El Salario

Definición

El salario es la totalidad de las percepciones económicas, en dinero o en especie, que recibe un trabajador por la prestación de sus servicios laborales.

Tipos de Salario

Según el medio de pago

  • Salario en dinero: Se realiza en la moneda de curso legal en España mediante dinero en efectivo, cheque o transferencia bancaria.
  • Salario en especie: Es la remuneración en bienes distinta al dinero. El trabajador utiliza los bienes gratuitamente.

Según el método de cálculo

  • Salario por unidad de tiempo: Dependerá de la duración del trabajo, independientemente de la cantidad de trabajo realizado.
  • Salario por unidad de obra: Dependerá de la cantidad de trabajo realizado, independientemente del tiempo empleado.
  • Salario mixto: La cantidad recibida dependerá de la duración del trabajo y de la cantidad de trabajo realizado.

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

El SMI es la cantidad mínima que puede percibir un trabajador por el trabajo realizado por cuenta ajena a tiempo completo, independientemente de su profesión. Lo fija el Gobierno cada año. El salario mínimo es inembargable.

La Garantía del Salario

  • Los retrasos en el pago del salario obligan al empresario a pagar unos intereses de demora del 10% anual de las cantidades adeudadas.
  • Si el trabajador tiene deudas, sus acreedores únicamente podrán embargarle la parte del salario que supere el SMI.
  • Si el empresario no puede pagar a los trabajadores, estos tienen preferencia para cobrar sobre cualquier otra deuda del empresario.

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

Es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Mediante este fondo se garantiza a los trabajadores la percepción de los salarios pendientes de pago reconocidos y las indemnizaciones por despido cuando hay insolvencia. La cantidad máxima que puede abonar corresponde a 120 días por los salarios pendientes.

La Nómina

Definición

La nómina es el documento en el que se detallan todas las percepciones del trabajador, las deducciones que se le aplican y la cantidad final recibida.

Componentes de la nómina: Encabezamiento, periodo de liquidación, devengos, deducciones, fecha, firma y sello, cantidad total a percibir, bases de cotización a la Seguridad Social y base sujeta a retención por el IRPF.

Devengos

Definición

Los devengos están formados por la suma de todas las cantidades que percibe el trabajador.

Percepciones Salariales

Las percepciones salariales están compuestas por retribuciones que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios profesionales.

  • Salario base: Es la parte de la retribución del trabajador fijada por unidad de tiempo o pactada por una obra determinada. Cada categoría tiene fijadas unas cantidades en función del convenio colectivo en el que esté incluido. Nunca podrá ser inferior al SMI.
  • Complementos salariales: Son las percepciones salariales añadidas al salario base a causa de determinadas circunstancias. El convenio colectivo recoge los complementos salariales que deberán cobrar los trabajadores.
    • Personales: Se derivan de las condiciones personales del trabajador, como sus cualidades, su formación o cualquier otra no valorada en el salario base y que mejore la calidad del trabajo.
    • Del puesto de trabajo: Se derivan de las condiciones especiales del puesto de trabajo o de la forma de realizar la actividad.
      • Nocturnidad: Remunera la realización del trabajo nocturno.
      • Turnicidad: Remunera la realización del trabajo a turnos.
      • Peligrosidad, penosidad y toxicidad: Es peligroso si hay probabilidad de que ocurra un accidente. Es penoso si requiere más esfuerzo de lo habitual y es tóxico si existe más probabilidad de que el trabajador contraiga enfermedades.
    • De cantidad o calidad: Se otorgan por la obtención de un mayor o mejor resultado del trabajo considerado como normal.
      • Puntualidad: Premia el cumplimiento de una obligación del contrato de trabajo.
      • Primas o incentivos: Remuneran un rendimiento alcanzado según los objetivos.
      • Comisiones: Remuneran un porcentaje de las cantidades alcanzadas por el trabajador.
    • Horas extraordinarias: Remuneran las horas que se realizan por encima de la jornada ordinaria de trabajo.
    • En especie: Se derivan de las percepciones de carácter periódico que se devengan día a día, pero se pagan en una fecha determinada.

Percepciones No Salariales

Las percepciones no salariales son retribuciones que recibe el trabajador y que no tienen naturaleza salarial.

  • Indemnizaciones: Son cantidades que recibe el trabajador como compensación por los gastos para desarrollar su trabajo.
    • Plus de distancia: Remunera la distancia desde el domicilio del trabajador hasta el trabajo.
    • Plus de transporte: Remunera los gastos de transporte desde el domicilio del trabajador hasta el trabajo.
    • Gastos de locomoción: Remunera los gastos de desplazamiento por parte del trabajador en su trabajo.
    • Dietas: Remunera los gastos del trabajador por comer o dormir fuera de su domicilio.
    • Plus de ropa de trabajo: Remunera los gastos de la compra de ropa adecuada.
    • Plus de desgaste de herramientas: Remunera los gastos relacionados con la utilización de herramientas del propio trabajador.
    • Plus de quebranto de moneda: Remunera los desajustes que aparecen en las cajas cuando se manipula el dinero en efectivo.
  • Las prestaciones por incapacidad temporal derivadas de enfermedad común, profesional o accidente.
  • Indemnizaciones, tipos:
    • Por traslado: Remunera los gastos necesarios de traslado, incluyendo tanto los propios del trabajador como los de los familiares a su cargo.
    • Por cese o despido: Cuando se despide a un trabajador, este tiene derecho a percibir una indemnización.
    • Indemnización por finalización de contrato temporal: Cuando finaliza el contrato temporal, el trabajador tiene derecho a una indemnización de doce días de salario por año trabajado.
  • Otras percepciones: Son las percepciones en especie concedidas por las empresas de manera voluntaria, como seguros de vida, incentivos a la jubilación, etc.

Deducciones

Las deducciones son los conceptos que el empresario descuenta al trabajador del total devengado. La suma de las deducciones nos dará el total a deducir.

  • Aportaciones del trabajador a las cotizaciones de la Seguridad Social: Los trabajadores deben cotizar a la Seguridad Social para poder tener derecho a recibir las prestaciones en situaciones de incapacidad temporal o permanente derivadas de enfermedad, maternidad, jubilación, etc.
  • Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): El empresario debe retener las cuotas del trabajador e ingresarlas a la Hacienda Pública. Esta retención se realiza a cuenta de la declaración del IRPF del trabajador del año siguiente.
  • Anticipos: Las cantidades recibidas anticipadamente se deducirán de la totalidad de las percepciones.