Fomento del Empleo Femenino e Integración Laboral de Personas con Discapacidad
Medidas para Favorecer el Empleo Femenino
La mujer sigue siendo discriminada tanto en el acceso como en el mantenimiento del puesto de trabajo, pese a que numerosas leyes hacen referencia a la igualdad.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres
La igualdad entre sexos es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales sobre derechos humanos y un principio fundamental también en la Unión Europea. La igualdad entre mujeres y hombres debe estar presente en todas las políticas y acciones de la Unión y de sus miembros.
Real Decreto Ley 5/2006, de 9 de junio
Se han dado grandes pasos en la consolidación de un cierto nivel de igualdad entre los géneros, pero queda mucho por hacer. Entre los problemas que persisten figuran:
- La reducida tasa de ocupación y actividad de las mujeres españolas.
- La tasa de paro, que aún supera ligeramente a la media de la Unión Europea, siendo especialmente elevada en el caso de los jóvenes, las mujeres y las personas con discapacidad.
- La persistencia de segmentaciones entre contratos temporales e indefinidos.
- La alta tasa de temporalidad, la más elevada de la Unión Europea y por encima del doble de la media de ésta.
Estatuto de los Trabajadores
Establece que se entenderán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de convenios colectivos, los pactos individuales o las decisiones unilaterales del empresario que supongan discriminación por circunstancias de sexo, origen, estado civil, condición social o religiosa, ideas políticas, adhesión o no a sindicatos, etc. El Gobierno podrá incentivar la contratación de grupos específicos de población; entre ellos, podrá dar prioridad a las mujeres en igualdad de capacitación con los hombres. Un objetivo prioritario será fomentar el empleo estable para desempleados y la transformación de los contratos temporales en indefinidos.
La Conciliación de la Vida Laboral y Familiar
La incorporación de la mujer al mercado de trabajo ha sido uno de los cambios sociales más profundos de este siglo. Este hecho hace necesario configurar un nuevo sistema que contemple las nuevas relaciones surgidas y un nuevo modo de cooperación y compromiso entre mujeres y hombres que permita un reparto equilibrado de responsabilidades en la vida profesional y en la privada.
La Ley 39/1999, de 5 de noviembre, se dirige a conciliar la vida profesional y personal y a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. La ley introduce cambios legislativos en el ámbito laboral para fomentar la participación de la mujer en el trabajo y la del hombre en las responsabilidades del hogar.
Así, se intenta alcanzar el equilibrio en los permisos por maternidad y paternidad, se flexibiliza el permiso de lactancia o los supuestos en los que el trabajador o la trabajadora deban faltar de su puesto de trabajo por hospitalización o accidente, se amplía el derecho a la reducción de jornada o de excedencia por cuidado de personas mayores o enfermas, etc. Como novedad importante, la Ley facilita a los hombres el acceso al cuidado del hijo desde el momento de su nacimiento al conceder a la mujer la opción de que sea el padre el que disfrute hasta un máximo de 10 semanas de las 16 correspondientes al permiso por maternidad, permitiendo además que lo disfrute simultáneamente con la madre, y se amplía el permiso de maternidad en dos semanas más por cada hijo en caso de parto múltiple. También se producen modificaciones importantes en la regulación de los permisos por adopción y acogimiento permanente y preadoptivo: a partir de ahora la Ley no hace distinción entre edades a la hora de conceder los permisos, siempre que el niño sea menor de 6 años. Asimismo, se reduce la jornada o se concede excedencia para atender el cuidado de familiares que no puedan valerse por sí mismos y no desempeñen actividad retribuida.
Integración Laboral de Personas con Discapacidad
Se busca integrar a las personas potenciando sus capacidades, no a través de las discapacidades. La integración de las personas con discapacidad en el mundo laboral es un reto, en el que se busca que estas personas adquieran plenos derechos y se integren plenamente en el mercado laboral. Se articulan medidas como que el 5% del personal contratado en la administración pública sea discapacitado. No obstante, el reto sigue siendo integrarles en la empresa normalizada. Se están produciendo avances, al suponer beneficios para las empresas su contratación, pero aún hay que avanzar en este sentido. Una sociedad inclusiva y abierta ha de acoger a estas personas como elemento enriquecedor.