ACUICULTURA
  • En nuestro país está definida por Ley:
  • Actividad que tiene por objeto la producción de recursos hidrobiológicos organizada por el hombre
  • Para la FAO:
  • Cría de organismos acuáticos, comprendidos peces, moluscos, crustáceos y plantas. La cría supone la intervención humana para incrementar la producción; por ejemplo: concentrar poblaciones de peces, alimentarlos o protegerlos de los depredadores.
PRODUCCIÓN NACIONAL
  • La acuicultura chilena produce en la actualidad diversas especies de (más…)