Ley 19587: Seguridad e Higiene en el Trabajo
Ley Nacional de Seguridad e Higiene Industrial, sancionada en 1972, beneficia a todos los trabajadores (permanentes, eventuales, contratados, subcontratados). Esta ley contempla la seguridad, la higiene y la medicina laboral.
Tiene un responsable profesional con formación universitaria (ejemplo: Ingeniero en Seguridad Industrial) que tiene responsabilidad de tipo jerárquico.
Condiciones:
Internas:
Cuando se superan los 100 operarios.
Externas:
Cuando no superan los 100 operarios.
Bajo decreto 351/79:
Selección y capacitación del personal; protección laboral; condiciones de trabajo; carga térmica; contaminación ambiental; máquinas.
Accidente Laboral
Es una acción no deseada que interrumpe un proceso normal de trabajo y que significa daño a las personas y/o pérdidas a la propiedad. Es un suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo que interrumpe un proceso normal de trabajo. Puede ocasionar lesiones, la muerte, invalidez, perturbación funcional al trabajador, etc.
Clasificación:
- Accidente no incapacitante (trivial, lesión parcial y temporal)
- Accidente incapacitante:
- Parcial y permanente
- Total y permanente
- Total y temporal
- Parcial y temporal
- Accidente moral
Consecuencias:
- Económicas
- Humanas
- Sociales
- Físicas
- Psicológicas
Actos Inseguros (Entorno):
- Operar sin autorización
- Usar equipo defectuoso
- Operar a velocidad inadecuada
- No respetar la señalización
- Abuso de alcohol y drogas
- Adoptar posiciones incorrectas
- Ubicar objetos inadecuados
Condiciones Inseguras (Operario):
- Equipos en mal estado
- Protecciones inadecuadas
- Falta de orden y limpieza
- Gases y polvos
- Ruido excesivo
- Material en mal estado
- Señalización insuficiente
- Peligro de incendio
Costos Directos:
- Atención médica
- Daños materiales
Costos Indirectos:
- Operarios nuevos
- Pérdidas de la propiedad
- Daños a terceros
Factores Contribuyentes:
Son aquellos accidentes que no tienen que ver con la acción y la condición, pero obviamente tienen un responsable.
Incidente
Los incidentes son sucesos no planeados ni previstos que pudiendo producir daños o lesiones, por alguna casualidad no los produjeron. El incidente no produce lesiones ni daños, sino que ocasiona pérdidas de tiempo. El mecanismo que produce un incidente es igual al del accidente, es un aviso de lo que pudo pasar.
Ley 24557 (1999): ART
Nace la ART (Asociación de Riesgo de Trabajo).
Principios Básicos de Prevención de Accidentes:
Reglamentación:
Es el establecimiento de normas convencionales sobre las condiciones de trabajo, sobre las características del diseño, construcción, conservación, inspección, verificación y funcionamiento de todo tipo de máquinas, instrumental, etc., y como también de las obligaciones de los empleados y trabajadores en cada uno de sus puestos (clases de manejo). A veces son acuerdos.
Normalización:
Es el establecimiento de normas, dispuestas a la necesidad del lugar o de nosotros mismos o del uso.
Inspección:
Para asegurar el cumplimiento de los reglamentos concernientes.
Investigaciones Técnicas:
Comprende el estudio y análisis de las propiedades y características de todos los materiales que se utilizan en el ámbito laboral. También es la búsqueda de nuevos materiales y diseños que respondan a una nueva necesidad.
Investigaciones Médicas:
Es la investigación sobre los efectos fisiológicos y patológicos de factores ambientales y tecnológicos cuyas características pueden contribuir a un accidente.
Investigaciones Psicológicas:
Tiene el objetivo de conocer cuáles son los factores psicológicos que provocan accidentes.
Investigaciones Estadísticas:
Son los estudios que permiten determinar qué tipos de accidentes ocurren, en qué número o cantidad, a qué clase de personas, en qué operaciones, por qué causa, etc.
Educación:
Es la enseñanza de nociones mínimas de seguridad e higiene industrial en los distintos ámbitos de formación específicos para cada especialidad (formación secundaria, universitaria).
Formación Profesional:
Es la instrucción práctica de todos los trabajadores, pero especialmente de los nuevos, en cuanto a los conocimientos no solo de las herramientas, sino también de las medidas de seguridad.
Persuasión:
La aplicación o empleo de diversos métodos para despertar la atención y formar una conciencia segura.
Organización de Prevención de Accidentes:
Abarca todos los elementos de nuestras necesidades.
Características Constructivas de Edificios (Temporales o Permanentes)
Factor Estructural:
Es un valor de cálculo que se debe considerar para todo tipo de edificio laboral, ya sean permanentes o temporales, con el objetivo de que la construcción sea segura y firme para evitar riesgos de desplome. Para eso se consideran las condiciones climáticas y, si fuese necesario para la suspensión de diferentes tipos de cargas, otras condiciones son las referidas a los movimientos sísmicos, donde el factor de seguridad se modificará y adaptará a esas condiciones especiales, sobre todo en edificios públicos, tanques y sistemas de tuberías para prevenir no solo el desplome, sino también reducir peligros de incendios y explosiones.
Riesgo de Detalles Constructivos:
Se deben dejar registros de detalles constructivos de las modificaciones y reparaciones a fin de ser presentados a las autoridades competentes para su examen y posterior aprobación.
Requisitos de Espacios:
Los locales de trabajo tendrán por lo menos 3 m de altura desde el piso hasta el techo. El número máximo de personas que se encuentran en un local no debería exceder el de una persona por cada 115 metros cúbicos. En los cálculos de volumen no se deben considerar aquellos destinados a muebles, máquinas o materiales. En ningún edificio se deben acumular maquinarias o materiales que constituyan un obstáculo y resulte ser peligroso para los operarios. Los requisitos de espacio también contemplan los espacios para el tránsito vehicular y de peatones; para estos últimos se evitará que corran riesgo de tropiezos y resbalones.
Aberturas:
Se contemplan no solo en las paredes (puertas, ventanas), sino también en los pisos y en los techos (acceso en diferentes niveles, bocas de inspección). En todos los casos deben contemplar las medidas mínimas reglamentarias, la calidad de los materiales constructivos y la disposición según su funcionamiento. En el caso de las escaleras, deben estar señalizadas y con resguardos adecuados para evitar accidentes de caídas.