Arrendamiento de Locales

Estos contratos se encuentran regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos, y en los mismos se establecen las cláusulas que van a regir durante la vigencia del contrato.

  • El contrato puede celebrarse de forma verbal o por escrito. Podrán ser privados o ante notario.
  • Los contratos de arrendamiento de locales de negocio llevan consigo el depósito de una fianza equivalente a dos meses.
  • En caso de que el contrato sea de traspaso, se formalizará en escritura pública y el nuevo (más…)