Obligaciones del Empleador

El empleador tiene varias responsabilidades fundamentales para garantizar el bienestar y la seguridad de sus trabajadores. Estas incluyen:

  1. Pago de la Remuneración: Es la obligación principal del empleador, asegurar el pago oportuno y completo del salario acordado.
  2. Protección del Trabajador: El empleador debe velar por la integridad física y psicológica de sus trabajadores. Esto implica la implementación de medidas de seguridad y salud en el trabajo, incluyendo la contratación de un seguro contra accidentes laborales, independientemente del número de trabajadores.
  3. Reglamento Interno: Las empresas con 10 o más trabajadores están obligadas a tener un reglamento interno. Este documento es una herramienta de gestión que establece las normas y procedimientos dentro de la empresa.

Acoso Sexual y Laboral

Tanto trabajadores como empleadores, hombres y mujeres, pueden ser víctimas de acoso. Se distinguen dos tipos de acoso sexual:

  • Acoso Sexual Horizontal: Ocurre entre trabajadores del mismo nivel jerárquico.
  • Acoso Sexual Vertical: Se da entre empleador y trabajador, o viceversa.

Es importante diferenciar:

  • Acoso Sexual: Requerimiento de carácter sexual sin consentimiento.
  • Acoso Laboral: Hostigamiento sistemático y reiterado hacia un trabajador.

Ante un caso de acoso, el trabajador debe denunciar siguiendo el conducto regular, es decir, a su jefe inmediato o a un superior, incluso si el acosador es un jefe.

El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear multas para el empleador.

  1. Deber de Lealtad: Se espera lealtad tanto del trabajador como del empleador.
  2. Deber de Dignidad: Respetar la dignidad de cada ser humano.

Derecho Colectivo de los Trabajadores

El derecho colectivo permite a los trabajadores:

  • Organizarse, es decir, tener una estructura.
  • Tener capacidad legal en materia de contrato.

Organizaciones Sindicales

Son organizaciones con personalidad jurídica y patrimonio propio, reconocidas legalmente. Se rigen por el principio de autonomía, siendo apolíticas y sin intervención de agentes del estado. Existen diferentes tipos de sindicatos:

  1. Sindicato de Trabajadores
  2. Sindicato Interempresa
  3. Sindicato de Trabajadores Independientes
  4. Sindicato de Trabajadores Eventuales

Constitución: Se constituyen por asamblea con un ministro de fe.

Recursos: Se financian a través de la cuota sindical, descontada por planilla.

Quórum: Se requiere un mínimo de 25 trabajadores o al menos el 10% de los trabajadores en empresas grandes.

Principio de Pluralismo Sindical: En una empresa pueden existir varios sindicatos, siempre que cumplan con el quórum mínimo.

Fuero Sindical: Quienes forman un sindicato tienen fuero desde 10 días antes de la constitución. Los dirigentes no pueden ser despedidos sin causa justificada.

Protección a la Maternidad

La protección a la maternidad es un derecho que compete tanto al empleador como al sistema de previsión social. Afecta a trabajadores del sector público y privado.

Fuero Maternal: Es un beneficio para la trabajadora y una obligación para el empleador. La trabajadora con fuero maternal no puede ser despedida sin autorización judicial.

El empleador puede solicitar autorización al juez competente para despedir a una mujer con fuero maternal. En localidades pequeñas, un juez puede encargarse de todos los casos.

La mujer con fuero maternal puede ser reubicada en un trabajo menos perjudicial para su salud, sin que esto signifique una disminución de su remuneración.

  • Prenatal: 6 semanas.
  • Postnatal: Hasta 6 meses.
  • Prenatal Suplementario: Se otorga en caso de riesgo de pérdida, incluso antes de las 6 semanas.

El fuero maternal dura hasta un año después del nacimiento del niño.

Postnatal: Comienza desde el nacimiento del bebé.

Sala Cuna: Las empresas con más de 20 mujeres deben tener sala cuna. Si no se alcanza este número, varias empresas pueden unirse para cumplir con este requisito. Las salas cunas deben estar autorizadas por la JUNJI.

Permiso para Amamantar: La madre tiene derecho a una hora diaria para amamantar, pudiendo dividirla en dos periodos de media hora o entrar una hora más tarde o salir una hora más temprano.

No se puede exigir un test de embarazo a una mujer que postula a un trabajo.

Si una mujer con contrato a plazo fijo queda embarazada, el contrato finaliza una vez terminado el postnatal.

Beneficios del Padre (Postnatal Paterno)

  • 5 días remunerados, que pueden ser continuos o fraccionados, dentro del primer mes de nacimiento.
  • Postnatal Masculino Eventual:
    • Si la madre fallece durante el parto, el padre tiene derecho al postnatal completo.
    • La madre puede traspasar parte de su postnatal al padre.

Cláusulas Tácitas

Son prácticas o acuerdos habituales que se respetan por ambas partes sin estar escritas. Surgen durante el desarrollo del contrato de trabajo, aunque no se formalicen por escrito.