Los Sistemas de Protección Social en España
Carteras de Servicios
Carteras de Servicios: Son instrumentos técnicos que determinan el conjunto de prestaciones de un Sistema Público de Servicios Sociales. Incluyen todas las prestaciones técnicas y económicas que se ofrecen al sistema. Con el Decreto 56/2011 de mayo se aprueba la 1ª Cartera Básica de Servicios Sociales de las Islas Baleares, que permite pasar de un sistema asistencialista a un sistema garantista y garantiza el acceso a las personas a los servicios y prestaciones desde la concepción de derecho social. Es una cartera para todas las Islas Baleares. La Cartera Básica de servicios sociales de las Baleares para el periodo de 2017-2020 se regula con la aprobación del Decreto 66/2016, de 18 de noviembre: es la segunda cartera de servicios sociales de la Comunidad Autónoma y sustituye a la anterior, que, aunque entró en vigor, no se desarrolló porque no tenía dotación presupuestaria. Se tiene que garantizar para toda la población: servicios y prestaciones de los Servicios Sociales básicos y específicos, servicios y prestaciones de la Administración Autonómica, la cobertura de las necesidades básicas de la Ley 4/2009 y otros servicios y prestaciones. Esta Cartera define: cada tipo de prestación, población a la que va destinada, establecimiento o el equipo profesional que la gestiona, perfiles y ratios de los profesionales de equipo y estándares de calidad. No estaban en la cartera anterior: personas con discapacidad física, personas con diagnóstico de salud mental, jóvenes emancipados del sistema de protección o reforma.
Sistemas de Protección Social
Un sistema aún no consolidado es el del Sistema de Servicios Sociales. Los más consolidados, a los cuales se les considera los pilares básicos del Estado del Bienestar español son:
Sistema de Seguridad Social:
Dirigido a 3 colectivos: trabajadores, pensionistas y empresarios. Aglutina toda una serie de prestaciones técnicas y económicas, de base contributiva y no contributiva, dirigida a la protección de los trabajadores y sus beneficiarios ante situaciones de enfermedad, desempleo, discapacidad o vejez. La competencia es exclusiva del Estado con excepción de algunas Comunidades Autónomas. Un ejemplo son: prestaciones de jubilación e incapacidad permanente, muerte, incapacidad temporal, etc.Sistema de Salud:
Conjunto coordinado de los servicios de salud de la Administración del estado y Comunidades Autónomas. Los principios que permiten el ejercicio de este derecho son la financiación pública, gratuidad de los servicios sanitarios, etc. Se organiza en dos niveles: el de la atención primaria y la atención especializada. Un ejemplo son las prestaciones en salud pública, urgencias, transporte sanitario, servicio de información, etc.Sistema Educativo:
Desde la aprobación de la Constitución de 1978, se encuentra en un proceso de transformación, en el que la Administración del Estado ha transferido funciones, servicios y recursos. Este modelo descentralizado distribuye las competencias entre el Estado, las Comunidades Autónomas, las Administraciones locales y centros docentes. El Estado tiene reservado el ejercicio en exclusiva de las competencias que velan por la homogeneidad y la unidad sustancial del sistema educativo. La LOMCE representa un cambio drástico para conseguir más integración social. Principios: carácter inclusivo de la educación, igualdad del trato y no discriminación. Debe prestarse sin distinción de ninguna clase, en condiciones de igualdad de oportunidades, con garantía de regularidad y continuidad y adaptada progresivamente a los cambios sociales.Sistema de Dependencia:
Los objetivos son: regular las condiciones básicas para la promoción de la autonomía y de la atención a la dependencia, crear un Sistema Nacional para la Autonomía y organizar la acción coordinada y cooperativa. Ej: ayuda a domicilio, teleasistencia, centro de día, etc.
Dimensiones Ético-Morales en el Ejercicio Profesional
Bermejo en 2002 plantea la existencia de 3 dimensiones ético-morales en el ejercicio profesional:
Dimensión Teleológica:
Hace referencia a la finalidad, al objetivo último que pretendemos conseguir cuando realizamos una acción.Dimensión Deontológica:
Nos lleva, una vez contestada la pregunta del para qué, a formularnos la pregunta de qué se tiene que hacer. Los códigos deontológicos nos ofrecen deberes, normas, imperativos que carecen de sentido si no existiera la dimensión teleológica. La deontología se ocupa de los deberes y obligaciones, buscando el conjunto de normas exigibles a todas las personas que comparten una misma profesión.Dimensión Pragmática:
Se pide cómo hacerlo.