1. Concepto y Clases

El depósito es el contrato que tiene por objeto principal la custodia de una cosa mueble que entrega un contratante, con tal finalidad, al otro que se compromete a su guarda y conservación. La confianza es indispensable en este contrato.

El Código Civil (Cc) no da una definición de depósito, pero en su artículo 1758 Cc establece lo que resulta común a todas sus manifestaciones: “Se constituye el depósito desde que uno recibe la cosa ajena con la obligación de guardarla (más…)