres.

En el estado de naturaleza hay una ley, la ley moral natural, entendida como una y alcanzable por el uso de la razón humana, en virtud de la cual se entiende con claridad que todos los hombres son iguales e independientes y que nadie debe dañar a otros en su vida, libertad y bienes, que son considerados por Locke como derechos naturales de todos los seres humanos. En el estado de naturaleza les resulta muy difícil a los hombres preservar sus libertades y derechos puesto que, de la existencia de una ley moral natural que obliga a todos en conciencia, no se deduce que todos la cumplan de hecho. En consecuencia, cada uno está facultado para tomarse la justicia por su mano y castigar los delitos de que sea objeto. Ahora bien, ser juez en causa propia es un mal para el establecimiento de la justicia.

Crítica de la monarquía absoluta

En opinión de Locke, la aprobación del pacto para constituir la sociedad política implica el consentimiento de los individuos que lo firman a someterse a la voluntad de la mayoría, siendo la prestación de ese consentimiento al gobierno de la mayoría lo que le permite afirmar a Locke la radical superioridad de la sociedad política sobre el sistema de la monarquía absoluta, ya que dicho consentimiento es en sí mismo el fundamento racional que le falta a esta última, especialmente si tenemos en cuenta que, para Locke, el origen divino de las monarquías ni está probado, ni constituye un fundamento racional. Como puede observarse al final del párrafo, Locke percibe a la monarquía absoluta como una forma degradada del estado de naturaleza, ya que en ella los hombres no disponen de un juez independiente al que apelar para dirimir en sus controversias.

Los distintos poderes en el gobierno civil y su necesaria separación

Tenemos así que el pensamiento político de Locke establece un gobierno representativo compuesto por aquellos a quienes los que componen la sociedad han confiado el poder y el derecho de dirigir a los gobernados para el bien de la comunidad y de cada uno de sus miembros. Para Locke, la primera y fundamental ley positiva de una comunidad es la que establece un poder legislativo, y la comunidad es la que establece un poder legislativo, y la comunidad pone este poder en manos de quienes piensan que responderán a su confianza de ser gobernados por leyes definidas, pues de otro modo su paz, tranquilidad y propiedad estarían afectadas por la misma inseguridad de que estaban afectadas en el estado de naturaleza. En el pensamiento de Locke, el poder legislativo representa el poder supremo de la comunidad, y los demás poderes que radiquen en otros miembros o sectores de la sociedad deben derivarse de aquel y estarle subordinados. No obstante lo anterior, para Locke el poder legislativo no es absoluto y afirma que queda en el pueblo un poder superior de anular o alterar el poder legislativo cuando los actos de este poder sean contrarios a la confianza en él depositada. Locke establece unos límites al poder legislativo que, de hecho, actúan como salvaguarda de los ciudadanos.

Por otra parte, Locke defendía la necesidad de establecer una división de poderes en la comunidad, ya que, en su opinión, no era de ningún modo deseable que las personas que hacen las leyes sean al mismo tiempo las que las ejecutan, puesto que pueden estar tentadas de eximirse a sí mismas del cumplimiento de dichas leyes. Por consiguiente, el poder ejecutivo habrá de estar separado del poder legislativo. De la misma manera que en el estado de naturaleza cada individuo se relaciona con los demás desde su “poder natural individual”, en la comunidad universal de Estados cada uno de ellos se relaciona con los demás desde su poder, también natural, fundado en la defensa de la comunidad a la que representa.

Vocabulario

  • Poder ejecutivo: En el ámbito político de un Estado, es el poder que tiene a su cargo gobernar dicho estado, aplicar y hacer cumplir unas leyes.
  • Príncipe absoluto: Expresión para denominar al monarca de un Estado absoluto.
  • Legislatura: Conjunto de órganos e instituciones encargados de producir leyes para una sociedad política determinada.
  • Bien común: Es el bien de los individuos en cuanto que son miembros de un Estado, y es este el que debe proporcionar a cada uno de sus miembros lo necesario para su bienestar y felicidad. El bien común se identifica con todo lo útil, beneficioso o que se reconoce como apto para satisfacer las necesidades humanas.