Introducción al Derecho Laboral

1. El Derecho Laboral

Es una rama del derecho que regula las relaciones que se crean con ocasión del trabajo voluntario, remunerado, dependiente y por cuenta ajena.

2. Las Relaciones Laborales

2.1. Características

Para que una relación sea laboral ha de ser:

  • Voluntaria: el trabajador firma un contrato libremente.
  • Por cuenta ajena: los frutos del trabajo realizado pertenecen al empresario.
  • Remunerada: el trabajador debe percibir una retribución o salario.
  • Personalísima: el trabajo debe ser realizado personalmente por el trabajador, no por otra persona en su nombre.
  • Dependiente: el trabajador está sometido al poder de organización y disciplina del empresario.

2.2. Relaciones Laborales Especiales

Se regulan por su normativa específica y son:

  • Personal de alta dirección.
  • Trabajadores al servicio del hogar familiar.
  • Penados en instituciones penitenciarias (personas que están en la cárcel).
  • Deportistas profesionales.
  • Artistas en espectáculos públicos.
  • Personas que intervienen en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo de las operaciones.

2.3. Relaciones Excluidas

No reúnen algunas de las características requeridas y son:

  • Prestaciones personales obligatorias.
  • Desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de administración en las empresas que sean sociedades.
  • Trabajos amistosos, benévolos o de buena vecindad.
  • Trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quien los desempeña.
  • Personas que intervengan en operaciones mercantiles asumiendo el riesgo de las operaciones.

2.4. Derechos y Deberes de los Trabajadores

Derechos:
  • Derecho a la libre sindicación.
  • Derecho a la negociación colectiva.
  • Derecho a la huelga.
  • Derecho de reunión.
  • Derecho a la promoción y formación profesional.
  • Derecho a no ser discriminado.
  • Derecho a la integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
  • Derecho a la percepción puntual del salario.
Deberes:
  • Cumplir con las obligaciones del puesto de trabajo con diligencia y buena fe.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene.
  • Cumplir las órdenes del empresario.
  • No competir con el empresario para el que se trabaja.

3. Las Fuentes Nacionales del Derecho del Trabajo

Se entiende por fuentes el origen y nacimiento de las normas jurídicas. Concretamente, las fuentes del Derecho del Trabajo son:

a) Disposiciones Legales y Reglamentarias del Estado:

  • Constitución Española de 1978: norma suprema de todo el ordenamiento jurídico.
Leyes:
  • Leyes orgánicas: regulan los derechos fundamentales y las libertades públicas.
  • Leyes ordinarias.
Normas con Rango de Ley:
  • Reales Decretos Legislativos.
  • Reales Decretos-leyes: extraordinarias y urgente necesidad.
Reglamentos:
  • Reales Decretos.
  • Órdenes ministeriales.
  • La Constitución Española de 1978 y las leyes vienen del Parlamento.
  • Las normas con rango de ley y los reglamentos vienen del Gobierno.

b) Convenio Colectivo

Acuerdo entre representantes de los trabajadores y los empresarios en los que se establecen las condiciones de trabajo de los trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación.

c) Voluntad de las Partes Manifestadas en el Contrato

d) Usos y Costumbres

Son normas creadas por la repetición de actos y conductas de forma constante por una comunidad. Solo resultan aplicables en defecto de disposiciones legales, convencionales o contractuales y cuando cuentan con una remisión expresa. La costumbre ha de ser local y profesional, es decir, aplicada en la localidad y profesión en la que se invoca.

4. Principios de Aplicación e Interpretación del Derecho del Trabajo

Al coexistir diferentes tipos de normas en el Derecho del Trabajo pueden aparecer problemas a la hora de aplicar la norma adecuada, por ello se han establecido los siguientes principios:

a) Principio de Jerarquía Normativa:

Las normas de rango superior prevalecen sobre las de rango inferior.

Constitución Española
Ley Orgánica
Ley Ordinaria, Real Decreto Legislativo, Real Decreto Ley
Reglamento
Convenio Colectivo
Contrato de Trabajo
Usos y Costumbres

b) Principio de Norma Mínima:

Las normas superiores establecen el contenido mínimo de las normas que le siguen en rango, de modo que una norma inferior no puede empeorar las condiciones de trabajo establecidas por las de rango superior, pero sí mejorarlas.

c) Principio de Normas Más Favorables:

Si en un caso concreto pueden aplicarse dos o más normas, se aplicará la que en su conjunto favorezca más al trabajador.

d) Principio “In Dubio Pro Operario” o a Favor del Trabajador:

Cuando una norma permita diversas interpretaciones, se aplicará la que más favorezca al trabajador.

e) Principio de Condición Más Beneficiosa:

Si se aprueba una norma que establece peores condiciones que las disfrutadas por los trabajadores con anterioridad en virtud de convenio, contrato, mutuo acuerdo o decisión de la empresa, prevalecerán estas por ser más beneficiosas.

f) Principio de Irrenunciabilidad de Derechos:

Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos que les otorguen las leyes.