LEY DE RESPONSABILIDADES POLÍTICAS

LOCALIZACIÓN DEL TEXTO

Tipo de texto. Jurídico, por tratarse de una ley.

Autor. El gobierno, ya que en 1939 no se había creado un cuerpo legislativo. Y aun cuando se crean las Cortes en una etapa posterior (1942) éstas, en la etapa franquista, estarán siempre sometidas a la voluntad del poder ejecutivo.

Destinatario. El pueblo español. Especialmente quienes habían formado parte de los grupos sobre los que recae la represalia.

Época. 13 de febrero de 1939.

IDEAS FUNDAMENTALES DEL TEXTO

Liquidar las culpas (…) contraídas por quienes contribuyeron (…). Se advierte claramente el deseo de tomar represalias contra oponentes políticos.

Los Tribunales (…) estarán compuestos por representantes del Ejército(…) El nuevo régimen no deja que sean únicamente los jueces quienes juzguen, aunque sea aplicando unas leyes injustas (como la presente); también forman parte de los tribunales los militares y los falangistas, con el objetivo de endurecer las penas que se hubieran de aplicar.

Artículo 1º. Establece algo insólito en el ámbito jurídico (pero frecuente en todo tipo de regímenes dictatoriales): el carácter retroactivo de las normas sancionadoras. Además amenaza no sólo a quien se oponga, sino al que permanezca pasivo.

Artículo 2º. Tiene también carácter retroactivo. Sanciona, por otra parte no sólo por haber cometido tal o cual delito, sino por el mero hecho de pertenecer a una organización, aunque no se hayan cometido actos delictivos.

Artículo 3º. El nuevo régimen prohíbe el pluralismo político y se apropia de los bienes de las organizaciones políticas perseguidas.

CONTEXTUALIZACIÓN

Durante el Gobierno del Frente Popular, la Falange (extrema derecha fascista), los carlistas y los generales Sanjurjo, Mola y Franco prepararon un golpe de Estado que llevó a que el 17 de Julio de 1936 se produjera una sublevación militar apoyada por algunos civiles. Ante el fracaso del levantamiento en las principales ciudades españolas y la imposibilidad de tomar Madrid, el enfrentamiento entre las fuerzas sublevadas y las fuerzas leales al gobierno republicano derivó en una guerra civil.

La sublevación supuso la movilización popular y tras la reacción de la República se dio paso a la guerra. En ella se enfrentaba el bando sublevado y el bando republicano, y tras la conquista progresiva del territorio por parte del bando franquista (Guipúzcoa, Bizkaia, Asturias, Cataluña, Madrid…) la guerra finalizó el 1 de Abril de 1939.

Las consecuencias de la guerra tras tres años de lucha fueron muy graves. Entre ellas destaca:

  • Políticas: en España se acabó con la democracia y su sistema de valores y se instauró un régimen totalitario, inicialmente de corte fascista, que durante 40 años y sustentado en una feroz represión sometió al país a la “noche de los tiempos”. Esta feroz represión se sustentó en la Ley de Responsabilidades Políticas que estamos analizando.
  • Económicas: las destrucciones provocadas por la guerra y el embargo internacional provocaron un hambre generalizada para paliar la cual se optó por una política autárquica (autoabastecimiento) desplegada en el racionamiento de los productos básicos y llevada a cabo mediante las “cartillas”. Estos último motivó la existencia de un abundante mercado negro (estraperlo).
  • Demográficas: la Guerra se saldó con más de 600.000 muertos de los dos bandos, tanto en el frente como en la retaguardia, tanto durante la guerra como en la represión posterior y con 200.000 exiliados.
  • Culturales: la Guerra Civil provocó la depuración de muchos intelectuales y el aislamiento internacional y cultural del país sólo paliado a finales de los años cincuenta. El exilio de pensadores, artistas, etc, sometió al país a un “desierto intelectual y cultural”.

CONCLUSIONES

Esta ley constituye uno de los instrumentos fundamentales para la represión política en la España de Franco. Se trata de uno de los ejemplos más claros de vulneración del derecho como se concibe en Occidente:

1. Tiene carácter retroactivo.

2. Une en una misma ley las responsabilidades de personas físicas y de personas jurídicas, imponiendo penas muy graves, no previstas en la legislación penal de la época.

3. Establece la represión política permitiendo la condena de acusados ausentes o desaparecidos.

4. Establece un sistema judicial extraordinario, quebrando el principio de que la responsabilidad penal era personal e intransferible y ordenando que las sanciones económicas impuestas a una persona responsable muerta fuera transmisible a sus herederos.


LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 (29-12-1978)

Clasificación del documento

Tipo de texto: según la fuente es un texto histórico primario; según la forma es un fragmento de una Constitución y según el tema es un texto legislativo.

Autor: colectivo (las Cortes). La redacción fue hecha por una comisión.

Destino: está dirigido a un colectivo y su finalidad es pública.

Época: publicado en el Boletín Oficial de Estado el 29 de diciembre de 1978 aunque fue aprobada por referéndum el día 6 del mismo mes y año.

Análisis

El artículo 1 hace referencia a la configuración de España como un Estado social y democrático en el cual existen una serie de derecho como la libertad, la igualdad, el pluralismo político… el reconocimiento de los derechos individuales de la persona. Se reconoce, por otra parte, al pueblo español como único depositario de la soberanía nacional y a la Monarquía Parlamentaria como la forma política de organizar el Estado.

Los artículos 66, 98,1 y 117,1 hacen referencia a los tradicionales “poderes” del Estado. Se indica que están separados. El poder legislativo se aplica a las Cortes generales. El poder ejecutivo queda en manos del gobierno compuesto, por el Presidente y los ministros. El poder judicial estará en manos de unos jueces independientes.

El artículo 143.1 es uno de los más significativos por cuanto indica que los territorios pueden constituirse en Comunidades Autónomas señalando algunas de las características que deben reunir y la normativa a la que deben someterse.

Las dos Disposiciones Finales hacen referencia a E

uskadi y Navarra. En la primera se reconocen los derechos históricos de estos territorios. La segunda disposición hace referencia a los Decretos emanados tras la primera y tercera Guerra Carlista y que supusieron algunos retoques y la supresión de los Fueros.

Contexto Histórico

Tras la muerte de Franco en 1975 empezó en España la transición a la democracia. Carlos Arias Navarro nombrado por Franco,  presenta su dimisión al Rey y, en su lugar, es nombrado Don Adolfo Suárez. Aprobó la Ley para la Reforma Política, clave para la transición. Supuso desarmar el régimen franquista y comenzar a montar las bases de un sistema democrático. Las Cortes franquistas aprobaron la Ley ( por gran mayoría de las Cortes).

En 1977 se convocaron elecciones generales y constituyentes (las primeras desde 1936). Triunfó la UCD, seguido del PSOE. Los nacionalistas obtuvieron una buena) representación, siendo el más perjudicado el PCE. Ni la extrema derecha ni la Democracia Cristiana obtuvieron representación.

Uno de los más graves problemas con los que tropezó este primer gobierno fue la aguda crisis económica. Adolfo Suárez negoció con los partidos políticos, sindicatos y empresarios y logró la firma de los llamados “Pactos de la Moncloa” mediante los cuales se sacrificaron las reivindicaciones sociales para asentar la democracia. Este acuerdo fue, sin duda, el segundo de los éxitos de Adolfo Suárez.

Con estos mimbres se dispuso el Parlamento a dotar a España de una Constitución. Para ello, nombró una Comisión representativa de los partidos parlamentarios. La única ausencia fue la del PNV. Logrado el consenso entre esta comisión, la tramitación de su proyecto fue rápida. Fue aprobada en 1978.

Importancia del texto

Se trata de un documento muy  importante. Todas las instituciones deben funcionar de acuerdo con las normas constitucionales. Todas las leyes han de basarse en sus principios. la Constitución establece la existencia de un Tribunal Constitucional que es competente para decidir si una ley se ajusta a la Constitución, si han sido violados los derechos de una persona (recurso de amparo) o para resolver los conflictos que puedan surgir entre el Estado y las Comunidades Autónomas o los de éstas entre sí.El cambio político fue pacífico. resumen de las características de la Constitución de 1978:

  • Principios políticos: Régimen liberal democrático. Soberanía popular. Monarquía parlamentaria. Estado aconfesional. Estado de autonomías.
  • Jefatura del Estado: Rey. Nombra al presidente del gobierno a propuesta de las Cortes. Nombra o destituye a los ministros a propuesta del presidente del gobierno.
  • Poder ejecutivo: Reside en el gobierno, que debe gozar de la confianza de las Cortes. Puede presentar la Cuestión de Confianza. Si es rechazada por el Congreso, el gobierno debe dimitir.
  • Poder legislativo: Dos cámaras, Congreso y Senado. Sufragio universal igual y directo. Iniciativa legislativa . Moción de Censura es la forma en que el Congreso puede exigir  responsabilidad al gobierno; debe ser propuesta por la décima parte, al menos, de los diputados y ser aprobada por mayoría absoluta. Si es aprobada, el gobierno debe dimitir.
  • Poder judicial: Total independencia de los jueces.
  • Régimen local: Concejales elegidos por sufragio universal. Los concejales eligen al alcalde.
  • Derechos individuales: Garantía jurídica de todos los derechos individuales. Tribunal Constitucional. Defensor del Pueblo.