Ley de Dependencia en España

Objetivo

La Ley de Dependencia tiene como objetivo principal regular las condiciones básicas que garantizan la igualdad de derechos subjetivos de la ciudadanía en cuanto a la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia. Esto se logra mediante la creación de un sistema para la autonomía y la atención a la dependencia, con la colaboración y participación de todas las administraciones públicas y la garantía de la administración general del estado.

Autonomía

Se define como la capacidad de controlar, afrontar y tomar por propia iniciativa decisiones personales acerca de cómo vivir, de acuerdo con las normas y preferencias propias.

Titulares del Derecho

Son titulares del derecho a la dependencia los españoles que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar en situación de dependencia.
  • Residir en España durante 5 años, de los cuales 2 años deberán ser inmediatamente anteriores a la solicitud.

Principios de la Ley

  • Carácter público de las prestaciones.
  • Universalidad de acceso para todas las personas en situación de dependencia.
  • Permanencia en el entorno vital siempre que sea posible.
  • Participación de las personas y de las familias.
  • Participación del tercer sector.
  • Inclusión de las perspectivas de género, teniendo en cuenta las necesidades de hombres y mujeres.
  • Atención preferente a personas con gran dependencia.

Grados de Dependencia

Dependencia Moderada

Necesita ayuda para realizar ABVD (Actividades Básicas de la Vida Diaria) 1 vez al día, apoyo intermitente.

Dependencia Severa

Necesita apoyo extenso para realizar 2 o 3 ABVD.

Gran Dependencia

Necesita apoyo generalizado y ayuda varias veces al día para realizar ABVD.

Valoración de la Dependencia

Instrumento de Valoración

El grado y nivel de dependencia se determinarán mediante la aplicación del baremo acordado por el Consejo Territorial del SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia).

Órganos de Valoración

Las Comunidades Autónomas, mediante los órganos de valoración, emitirán el dictamen sobre el grado y nivel de dependencia, especificando los cuidados que necesita la persona.

Reconocimiento del Derecho

  • Se inicia a instancia de parte.
  • Se acredita mediante la resolución de la Comunidad Autónoma.
  • La resolución del reconocimiento se incorpora al Programa Individual de Atención y determinará los servicios y prestaciones que corresponden al solicitante.

Catálogo de Servicios y Prestaciones

Servicios

  • Servicio de teleasistencia.
  • Ayuda a domicilio.
  • Centros de día o de noche.
  • Servicios residenciales.

Prestaciones Económicas

Acordadas por el Consejo Territorial del SAAD, existen 3 tipos:

  • Vinculada al servicio: cuando no sea posible el acceso al servicio público, de carácter personal y vigilada por la administración.
  • Excepcional: para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
  • Asistencia personal: para la promoción de la autonomía personal con garantía de la dependencia.

Conceptos Clave

Déficit en el Funcionamiento > Deficiencia

Pérdida o anormalidad de una parte del cuerpo o de una función psicológica, fisiológica o anatómica.

Limitación en la Actividad > Discapacidad

Dificultades que un individuo puede tener en la ejecución de las actividades, en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano.

Restricción en la Participación > Minusvalía

Problemas que un individuo puede experimentar en su implicación en situaciones vitales, que le limita o impide el desempeño de un rol que es normal en su caso en función de su edad, sexo y factores socioculturales.

Reconocimiento de la Minusvalía y la Invalidez

Minusvalía

Se valora en los niveles social, físico y psicológico. Otorga 33% de derechos hasta los 18 años, con renovación a los 18 años, donde se puede quitar, reconocer o aumentar. Con un 65% se obtiene la prestación por hijo a cargo y con más del 75% se accede a la PNC (Pensión No Contributiva por Invalidez) de mayor cuantía y a la prestación de tercera persona por necesitar ayuda.

Invalidez

Se inicia con una baja por ILT (Incapacidad Laboral Transitoria) de máximo 18 meses, después de los cuales se reincorpora al trabajo o pasa al tribunal médico. Si se reconoce la invalidez, existen 4 grados:

  • Invalidez Parcial: con indemnización.
  • Invalidez Total: tras un accidente, permite seguir trabajando pero no en el mismo puesto que antes, ajustando la pensión a un 55% de la que correspondía en ese momento.
  • Invalidez Absoluta: cuando se reconoce que no se puede trabajar, con una pensión del 100%.
  • Gran Invalidez: se reconoce el 150% de la pensión, al no poder trabajar y necesitar de una persona para realizar ABVD.

Red Nacional de Transeúntes (Año 2006)

Objetivos

  • Dar una respuesta adecuada a las personas sin hogar.
  • Crear una estructura donde cualquier persona que transite por la región reciba la misma atención.
  • Unificar criterios de intervención.
  • Coordinar las acciones llevadas a cabo mediante el trabajo en red.
  • Distribuir funciones partiendo de las necesidades y características de estas personas.

Estructura

Recursos Generales
  • Servicio de información y primera acogida.
  • Centros de baja exigencia.
  • Centros de atención especial.
  • Centros de reinserción.
  • Pisos de autonomía.
Recursos Específicos
  • Centro de mínimos: techo y café.

Itinerario de Inserción

Fase I (3-6 meses)

Desarrollo con acompañamiento personal. Se elaboran criterios de inserción y se ejecutan metas relacionadas con la salud, la justicia y el consumo de drogas.

Fase II (12-18 meses)

Tras superar la primera fase, se pasa al centro de inserción, que da continuidad a la disposición tomada en la primera fase. Se trabaja en las habilidades personales, la ocupabilidad y la empleabilidad. No se recomienda salir a trabajar antes de los 10 meses para evitar recaídas.

Fase III

Inicio de una etapa con modelo externo, con alquiler de un piso y apoyo de un responsable externo. Se da autonomía al sujeto, pero con apoyo.