Documentos Clave en la Organización y Funcionamiento de un Centro Educativo

Normas de organización y funcionamiento

Representa la autonomía organizativa del centro. Éste detalla:

  • La definición de estructuras y funciones organizativas.
  • El establecimiento de normas de funcionamiento generales del centro.
  • La definición de los derechos y deberes de los diversos sectores implicados.
  • Las normas para la regulación de la convivencia en el centro, las cuales deberán posibilitar la consecución de lo dispuesto en el plan de convivencia.

Las normas y mecanismos de funcionamiento deben partir del PEC (Proyecto Educativo de Centro), a fin de favorecer su realización.

Plan de Acción Tutorial (PAT)

Se encarga de definir y planificar la tarea que desea desempeñar el centro con respecto a la función tutorial. Se incluye como apartado dentro del PEC y debe ser coherente con los planteamientos generales dispuestos en el mismo. Deberá concretar:

  • Competencias, objetivos y contenidos que se abordarán en la tutoría, adecuados a las necesidades de los alumnos.
  • Acciones que corresponden al tutor en los diferentes ámbitos.
  • Planificación de dichas acciones a lo largo del curso escolar.
  • Criterios de evaluación del propio PAT.

Proyecto Curricular de Centro (PCC)

Constituye el segundo nivel de concreción curricular. Su función es adaptar los mínimos normativos comunes a la particular realidad del centro. Para la definición del PCC, deben considerarse:

  • El contexto socioeconómico y cultural del centro.
  • Necesidades y características del alumnado.
  • Opciones lingüísticas.
  • Recursos disponibles.
  • PEC.

Puede aparecer como apartado dentro del PEC. Es un documento de carácter técnico-didáctico que define:

  • Competencias, objetivos y contenidos de enseñanza adecuados a las necesidades del alumnado en todos los aspectos docentes.
  • Concreción de los criterios de evaluación por ciclo o curso, los niveles mínimos de adquisición de competencias al finalizar cada etapa, así como decisiones sobre el proceso de evaluación y promoción.
  • Los aspectos curriculares del proyecto lingüístico.
  • La determinación de los criterios pedagógicos y didácticos y las opciones metodológicas y sobre materiales curriculares, que aseguren la continuidad y coherencia de la tarea de los docentes en el centro.
  • Criterios para el tratamiento integral del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
  • Decisiones en materia de opcionalidad y sobre diversificación curricular.
  • Criterios para la acción tutorial y el desarrollo de la orientación educativa.

Su elaboración y aprobación corresponde al claustro de profesores, oídas las aportaciones del Consejo Escolar.

Proyecto Lingüístico

Constituye la planificación de todos aquellos aspectos relacionados con la enseñanza y el uso de las lenguas que cada centro educativo elabora para llevarlo a cabo en su propio ámbito. Desarrollará los criterios para la enseñanza y la utilización de las lenguas en el proceso de aprendizaje recogido en el PEC, y determinará el tratamiento de las lenguas en el PCC. Las decisiones recogidas en él tendrán influencia directa también en otros documentos del centro. Se incluye dentro del PEC.

Carácter Propio

La LOE (Ley Orgánica de Educación) reserva a los centros de titularidad privada el derecho a definir su carácter propio. Es un documento que recoge su ideología de base, en términos de valores y principios básicos de actuación. Debe ser públicamente declarado y comunicado a toda persona implicada en la dinámica del centro y a cualquier otra que esté considerando la pertinencia de pasar a formar parte de él. La LOE establece que cualquier modificación que afecte al carácter de los centros deberá ser comunicado a la comunidad con antelación suficiente y siempre antes de que empiece el curso.

Programación Anual

Establece la programación de trabajo del centro, como organización educativa, a un año vista. Debe ser coherente con los planteamientos. Se define cada curso, teniendo en cuenta las propuestas de mejora planteadas en la Memoria Anual de la PGA (Programación General Anual). Debe ser aprobada por el Consejo Escolar.

Memoria Anual

Recoge la evaluación del desarrollo de la PGA a lo largo del curso, e incluye las propuestas de cambio y mejora de cara a la próxima PGA. Se realiza al finalizar cada curso y es aprobada en el Consejo Escolar.

Presupuesto Anual

Derivado del proyecto de gestión, constituye una concreción anual del uso y organización de los recursos económicos.

Programación de Aula

Constituyen el tercer nivel de concreción curricular. Se definen a partir de las premisas dispuestas en el PCC y, por tanto, en coherencia al PEC. Para su programación, se toman en consideración las peculiaridades de un determinado grupo de alumnos. Deben incluir una serie de elementos:

  • Objetivos didácticos.
  • Contenidos a tratar.
  • Actividades o situaciones de aprendizaje.
  • Recursos a emplear.
  • Organización espacio-temporal.
  • Evaluación.

Las elabora el profesorado, de forma individual o grupal. A fin de garantizar la coherencia y la coordinación entre las diversas programaciones de aula, se recomienda planificarlas en equipo, incidiendo en dos niveles de coordinación: coordinación horizontal (ciclo o curso) y vertical (coordinación vertical).