Evaluación de Impacto Ambiental: Conceptos Fundamentales, Hitos y Marco Normativo
Medio Ambiente
Conjunto de elementos físicos, biológicos, económicos, sociales, culturales y estéticos que interactúan entre sí, con el individuo y con la comunidad en que vive, determinando su forma, carácter, comportamiento y supervivencia.
Factores Ambientales
Elementos clave considerados en la evaluación ambiental (según normativas como la Directiva 85/337/CEE y el RD 1131/1988):
- El ser humano, la fauna y la flora.
- El suelo, el agua, el aire, el clima y el paisaje.
- Los bienes materiales y el patrimonio cultural.
- La interacción entre los factores mencionados.
Hitos Internacionales Clave
1969: NEPA (National Environmental Policy Act – EE. UU.)
Primera ley en tratar los problemas ambientales de forma conjunta. Introduce la evaluación de impacto ambiental y considera todo el territorio como medio ambiente.
1987: Informe Brundtland (“Nuestro Futuro Común”)
Acuña y populariza el término “desarrollo sostenible”. Propone celebrar una conferencia internacional para tratar su implantación.
1992: Cumbre de la Tierra (Río de Janeiro)
Participan 147 países. Se subraya la necesidad de frenar el calentamiento global, se discute la conservación de la biodiversidad y se aprueba la Agenda 21.
1997: Protocolo de Kioto
Firmado por 175 países (con opiniones encontradas de EE. UU., UE y Japón). Establece compromisos vinculantes para los países industrializados en la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
2002: Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (Johannesburgo)
Participan 191 países. Se centra en objetivos concretos como:
- Agua y saneamiento: Incrementar el acceso a agua potable y saneamiento.
- Energía: Aumentar el acceso a servicios energéticos, promover fuentes renovables y reducir el consumo excesivo.
- Contaminación y salud: Reducir la contaminación del aire y la incidencia del paludismo.
- Recursos naturales: Frenar la erosión y la desertificación, revertir la destrucción de bosques tropicales húmedos y manglares.
Marco Legal de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)
Directiva 85/337/CEE
Establece las bases de la EIA en la Unión Europea:
- Énfasis en medidas preventivas antes que curativas.
- Busca armonizar normativas dispares entre países miembros.
- Objetivo: Protección del medio ambiente y la calidad de vida.
- Establecimiento de principios generales de evaluación.
- Obligación de evaluar los efectos de determinados proyectos sobre el medio ambiente.
Directiva 97/11/CE (Modificación)
Refuerza y clarifica la Directiva anterior:
- Armoniza el procedimiento en todos los países miembros.
- La EIA debe ser previa a la autorización del proyecto.
- Amplía la lista de proyectos que requieren EIA.
- Establece criterios y umbrales mínimos.
- Define la información a proporcionar por el promotor y al Estado miembro afectado.
Legislación Española Inicial (RDL 1302/1986 y RD 1131/1988)
Real Decreto Legislativo 1302/1986
Primera transposición de la Directiva 85/337/CEE a España. Objetivo principal: Evitar que instalaciones, establecimientos, actividades, industrias, etc., públicas o privadas, dañaran el medio ambiente o generaran riesgos graves para personas y bienes.
Reglamento de 1988 (RD 1131/1988)
Desarrolla la ley anterior:
- Define los proyectos que deben someterse a EIA.
- Concreta el contenido de una EIA y de un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA).
- Regula el sistema de participación pública.
- Define conceptos clave:
- Proyecto: La propuesta de obra o actividad.
- Titular del proyecto o promotor: Persona física o jurídica que lo impulsa.
- Autoridad competente de medio ambiente (Órgano ambiental): Formula la Declaración de Impacto Ambiental.
- Estudio de impacto ambiental (EsIA): Documento técnico base de la EIA.
- Declaración de impacto (DIA): Pronunciamiento final del órgano ambiental.
Modificaciones Posteriores (Ej. Ley 6/2001)
Introducen ajustes y adaptaciones:
- Junto a la EIA obligatoria, se establece un procedimiento de consulta para determinar si otros proyectos deben someterse a evaluación.
- Posibilidad de solicitar previamente la opinión del órgano ambiental sobre el alcance del EsIA.
- Adaptación continua de la legislación estatal a las directivas europeas.
- Adaptación y reparto de competencias con las comunidades autónomas.
Ley 9/2006 sobre Evaluación Ambiental Estratégica (EAE)
Introduce la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (no solo proyectos).
- La Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) se concibe como un instrumento de prevención para integrar aspectos ambientales en la toma de decisiones de planes y programas públicos.
- Objeto de la ley:
- Promover un desarrollo sostenible.
- Conseguir un elevado nivel de protección del medio ambiente.
- Contribuir a la integración de los aspectos ambientales en la preparación y adopción de planes y programas.
Documentos Clave en la Planificación y Evaluación Ambiental
Secuencia típica en la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) de un plan o programa:
- Documento Inicial Estratégico (o Documento de Inicio): Presentado por el promotor para iniciar consultas.
- Documento de Alcance: Elaborado por el órgano ambiental tras las consultas, define el contenido del estudio ambiental.
- Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA): Elaborado por el promotor, evalúa los impactos del plan.
- Consultas Públicas e Institucionales: Sobre la propuesta del plan y el ISA.
- Memoria Ambiental: Documento final del órgano ambiental que integra la evaluación.
- Información Pública: Sobre la decisión final.
- Versión Definitiva del Plan o Programa: Aprobado incorporando las consideraciones ambientales.
Agentes Involucrados en la EIA
- Promotor o titular del proyecto: Persona física o jurídica que propone y desarrolla el proyecto. Es responsable de elaborar el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA).
- Órgano sustantivo: Administración pública competente para autorizar la realización del proyecto (ej. Ministerio de Industria, Consejería de Obras Públicas).
- Órgano ambiental: Administración pública competente en materia de medio ambiente que dirige el procedimiento de EIA y formula la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
Fases de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)
- Análisis del proyecto y sus alternativas: Comprender en detalle la propuesta.
- Identificación de acciones del proyecto susceptibles de producir impacto: ¿Qué partes del proyecto pueden afectar al entorno?
- Inventario ambiental: Descripción del estado del medio ambiente antes del proyecto.
- Identificación de factores ambientales susceptibles de recibir impacto: ¿Qué elementos del medio (agua, aire, fauna, etc.) pueden ser afectados?
- Identificación y valoración de impactos: Previsión de los efectos (positivos y negativos), su magnitud, duración, etc.
- Establecimiento de medidas preventivas, correctoras y compensatorias: Acciones para evitar, reducir o compensar los impactos negativos.
- Desarrollo del Plan de Vigilancia Ambiental (PVA): Programa para seguir los impactos reales y la efectividad de las medidas.
- Elaboración del Documento de Síntesis: Resumen claro y conciso del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA).
Procedimiento Administrativo de la EIA
Flujo simplificado de tramitación:
- Promotor: Presenta Memoria-Resumen al órgano ambiental para consultas previas (opcional o según tipo de proyecto).
- Órgano Ambiental: Realiza consultas previas a administraciones y público interesado para definir el alcance del EsIA. Comunica el resultado al promotor.
- Promotor: Elabora el Proyecto Técnico y el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA). Lo presenta al órgano sustantivo.
- Órgano Sustantivo: Remite el expediente (Proyecto + EsIA) al órgano ambiental y realiza la información pública y consultas institucionales.
- Órgano Ambiental: Analiza el expediente, las alegaciones y los informes recibidos.
- Órgano Ambiental: Formula la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), determinando si el proyecto es viable y bajo qué condiciones.
- Órgano Sustantivo: Decide sobre la autorización del proyecto, incorporando obligatoriamente las condiciones de la DIA. El proyecto puede ser ejecutado si es autorizado.