Constitucionalismo y Federalismo en Argentina: Análisis de la Constitución Nacional
Constitucionalismo y Federalismo en Argentina
Introducción
Constitución: Documento escrito que establece los derechos y garantías de los ciudadanos.
Constitucionalismo: Conjunto de ideas que buscan controlar y limitar el ejercicio del poder político.
Estado de Derecho: Principio que establece que ninguna autoridad está por encima de la Constitución.
Constitucionalismo Clásico
Surge durante el Iluminismo en el siglo XVIII, cuestionando la monarquía y las instituciones de poder. Se basa en:
- Principio de división de poderes.
- Derechos individuales.
- Límites al poder del Estado.
- Soberanía popular.
La Constitución Argentina de 1853 consagra derechos civiles y políticos, marcando un hito en el constitucionalismo clásico en el país.
Constitucionalismo Social
Se desarrolla en el siglo XX, en el contexto del capitalismo y la Revolución Industrial, que dejaron desprotegidos a los trabajadores. Organizaciones sindicales y partidos políticos luchan por los derechos sociales, impulsados después de la Segunda Guerra Mundial.
Derechos de incidencia colectiva: Derechos para los pueblos y comunidades.
Antecedentes de la Constitución Argentina
Asamblea del Año XIII (1813-1815)
Convocada por el Segundo Triunvirato, su objetivo era declarar la independencia y crear una Constitución. Los representantes de las Provincias Unidas del Río de la Plata llevaron a cabo una tarea legislativa a favor de la libertad e igualdad jurídica, aunque fracasaron en la creación de una Constitución.
Congreso General de San Miguel de Tucumán (1816-1820)
Tuvo los mismos objetivos que la Asamblea del Año XIII, además de acordar la forma de gobierno más conveniente. La primera Constitución de 1819 fue rechazada.
Congreso Constituyente (1824-1826)
La Constitución de 1826 fue rechazada por su carácter unitario.
Antagonismo entre Unitarios y Federales
Los unitarios buscaban un modelo centralista, mientras que los federales defendían la descentralización del gobierno y la autonomía provincial.
Pactos Interprovinciales
- Pacto de Pilar (1820)
- Pacto Cuadrilátero (1822)
- Pacto Federal (1831): Regula las relaciones entre provincias y da origen a la Confederación Argentina.
Constitución de 1853
Sancionada el 31 de mayo de 1852, se basó en:
- Obras legislativas anteriores.
- Pactos interprovinciales.
- Libro”Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentin” de Juan Bautista Alberdi.
- Constitución de Estados Unidos de 1787.
Preámbulo
Introducción al texto central de la Constitución, que contiene declaraciones políticas.
Derechos y Garantías
- Derechos: Facultades que se reconocen a los individuos o grupos sociales.
- Garantías: Normas que protegen la libertad.
- Nuevos derechos y garantías: Incorporados posteriormente.
Principios de la Constitución de 1853
- Gobierno representativo: División de poderes, soberanía popular, periodicidad de los cargos, responsabilidad de los funcionarios, publicidad de los actos de gobierno.
- Federal: Gobierno nacional y provincias autónomas.
Poder Legislativo
Ejercido por el Congreso Nacional, compuesto por dos cámaras: Diputados y Senadores. Sanciona las normas que regulan el funcionamiento de los órganos de gobierno.
Cámara de Diputados
- Representa al pueblo.
- Compuesta por diputados elegidos por el pueblo de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires.
- El número de diputados es determinado por el Congreso.
- Su cargo dura cuatro años, renovable por mitad cada dos años.
- Es la única cámara que puede acusar al presidente, vicepresidente, jefe de gabinete, ministros y miembros de la Corte Suprema.
Cámara de Senadores
- Tres senadores por cada provincia y tres por la Ciudad de Buenos Aires.
- Elegidos de forma directa y conjunta.
- Los dos primeros senadores corresponden a la lista con mayor cantidad de votos y el tercero a la que le siga.
- El vicepresidente de la Nación es presidente de la Cámara de Senadores, pero no tiene voto, excepto en caso de empate.
- Duran seis años en sus cargos y son reelegibles indefinidamente.
- Se renuevan por tercios cada dos años.
Proceso de Sanción de una Ley
- La cámara donde se inicia el proyecto se llama Cámara de Origen y la otra, Cámara Revisora.
- Primero se vota en general y luego en particular.
- Para la aprobación se requiere mayoría absoluta.
- Luego de ser aprobada por ambas cámaras, se envía al Poder Ejecutivo, que puede vetarla o promulgarla.
- Finalmente, se publica en el Boletín Oficial.
Poder Ejecutivo
Ejercido por el presidente o vicepresidente.
- Duran cuatro años en sus cargos y pueden ser reelegidos una vez.
- Elegidos por voto popular directo o ballotage.
- No hay ballotage si el candidato obtiene el 45% de los votos o cuando el más votado alcanza el 40% y supera en 10% al segundo.
Poder Judicial
Compuesto por la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de la Magistratura, los tribunales federales inferiores.
- Los jueces son nombrados por el Poder Ejecutivo.
- Se mantienen en sus cargos mientras dure su buena conducta.
- Solo pueden ser removidos por un Jurado de Enjuiciamiento.
- La justicia se ejerce de forma directa e indirecta.
Federalismo en Argentina
Federalismo vs. Unitarismo
- Federalismo: Descentralización del poder.
- Unitarismo: Centralización del poder.
- Federación: Existencia de un gobierno nacional y provincias autónomas.
- Confederación: Unión de estados soberanos.
- Unitario: Manejar el territorio de manera única, sin diferencias.
Federalismo Argentino
- Buenos Aires como centro económico y político más importante.
- Caudillos: Estancieros que administraban sus tierras y favorecieron la consolidación de un vínculo directo con los sectores populares de cada provincia. Convertidos en gobernadores, lideraron el movimiento federal.
- Buenos Aires, el interior mediterráneo y la región del litoral fueron escenarios de la lucha entre unitarios y federales.
Consagración del Sistema Federal en 1853
- Cada provincia tiene su propia Constitución.
- El ejercicio del poder de las provincias está limitado por la supremacía de la Constitución Nacional.
- Poder delegado: Exclusivo de la Nación.
- Poder reservado: Base de la autonomía de las provincias.
- Poderes concurrentes: Facultades que comparten el gobierno federal y las provincias.
- Recurso extraordinario: Permite al gobierno nacional intervenir en las provincias si hay problemas que no pueden manejar, utilizado por ejemplo por Hipólito Yrigoyen (1916-1930).
- Recursos fiscales: Impuestos directos e indirectos.
- Coparticipación federal: Sistema destinado a coordinar la distribución del monto recaudado por impuestos.