Guía Completa sobre Movilidad Laboral, Suspensiones y Extinción del Contrato
Movilidad Funcional
Se produce cuando se asigna al trabajador funciones distintas a las que fue contratado.
Horizontal
Misma categoría profesional.
- Causa: No requiere.
- Tiempo: No hay limitación de tiempo.
Vertical
Categoría superior o inferior a la que tiene el trabajador.
Ascendente
- Causa: Técnica u organizativa.
- Tiempo: Imprescindible.
- A partir de 6 meses en 1 año, u 8 meses en 2 años, podrá reclamar ascenso de categoría y sueldo.
Descendente
- Causa: Técnica u organizativa, urgente e imprevisible.
- Tiempo: El imprescindible.
- Mantendrá el salario de la categoría superior que tenía.
Movilidad Geográfica
El trabajador se ve obligado a modificar su residencia habitual. Tanto el desplazamiento como el traslado deben ser por razones técnicas, económicas, organizativas o de producción.
Traslado Colectivo
- 10 trabajadores – 100 empleados: 10%
- 100 y 299 trabajadores: 30 trabajadores
- 300 empleados o más: 30 trabajadores
Desplazamiento
- Temporalmente a otro centro de trabajo en un periodo hasta 12 meses en 3 años.
- Preaviso a 5 días si es superior a 3 meses.
- Tiene derecho a mínimo 4 días laborales en su domicilio de origen por cada 3 meses – cobrar gastos de viajes y dietas.
Traslado
- Trasladar a otro centro de trabajo por tiempo indefinido o que supere 12 meses en 3 años.
- Preaviso de 30 días, gastos de mudanza del trabajador y sus familiares.
- Indemnización 20 días por año trabajado máximo 12 mensualidades.
Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo
Causas debidamente probadas de tipo técnico, económico, organizativo o de producción.
- La jornada de trabajo, horario y la distribución del tiempo de trabajo.
- El régimen de trabajo a turnos.
- El sistema de remuneración.
- El sistema de trabajo y rendimiento.
- Movilidad funcional extraordinaria.
Indemnización de 20 días por año trabajado máximo 9 mensualidades. Avisar por escrito mínimo 30 días antes.
Suspensión del Contrato de Trabajo
Por mutuo acuerdo o por motivos legales el contrato puede ser suspendido. Esto no extingue el contrato ya que el trabajador volverá a trabajar cuando termine la causa de la suspensión.
Causas de Suspensión
- Mutuo acuerdo entre las partes.
- Las consignadas válidamente en el contrato.
- Incapacidad temporal del trabajador.
- Privación de libertad del trabajador.
- Sanción disciplinaria.
- Causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o por fuerza mayor temporal.
- Cierre legal de la empresa.
- Ejercicio del derecho de huelga.
- Ser víctima de violencia de género.
- Suspensiones relacionadas con la maternidad y la adopción.
- Excedencia.
Maternidad
16 semanas.
Adopción o Acogimiento
16 semanas.
Riesgo durante el embarazo: cambiará las condiciones de trabajo o se suspenderá hasta que no haya riesgo.
Paternidad
13 días ininterrumpidos.
Excedencia
Interrupción temporal de la relación laboral durante la cual no se trabaja ni se percibe salario.
Forzosa
Trabajador elegido para un cargo público o funciones sindicales, conserva su puesto de trabajo como la antigüedad.
Voluntaria
Requiere 1 año de antigüedad y que no haya cogido otra en 4 años, duración entre 4 meses y 5 años, no derecho a puesto de trabajo.
Para el Cuidado de Hijos
No superior a 3 años, reserva su puesto de trabajo durante el primer año.
Para el Cuidado de un Familiar
No superior a 2 años hasta un familiar de 2º grado.
La Extinción del Contrato de Trabajo
Fin de la relación laboral. Ej: mutuo acuerdo, despido disciplinario, dimisión y abandono del trabajador etc.
Por Voluntad del Trabajador
- Dimisión.
- Abandono.
- Motivos recogidos en el ET.
- Incumplimiento grave del empresario – modificaciones sustanciales o falta de pago o retrasos.
Indemnización 33 días por año máximo 24 mensualidades.
Por Iniciativa del Empresario
- Por fuerza mayor o por causas objetivas.
Despido Disciplinario
Incumplimiento grave y culpable de las obligaciones del trabajador. No indemnización, deberán pagar pagas extras, vacaciones etc, en el finiquito. Ej: falta de asistencia, indisciplina, embriaguez etc. Notificado por escrito a 60 días siguientes.
Por Causas Objetivas
Ineptitud del trabajador, falta de adaptación, absentismo. Por escrito 15 días de antelación. Indemnización 20 días por año máximo 12 mensualidades.
Colectivo y por Fuerza Mayor
Tienen en común: procedimiento – expediente de la regulación de empleo, sin autorización de la autoridad laboral es nulo. Indemnización: 20 días salario por año 12 mensualidades.
Finiquito
Documento con el empresario liquida todas las obligaciones pendientes de pago en el momento de finalizar la relación laboral con el trabajador.
La Impugnación del Despido
Cuando el trabajador no está de acuerdo con el despido tiene 20 días para impugnarlo.
Acto de Conciliación
15 días como máximo. Con avenencia: readmitido cobrando los salarios que se le debe. Sin avenencia: vía judicial.
Vía Judicial
Procedente – improcedente
Causa de indemnización | Días de salario por año trabajado | Lí mite mensualidades |
---|---|---|
Cese voluntario | ||
Traslado con cambio de centro de trabajo y residencia | 20 | 12 |
Modificación del horario, jornada o turnos | 20 | 9 |
Incumplimientos graves del empresario | 33 | 24 |
Despidos | ||
Disciplinario procedente | – | – |
Disciplinario improcedente | 33 | 24 |
Causas objetivas procedente | 20 | 12 |
Causas objetivas improcedente | 33 | 24 |
Causas objetivas improcedente fomento | 33 | 24 |
Colectivo y fuerza mayor procedente | 20 | 12 |
Colectivo y fuerza mayor improcedente | 33 | 24 |
Otros | ||
Contratos temporales excepto interinidad y formativos | de 8 a 12 días según fecha de contrato | – |
Muerte empresario | 30 | – |