Derecho Laboral en Guatemala: Salarios, Prestaciones, Sindicatos y Contratos
Derecho Laboral en Guatemala
Salario
El salario es la prestación que obtiene el trabajador a cambio de su trabajo. Es la retribución que el patrono debe pagar al trabajador en virtud del cumplimiento del contrato de trabajo. Existen diferentes tipos de salario: por unidad de tiempo, por unidad de obra y por participación. El salario digno, como uno de los derechos humanos, se encuentra dentro de los derechos económicos, sociales y culturales. Algunos tipos de salario son: salario base, salario nominal, salario real y salario social.
Prestaciones Laborales en Guatemala
Las prestaciones laborales son los servicios o remuneraciones que un empleador ofrece a sus trabajadores. La ley protege al trabajador frente al patrono, estableciendo prestaciones mínimas obligatorias. Entre las prestaciones laborales se encuentran:
- Salario ordinario
- Bonificaciones
- Incentivos
- Horas extras
- Aguinaldo
- Bono 14
- Vacaciones
- Indemnización por despido
- IGSS (Instituto Guatemalteco de Seguridad Social)
- Programa IVS (Invalidez, Vejez, Sobrevivencia)
- IRTRA (Instituto de Recreación de los Trabajadores)
- Jubilación
- Días feriados
- Séptimo día
Bonificación e Incentivo
La bonificación es un incentivo creado para los trabajadores del sector privado con el objeto de estimular y aumentar su productividad. No está sujeta ni afecta a las cuotas patronales ni laborales (ej. IGSS, IRTRA, INTECAP).
Indemnización
La indemnización es el pago que el patrón realiza a un trabajador por un daño causado durante su permanencia como empleado. Incluye el pago del salario y otros beneficios adicionales.
Aguinaldo
El aguinaldo es el equivalente a un mes de salario por año laborado. Si se ha laborado menos tiempo, debe calcularse proporcionalmente.
Vacaciones
Las vacaciones son un derecho de todo trabajador después de un año de servicios continuos prestados. Consisten en 15 días hábiles pagados.
Higiene y Seguridad
La higiene y seguridad laboral se relaciona con los riesgos laborales, dentro del contexto de prevención y aspectos educativos, con especial relevancia en evitar accidentes laborales.
IGSS
El IGSS es una institución gubernamental autónoma dedicada a brindar servicios de salud y seguridad social a la población afiliada. Entre los beneficios del Programa IVS se encuentran:
- Pago de prestación por fallecimiento del afiliado.
- Pago de cuota mortuoria en caso de fallecimiento del afiliado.
Jubilación
La jubilación es el acto administrativo por el cual un trabajador en activo, ya sea por cuenta propia o ajena, pasa a una situación pasiva o de inactividad laboral, luego de alcanzar una determinada edad máxima legal para trabajar.
Derechos de la Mujer Embarazada
El artículo 47 de la Constitución establece que la familia, elemento natural y fundamento de la sociedad, tendrá protección especial por parte del Estado.
Sindicatos
Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses (Artículo 23, inciso 4 de la Constitución). Un sindicato es una asociación integrada por trabajadores para la defensa y promoción de sus intereses laborales.
Funciones de los Sindicatos
- Reunirse con sus afiliados, informarles y llegar a acuerdos.
- Negociar en nombre de sus afiliados la negociación colectiva sobre salarios y condiciones de trabajo.
Objetivo Principal del Sindicato
El objetivo principal del sindicato es el bienestar de sus miembros: asegurar condiciones dignas de seguridad e higiene laboral y generar, mediante la unidad, la suficiente capacidad de negociación.
Libertad Sindical
La libertad sindical consiste en crear, organizar, afiliarse, no afiliarse o desafiliarse, y cambiar de sindicato de forma libre y sin injerencias del Estado.
Clases de Sindicatos
- De primer grado: formados por trabajadores.
- De segundo grado: federaciones o confederaciones.
- De tercer grado: agrupan sindicatos de segundo grado.
- De oficios varios: surgen cuando no hay suficientes trabajadores de un mismo oficio.
- Central sindical: agrupa a nivel nacional a sindicatos de diversos ramos.
- Amarillo o vertical: defiende los intereses del empleador.
- Blanco: poco combativos.
Clasificación de Sindicatos en Guatemala
- Campesinos: constituidos por trabajadores campesinos o patronos de empresas agrícolas o ganaderas.
- Urbanos: los no comprendidos en la definición anterior.
- Gremiales: formados por trabajadores de una misma profesión u oficio.
- De empresa: formados por trabajadores de varias profesiones u oficios que prestan sus servicios en una misma empresa.
- De industria: formados por trabajadores de varias profesiones u oficios que prestan sus servicios en empresas de una misma industria.
Fuentes del Derecho Laboral
- Generales: Ley.
- Específicas: Pacto y Convenio Colectivo de Trabajo.
- Formales: Ley, costumbre, jurisprudencia y doctrina.
- Formales o exclusivas del Derecho de Trabajo: Pacto colectivo de condiciones de trabajo, pacto colectivo de industria, de actividad económica o de región determinada, contrato colectivo de trabajo, sentencia colectiva de trabajo, reglamento interior de trabajo y tratado internacional.
Contrato Colectivo de Trabajo
Un contrato colectivo de trabajo se celebra entre los trabajadores y los empleadores de una empresa o sector laboral. Regula todos los aspectos de la relación laboral, como salarios y condiciones mínimas de trabajo. El contrato puede mejorar las condiciones mínimas, pero no empeorarlas. Debe celebrarse por escrito, en tres ejemplares: uno para cada parte y uno para el Ministerio de Trabajo (MINTRAB) dentro de los 15 días siguientes a su firma. Su existencia solo se puede probar con el documento.
Pacto Colectivo de Trabajo
El pacto colectivo de trabajo es el producto final del acuerdo entre un empleador y un grupo de trabajadores para regular las condiciones generales de trabajo. Tiene fuerza de ley profesional para el empleador. Su duración no puede ser menor de un año ni mayor de tres.
Pactos Colectivos de Industria, de Actividad Económica o Región Determinada
Estos pactos se extienden con fuerza de ley. Deben constar por escrito, en tres ejemplares, y estar suscritos por el sindicato o sindicatos o grupos de patronos que tengan a su servicio las dos terceras partes de los trabajadores. Su duración no puede ser menor de un año ni mayor de cinco.
Revolución Industrial y el Derecho Laboral
Entre 1776 y 1810, se prohibió la asociación de trabajadores, considerándola un delito penal. Posteriormente, se dio la etapa de tolerancia, donde se admitían las sociedades obreras “de ayuda mutua” o “de resistencia”. El Reglamento de Fábrica, originado en Inglaterra, evolucionó con la participación del Estado, normas disciplinarias, preceptos normativos, participación dual y acuerdo de voluntades.
Reglamento Interior de Trabajo
El reglamento interior de trabajo es un conjunto de normas elaboradas por el patrono, de acuerdo con las leyes, reglamentos y pactos colectivos. Es obligatorio para todo patrón que ocupe permanentemente a diez o más trabajadores. Debe ser aprobado por la Inspección General de Trabajo y socializado con los trabajadores, con quince días de anticipación a su entrada en vigor. Debe imprimirse en caracteres legibles y colocarse en dos sitios visibles del lugar de trabajo. Incluye reglas de orden técnico y administrativo, higiene y seguridad, horarios, lugar y día de pago, tipos de salarios, y disposiciones disciplinarias.
Época de Tolerancia Sindical
A finales del siglo XIX, Inglaterra fue el primer país en reconocer el derecho a la unión sindical en 1824. A partir de 1950 y 1960, la historia sindical se redefinió y expandió con autores como Edward Palmer Thompson, Eric Hobsbawm, Julio Godio y Enrique Marius.
Principios del Derecho Procesal del Trabajo
El Código Civil Guatemalteco de 1877 regulaba la “Locación de Servicios”. El derecho de libre sindicalización, huelga y paro se instituyó en la Ley Provisional de Sindicalización en 1947.
Huelga
La huelga legal es la suspensión y abandono temporal del trabajo, acordados, ejecutados y mantenidos pacíficamente por un grupo de tres o más trabajadores (Artículo 239 del Código de Trabajo).
- Legal y justa: El empleador debe pagar los salarios y un salario doble por los días de huelga.
- Ilegal: El empleador no está obligado a pagar salarios y puede tomar medidas disciplinarias.
- Requisitos para la huelga: Pacífica, agotamiento de procesos de conciliación, participación de al menos la mitad de los trabajadores.
Declaración de Huelga
El proceso incluye: inicio de conciliación, agotamiento de la conciliación, notificación, verificación de legalidad y decisión sobre la legalidad.
Paro
El paro patronal requiere ser convocado de forma lícita, respetando las normativas laborales. Puede requerir notificación previa a las autoridades. Si es ilegal, los trabajadores pueden enfrentar sanciones. Los trabajadores pueden perder parte o la totalidad de sus salarios durante el paro.
Diferencias entre Huelga y Paro
La huelga es una medida de presión de los trabajadores. El paro es decretado por el patrono cuando no puede cumplir con sus obligaciones, con un mes de anticipación y notificación a la Inspección General de Trabajo.
Jurisdicción Civil
La jurisdicción civil puede ser complicada, lenta, costosa y formalista. El Derecho Procesal Laboral y el Derecho Laboral Sustantivo son inseparables.
Justicia Social en Guatemala
En Guatemala, la justicia social está plasmada en la Constitución y la Ley de Desarrollo Social (Decreto 42-2001). El “mínimo de garantías sociales irrenunciables” se refiere a derechos fundamentales que no pueden ser renunciados.
Indubio Pro Reo
“Indubio pro reo” significa “en caso de duda, a favor del acusado”.
Características Ideológicas del Código de Trabajo
Las características ideológicas del Código de Trabajo, expuestas en el cuarto considerando, son: derecho tutelar de los trabajadores, mínimo de garantías sociales, derecho necesario e imperativo, realista y objetivo, rama del Derecho Público y hondamente democrático. Estas características son sinónimo de los principios generales.
Juicio Ordinario
El juicio ordinario se caracteriza por la prevalencia de los principios procesales: oralidad, impulso de oficio, inmediación y normas procesales claras y sencillas. Se aplica supletoriamente. Las partes son el actor, la Inspección General de Trabajo y el demandado. Pueden actuar como asesores abogados, dirigentes sindicales y estudiantes de Derecho.
Daño Punitivo
El daño punitivo es un remedio otorgado por un tribunal cuando considera que el demandado necesita más castigo o se le debe impedir repetir la acción dañina. Su propósito es castigar y disuadir.