Fase I: Actividades previas

Fase II: Implantación formal

Fase III: Comienzo de la actividad preventiva

Fase IV: Rutina del funcionamiento del SGPRL en la empresa

Fase V: Revisiones del SGPRL y de sus resultados

Actividades previas

  1. Conocimiento de los requisitos legales
  2. Adopción de una modalidad de organización preventiva
  3. Diagnóstico inicial de la situación preventiva

Conocimiento de los requisitos legales

La empresa tiene que conocer y recopilar la normativa legal que le aplica en tres ámbitos:

  • Seguridad Social
  • Prevención de riesgos laborales
  • Seguridad industrial (maquinaria, instalaciones, etc.)

El desconocimiento de la ley no es excusa para su incumplimiento.

Cada empresa, según sus necesidades y sus recursos, deberá decidir cómo llegar a conocer la legislación actualizada que le aplica, por sus instalaciones, por sus máquinas, etc.…. (Suscripción de pago, consulta periódica a la página web de INSHT, OSALAN…etc.)

Modalidad preventiva

El objetivo de esta fase es recopilar la información de PRL de que disponga la empresa, para poder efectuar un rápido análisis del estado en que esta EGOKI, en el ámbito de la PRL, sobre todo a nivel de cumplimiento de la legislación.

También tiene que constituir el comité de seguridad y salud laboral, es un órgano paritario (igual número de representantes de los trabajadores y del empresario) y colegiado (se toman acuerdos por mayoría) de participación destinado a la consulta regular de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales.

Estructura representativa de los trabajadores/as

Los trabajadores/as tienen derecho a participar en la empresa en cuestiones de PRL. Se debe proceder a:

  • El nombramiento de los delegados de prevención
  • La constitución del comité de seguridad y salud laboral

Delegados de prevención

Son los representantes de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales, se eligen por y entre los delegados de personal. A EGOKI le corresponde 1 delegado de prevención.

Comité de salud y seguridad laboral

EGOKI no tiene obligación de tenerlo, por contar con 48 trabajadores (es obligatorio a partir de 50 trabajadores), de todas formas ha decidido tenerlo. EGOKI lo forma con el delegado de prevención y el representante de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales. Se debe reunir al menos una vez por trimestre y siempre que lo solicite algún miembro de la empresa.

Elaboración y difusión de la política preventiva de la empresa

La política de prevención es un documento básico para la gestión del sistema de PRL, ya que en se establecen los compromisos que en esta materia asume la dirección de la empresa y perfila las líneas de actuaciones a seguir. Es un compromiso formal de la dirección para alcanzar una buena gestión de PRL.

Se difunde a todo el colectivo y tiene que estar actualizada.

Evaluación de riesgos

La ley de PRL encomienda a los empresarios las siguientes obligaciones: Realizar la evaluación de los riesgos laborales de su empresa, que consta de (identificarlos, eliminar los riesgos que se puedan hacerlo, valorarlos y llevar a cabo las medidas preventivas necesarias).

Revisar la evaluación de los riesgos laborales cuando:

  • Se incorpore un nuevo trabajador especialmente sensible
  • Cambien las condiciones de trabajo
  • Haya habido algún accidente

Además, aunque no se den ninguna de las circunstancias anteriores, la evaluación de riesgos hay que revisarla con una periodicidad determinada (cada 2 años, 4 años, lo que EGOKI decida).

Planificación de la actividad preventiva

Cuando del resultado de la evaluación de riesgos diera de manifiesto situaciones de riesgo, el empresario planificará la actividad preventiva para eliminar o controlar y reducir dichos riesgos. Esta prioridad se hará conforme a un orden de prioridades en función de su magnitud y número de trabajadores/as expuestos a los mismos.

La evaluación de riesgos laborales debe ser un proceso continuo, hay que contar con un sistema de identificar nuevos riesgos y actuar en consecuencia.

La comunicación en EGOKI de prevención de riesgos laborales se va a canalizar a través de los delegados de prevención y el comité de seguridad y salud laboral.

Formación

El artículo 19 de la Ley de PRL establece que el empresario deberá garantizar que cada trabajador/a (directivos, técnicos, mandos intermedios y empleados/as en general) reciba una formación teórica, práctica, suficiente y adecuada, tanto cuando se le contrata, como si cambian las funciones que desempeña, o se introducen nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.

Debe existir una:

  • Formación preventiva básica de carácter general para todos los trabajadores
  • Formación preventiva específica para cada puesto de trabajo
  • Formación para el personal dedicado a desarrollo de la actividad preventiva

Todo trabajador/a que se incorpore por primera vez a la empresa, independientemente de su cargo, debe recibir una formación de acogida (Plan de acogida).

Es necesario disponer de un plan de formación con fechas y cursos y registros (diplomas de los cursos realizados, firmas si es interna, etc.) que demuestren lo realizado.

Información

El artículo 18 de la Ley de PRL dice que los trabajadores/as recibirán toda la información necesaria en relación con:

  • Los riesgos para la seguridad y salud
  • Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a sus riesgos
  • Medidas de emergencia

Control de las condiciones de trabajo

Se las conoce como “Inspecciones de seguridad” y su objetivo es analizar la eficacia de la planificación de la actividad preventiva diseñada en función de la evaluación de los riesgos.

Es necesario inspeccionar:

  • Las condiciones de trabajo (instalaciones y equipos)
  • La organización del trabajo
  • Los métodos de trabajo
  • Estado de salud de los trabajadores

Control de adquisiciones/compras

El artículo 16.2.A de la Ley de PRL establece que debe hacerse una evaluación de los riesgos con ocasión de compras de equipos de trabajo, sustancias químicas o acondicionamiento de los lugares de trabajo.

Coordinación de actividades empresariales

Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A tal fin, establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a la protección y prevención de riesgos laborales y la información sobre los mismos a sus respectivos trabajadores.

Investigación de sucesos

Hay que investigar los accidentes de trabajo, con el objetivo de detectar las causas y que no se vuelvan a repetir, no en buscar culpables, sino porque sucedió.

Plan de emergencia

El plan de emergencia es un documento donde queda identificado las posibles situaciones de emergencia de la empresa.

Vigilancia de la salud

Se hará un reconocimiento médico al incorporarse y posteriormente reconocimientos periódicos.

Plan de acogida

El trabajador/a que se incorpore por primera vez a la empresa, debe recibir una formación de acogida, que debe incluir:

  1. Política preventiva de la empresa
  2. Estructura organizativa y la modalidad de prevención
  3. Manual de prevención con sus procedimientos generales de actuación
  4. Plan de emergencia
  5. Riesgos generales y sus medidas preventivas
  6. Riesgos específicos

Observaciones de trabajo

La prevención de riesgos laborales se sustenta sobre tres fases consecutivas de actuación:

  1. Identificar los riesgos laborales
  2. Evaluación de los riesgos laborales
  3. Control de los riesgos laborales a través de medidas preventivas

Sirven para controlar las actuaciones de los trabajadores/as en el desempeño de sus funciones de una manera segura.

Instrucciones de trabajo

Dentro de los procesos productivos hay algunos que entrañan riesgos graves y cuya prevención depende en gran medida de la “Adopción de un procedimiento seguro de trabajo”

Auditorías

El SGPRL (Sistema de Gestión de la prevención de riesgos laborales) debe disponer de un procedimiento que le permita valorar su eficacia, efectividad y fiabilidad.

Gestión de la documentación

Todos los documentos que se empleen, en un SGPRL deben estar actualizados y localizables.

Documentos obligatorios en la prevención de los riesgos laborales (Página 159 del libro de seguridad)

  • El plan de prevención
  • La evaluación de riesgos laborales
  • Planificación de la actividad preventiva
  • Controles del estado de salud de los trabajadores
  • Partes de accidentes con baja de más de 1 día.