Niveles de Concreción Curricular: DCB, PCC y Programación de Aula
El Primer Nivel de Concreción del Currículo
El primer nivel es el más general y se encuentra en los documentos legislativos sobre el currículo. Se corresponde con el Diseño Curricular Base (DCB), que es normativo para todos los centros. Es una selección de la cultura (experiencia social culturalmente organizada) que se considera imprescindible y mínima. La elaboración de este nivel es competencia de las Administraciones educativas.
El DCB es un marco común que formula prescripciones, sugerencias y orientaciones sobre la intencionalidad escolar y las estrategias pedagógicas. En definitiva, es un instrumento pedagógico que señala las intenciones educativas y orienta sobre el plan de acción en la práctica educativa.
En el DCB se recogen, en líneas generales:
- Los objetivos de cada etapa educativa, expresados en términos de capacidades (intelectuales, motrices, afectivas, relación interpersonal e inserción y actuación social).
- Las competencias básicas que se deben adquirir en la enseñanza básica y a cuyo logro debe contribuir la Educación Primaria.
- Las áreas de cada etapa educativa, especificando:
- Los objetivos generales.
- La contribución de cada área al desarrollo de las competencias básicas.
- La secuenciación de contenidos, agrupados en bloques de contenidos, por ciclos.
- Los criterios de evaluación de los contenidos de cada ciclo.
- Los principios metodológicos a considerar en cada etapa.
- Las orientaciones para la evaluación en cada etapa.
El Segundo Nivel de Concreción del Currículo
¿En qué consiste el segundo nivel de concreción del currículo?
Consiste en la adecuación del Diseño Curricular Base (DCB) a la realidad de cada centro escolar. Se corresponde con el Proyecto Curricular de Centro (PCC).
El PCC es el instrumento pedagógico-didáctico, asumido por el equipo docente, que tiene como finalidad alcanzar las capacidades previstas en los objetivos de cada etapa. Cumple una función general: garantizar la adecuada progresión y coherencia en la enseñanza de los contenidos escolares a lo largo de los ciclos.
El PCC incluirá de manera coordinada los proyectos curriculares de las distintas etapas que se imparten en el centro. El Claustro de maestros aprobará el PCC y sus modificaciones.
La Ley Orgánica de Educación (LOE) introduce una novedad: la concreción del currículo en el centro se realizará en el Proyecto Educativo del centro (PEC), eliminándose el documento denominado PCC, pero no su contenido.
Factores que condicionan la elaboración del PCC
En la elaboración del PCC se debe tener en cuenta:
- El contexto concreto de cada centro y las necesidades específicas del grupo de alumnos.
- El primer nivel de concreción del currículo (DCB).
- El Proyecto Educativo del centro, donde la comunidad educativa define su identidad y sus finalidades educativas, y donde se concreta el currículo diseñado por las Administraciones educativas.
El contenido del PCC
En el PCC se deben tomar decisiones que constituyen los pasos, elementos o componentes de éste:
- Adecuar los objetivos generales de cada etapa, recogidos en el primer nivel, al contexto socioeconómico y cultural del centro y a las características del alumnado.
- Distribuir los objetivos y contenidos de las distintas áreas por ciclos.
- Adoptar criterios metodológicos y de evaluación ajustados a los generales de etapa y de área, así como de promoción de los alumnos de un ciclo a otro.
- Integrar los contenidos de carácter transversal del currículo.
- Organizar la tutoría y la orientación escolar en el centro.
El Tercer Nivel de Concreción del Currículo
¿En qué consiste el tercer nivel de concreción del currículo?
Este nivel se corresponde con la Programación de Aula, realizada a partir del Proyecto Curricular de Centro (PCC). Cada maestro elaborará una Programación de Aula, contrastada con el Equipo de Ciclo y realizada bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo, dirigida a un grupo determinado. Es una función del maestro la programación y la enseñanza de las áreas que tenga encomendadas (consulta el artículo 91 de la LOE).
Es el acto curricular más cercano a la intervención didáctica con el alumnado. Para hacer una buena Programación de Aula, el profesorado debe conocer bien el contenido a enseñar y la didáctica de éste.
Es un instrumento en manos del maestro de aula que establece las decisiones oportunas sobre los distintos componentes curriculares, en el ámbito de aula, con el fin de planificar el proceso enseñanza y aprendizaje a lo largo de un curso o un ciclo.
La Programación de Aula constará de una secuencia ordenada de Unidades Didácticas relacionadas con los objetivos y contenidos seleccionados y secuenciados en cada área y que se recogen en el PCC.